Versión 5.28.15 de a3ASESOR | nom: Correcciones
Aplica a: a3ASESOR | nom
A continuación, se relacionan las correcciones que incorpora la nueva versión 5.28.15 de a3ASESOR|nom:
Régimen Especial Agrario
- En determinados casos podía suceder que, en trabajadores pertenecientes al Sistema Especial Agrario el importe de la reducción SEA calculado por la aplicación a partir de enero de 2022, descuadrara en céntimos con el importe calculado por la TGSS.
Si tienes trabajadores afectados por esta corrección, deberás recalcular las nóminas de enero con la nueva versión 5.28.15 de a3ASESOR|nom. Al realizar la lectura de respuestas en borradores ya no aparecerá con diferencias en la reducción. Esta modificación afectaría a los costes (reducción SEA) y no a la nómina del trabajador.
Afiliaciones
- Se adapta en el fichero AFI el código de ocupación en mayúscula para evitar errores en la validación de los ficheros a través de Siltra.
Listados
a) Comparativa Salarial/ Informe Brecha
- En trabajadores que cambiaban el convenio durante el año y con el nuevo convenio mantenían el mismo código de categoría, desde la pestaña “Normalizado” se mostraban 2 líneas con los importes proporcionales a cada periodo del convenio.
- El cálculo de la normalización de las retribuciones no era correcto si se daban alguna de las siguientes situaciones:
o Si el trabajador tenía periodos de alta y baja en meses no consecutivos, por ejemplo, alta de enero a marzo y, posteriormente, alta en el mes de mayo.
o Si el trabajador tenía un Histórico de Cambio (por ejemplo, por cambio de jornada) y, además, una situación de ERE o IT.
- Si el trabajador tenía alguna de las siguientes casuísticas podía suceder que no se realizara el cálculo de la normalización de las retribuciones:
o Trabajador que pasa a tener en el mes, cotización por solidaridad.
o Trabajador con contrato indefinido y jornada a tiempo parcial con varios Históricos de Cambio.
b) Resumen Nómina y Enlace Contable
- Al listar el Resumen Nómina o al realizar el Enlace Contable de la paga de atrasos (por cálculo automático o por incidencia 27), bonus o complementaria, de un trabajador que se aplicaba la bonificación R2- Bonificación trabajadores fijos discontinuos sector turismo y hostelería, el importe del concepto 810 – Seguridad Social empresa no era correcto ya que no descontaba el importe de la bonificación. No obstante, el importe del "Total TC1" era correcto.
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