Corrección. Limitación en la deducibilidad de los gastos financieros adaptación a la orden HAP/871/2016

Aplica a: a3ASESOR | soc

 

Se adapta la corrección de la limitación en la deducibilidad de los gastos financieros a las especificaciones establecidas en la Orden HAP/871/2016, de 6 de junio.

 

Nuevo apartado “Límite art. 16.5 67b o 83 LIS”

Se incorpora un nuevo apartado “Límite art. 16.5 67b o 83 LIS”. Los datos de este apartado se cumplimentarán automáticamente excepto los campos “b” y “d” que serán manuales.

  •  b) Límite adicional a la deducción gastos financieros art. 16.5 y/o 83 (sin signo).
  • d) Gastos financieros pendientes deducir en períodos afectamos por art. 16.5 y/o 83.

 

Gastos financieros

 

Limitación deducibilidad gastos financieros

En el botón “Limitación deducibilidad gastos financiero” se cumplimenta automáticamente el apartado correspondiente a “Resto”.

 

Limitación deducibilidad

 

A tener en cuenta

Si tiene que informar algún dato correspondiente al límite del artículo 16.5 y 86.3 se tiene que informar manualmente.

 

 

Detalle corrección gastos financieros

En el caso de que queden pendientes gastos no deducibles o se apliquen de ejercicios anteriores se cumplimentará el botón “Detalle corrección Gastos Financieros”.

 

Detalle corrección

 

Datos informados

Los datos informados anteriores a esta versión, se traspasarán al nuevo formato de la corrección por ajustes de gastos financieros

 

Indicador de “Revisado”

Se desmarca el indicador “Revisado” de la corrección. Si no marca el indicador de “Revisado” en el chequeo de datos aparecerá un mensaje informativo.

 

Chequeo

 

Indicador revisado

 

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