¿Qué sucede si antes de realizar la regularización del mes de diciembre ya ha calculado la Paga Extra o bien, una paga de Atrasos?

Aplica a: a3ASESOR | nom


Si la Paga Extra ya está calculada o bien existen pagas de Atrasos en el mes de diciembre (con fecha de cobro entre el día 1 y el 31 de diciembre) que ya han sido calculadas, al realizar la regularización durante este mes, la aplicación tendrá en cuenta los importes de estas pagas como retribución ya satisfecha, con lo cual la regularización del IRPF será correcta.

 

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