Cómo informar las vacaciones en trabajadores en situación de ERTE

Aplica a: a3ASESOR | nom

 

183748 - alert attention circle exclam A tener en cuenta...
Si tienes trabajadores en situación de ERTE total o parcial en el mes, con un periodo de vacaciones que informar, debes ponerte en contacto con los organismos pertinentes para consultar el proceso a seguir.

 

No obstante, en la siguiente consulta, te indicamos el funcionamiento de la aplicación al informar un periodo de vacaciones en trabajadores con ERTE por fuerza mayor total o parcial. 

 

> ERTE fuerza mayor total (Declaración responsable 058) + vacaciones

Ambas situaciones, ERTE fuerza mayor Total y vacaciones, no se pueden dar a la vez (no pueden coincidir en los mismos días), por lo que no se puede enviar un mismo tramo a la Seguridad Social de ERTE total y alta por vacaciones.


Teniendo esto en cuenta:

>> ¿Qué debes preguntar a la Seguridad Social?

Debes ponerte en contacto con la Seguridad Social y consultar lo siguiente:

  • Qué tipo de inactividad se tiene que enviar en el fichero de afiliación para partir el tramo de ERTE y vacaciones
  • Procede o no exoneración de cuotas por los días de vacaciones.

 

>> Cómo informarlo en la aplicación

  1. Finaliza el ERTE fuerza mayor total, el día antes de iniciar las vacaciones. Para ello, accede al punto "Cálculo/ Gestión de incidencias/ Mantenimiento de incidencias" y, siguiendo la operativa habitual, informa la incidencia "15 - Fin Expediente Regulación".
    En nuestro ejemplo, informaremos el fin de ERE el día 2 de agosto.

    fin ERE

  2. Informa la incidencia "9 - Inicio Vacaciones", al día siguiente. En nuestro ejemplo, el 3 de agosto.

    inicio vacaciones

  3. Informa la incidencia "10 - Fin vacaciones", en la fecha que corresponda.


A tener en cuenta...
En este supuesto, al finalizar el ERTE y estar trabajando en situación de Fuerza mayor total, la aplicación únicamente calcula la exoneración por la parte del ERTE, no calcula exoneración en las vacaciones, por considerarse tramo de alta.

 

> ERTE fuerza mayor parcial (declaración responsable 59) + vacaciones

Pueden darse dos situaciones:


>> ERTE total + vacaciones

Ambas situaciones, ERTE total fuerza mayor parcial y vacaciones, no se pueden dar a la vez (no pueden coincidir en los mismos días), por lo que no se puede enviar un mismo tramo a la Seguridad Social de ERTE y alta por vacaciones.

Teniendo esto en cuenta:

>> ¿Qué debes preguntar a la Seguridad Social?

Debes ponerte en contacto con la Seguridad Social y consultar lo siguiente:

      • Qué tipo de inactividad se tiene que enviar en el fichero de afiliación para partir el tramo de ERTE y vacaciones.
      • Procede o no exoneración de cuotas por los días de vacaciones.

 

>> Cómo informarlo en la aplicación

      1. Finaliza el ERTE total fuerza mayor parcial, el día antes de iniciar las vacaciones. Para ello, accede al punto "Cálculo/ Gestión de incidencias/ Mantenimiento de incidencias" y, siguiendo la operativa habitual, informa la incidencia "15 - Fin Expediente Regulación".
      2. Informa la incidencia "9 - Inicio Vacaciones", al día siguiente.
      3. Informa la incidencia "10 - Fin vacaciones", en la fecha que corresponda.


A tener en cuenta...

En este supuesto, al finalizar el ERTE y estar trabajando en situación de fuerza mayor parcial, la aplicación calcula exoneración tanto por la parte del ERTE como por la parte de vacaciones, ya que se considera tramo de alta.


>> ERTE parcial + vacaciones

En este caso, el trabajador puede hacer vacaciones en el tramo de alta parcial (debes tener en cuenta si el trabajador tiene derecho a los mismos días o importe de vacaciones que si no estuviera en situación de ERE o si es proporcional). 

>> ¿Qué debes preguntar a la Seguridad Social?

Debes ponerte en contacto con la seguridad social y consultar lo siguiente:

      • Procede o no exoneración de cuotas por los días de vacaciones.
        Si la Seguridad Social te indica que no procede exoneración, deberán decirte la inactividad que tienes que informar.

>> Cómo informarlo en la aplicación

Como el ERTE parcial ya está informado, tan solo has de acceder al punto "Cálculo/ Gestión de incidencias/ Mantenimiento de incidencias" y, siguiendo la operativa habitual, informar las incidencias "9 - Inicio Vacaciones" y "10 - Fin vacaciones".

 

A tener en cuenta...
La aplicación calculará la exoneración por el tramo de ERTE parcial y por los tramos de alta parcial que el trabajador está de vacaciones.
En el caso que la Seguridad Social te indique que no procede exoneración por los días de vacaciones, cuando recibas los borradores se producirán diferencias en la exoneración de esos trabajadores. Por lo tanto, tendrás que aceptar los borradores remitidos por la Seguridad Social.

 

 

    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • 5 valoraciones: 3.4 sobre 4 de media
    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • 5 valoraciones: 3.4 sobre 4 de media