Liquidación complementaria V90 por vacaciones no disfrutadas y retribuidas
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Referencia Legal
- Boletín Noticias RED 2018/02, de 28 de mayo de 2018:
“Liquidación V90 “Liquidación complementaria por vacaciones no disfrutadas y retribuidas correspondientes a períodos de liquidación no incorporados al SLD o por incremento de bases de periodos de vacaciones no disfrutadas”. Esta liquidación se utiliza para la cotización fuera de plazo de períodos anteriores al SLD correspondientes a vacaciones no disfrutadas y retribuidas a la finalización del contrato, así como para la cotización por incremento de bases de períodos SLD en situaciones de vacaciones no disfrutadas y retribuidas a la finalización del contrato (L90 de L13).”
Explicación del proceso
Este tipo de complementarias servirá para cotizar vacaciones no disfrutadas y retribuidas correspondientes a períodos de liquidación no incorporados al Sistema de Liquidación Directa o por incremento de bases de periodos de vacaciones no disfrutadas.
Requisitos
a) El trabajador tiene que tener informada la fecha de baja en la ficha y,
b) El periodo de cálculo debe ser posterior a la fecha de baja informada.
A continuación, te indicamos los pasos para calcular una complementaria:
1.- Accede al punto “Cálculo/ Complementarias y Bonus – L03-L90-V90” y pulsa el botón “Nuevo”. Te aparecerá una ventana donde puedes seleccionar los trabajadores correspondientes, así como definir el tipo de paga y las fechas del periodo de la paga (“Inicio Devengo”, “Fin Devengo” y la Fecha Cobro).
A tener en cuenta…
El tipo de liquidación “V90 – Complementarias Vacaciones” únicamente estará disponible cuando el tipo de paga seleccionado sea “Complementarias”.
Dispones, también, de las siguientes opciones para realizar el cálculo, donde podrás seleccionar la que corresponda:
o El importe es diferente para cada trabajador seleccionado: te permitirá entrar los importes, trabajador a trabajador.
o El importe es el mismo para todos los trabajadores seleccionados: entrará el importe de la paga una sola vez y se grabará, automáticamente, para todos los trabajadores seleccionados.
2.- A continuación, desde la ventana del asistente se cumplimentará la siguiente información de la paga:
- Concepto: automáticamente se mostrará seleccionado el concepto “199- Parte proporcional vacaciones”. Además, a través de los indicadores “Cotiza sin Cobro” y “Tributa I.R.P.F.”, podrás definir cómo actuará el concepto en el cálculo de la paga.
- Importes: al informar el importe de la paga tienes dos opciones:
- Importe a repartir: podrás informar el importe total de la paga. La aplicación, automáticamente, lo repartirá en los meses del periodo informado como inicio y fin del devengo. Además, podrás indicar si el importe informado se deberá considerar como Retribución Variable para el cálculo de la Previsión de I.R.P.F. y si el importe se prorrateará por días o por meses, en el caso que el trabajador no tenga cubierto todo el período de devengo (altas y bajas durante el período).
- Importe por meses: podrás informar el importe correspondiente a cada mes del periodo. Únicamente aparecerán activos los campos correspondientes a los meses del periodo de la paga que haya informado como inicio y fin del devengo.
Pulsa “Terminar” para finalizar la entrada de datos en el asistente.
3.- Al pulsar “Terminar” accederás a la siguiente ventana, donde se visualizará la información de la paga (empresa, trabajador, importe, tipo y periodo de la paga, y estado de la misma). Para calcular las pagas, marca los trabajadores correspondientes y pulsa “Calcular”.
4.- Una vez realizado el cálculo de esta nomina complementaria/bonus, para realizar el envío a Siltra, deberás acceder a “Seg.Soc/Sistema Liquidación Directa (Siltra)”, seleccionar la empresa, el tipo de paga complementaria o bonus (según como lo hayas calculado), la fecha de cobro que informaste al realizar el cálculo y la fecha de control. Como "Tipo de Liquidación" puedes seleccionar “V90 – Complementarias Vacaciones no disfrutadas”.
A continuación, selecciona la empresa y pulsa “Generar”.
Se generará un fichero XML de bases para poder enviar a través de la aplicación de Siltra.
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