Control del límite de 4 años del IVA a compensar
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La aplicación controla el límite de 4 años del IVA a compensar emitiendo un aviso, cuando la empresa tenga IVA pendiente de compensar desde hace más de 3 años y se acceda a las liquidaciones de IVA del último periodo (modelo 303) o al resumen anual ( modelo 390).
Este control permite poder optar a la devolución de ese IVA antes que se cumplan los cuatro años desde el inicio de la compensación, y de este modo no perder el derecho a esa deducción.
A tener en cuenta
Esta prestación no será de aplicación para las empresas que tributen en IGIC.