Qué pasos tengo que seguir cuando un CCC pasa de un ERTE de Impedimento a un ERTE de Limitación o viceversa, a partir del 1 de junio
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Puede suceder que un CCC esté acogido a un ERTE de impedimento hasta una fecha en concreto y, posteriormente, pase a tener un ERTE de limitación.
Según el Boletín de Noticias RED 04/2021, a diferencia de la forma de identificar estos tránsitos entre ERTE impeditivos a limitativos, y viceversa, en el período comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de mayo, a partir del 1 de junio de 2021 debe presentarse la declaración responsable que corresponda a la nueva situación.
Es decir, la Declaración Responsable a presentar en función de la Declaración Responsable que tuviese con anterioridad al paso de una situación a otra, será la siguiente:
- CPC antes del cambio de situación: 067 >> CPC después del cambio de situación: 068
- CPC antes del cambio de situación: 074 >> CPC después del cambio de situación: 075
- CPC antes del cambio de situación: 078 >> CPC después del cambio de situación: 079
- CPC antes del cambio de situación: 068 >> CPC después del cambio de situación: 067
- CPC antes del cambio de situación: 075 >> CPC después del cambio de situación: 074
- CPC antes del cambio de situación: 079 >> CPC después del cambio de situación: 078
A continuación, te vamos a indicar a través de un ejemplo práctico, los pasos que debes seguir en la aplicación para informar correctamente este cambio, a partir del 1 de junio de 2021.
Para consultar el ejemplo práctico con los pasos a seguir cuando un CCC pasa de un ERTE de impedimento a limitación, o viceversa, en el periodo comprendido entre el 1 de febrero al 31 de mayo, >> pulsa aquí.
Ejemplo práctico:
Características:
- Empresa que tiene un ERTE de Impedimento (Declaración responsable 067) desde enero y que finaliza el 15 de junio.
- A partir del 16 de junio, el CCC se acoge a un ERTE de limitación (Declaración responsable 068).
A continuación, te indicamos el proceso a realizar:
1) Informar en la aplicación el fin de ERTE de Impedimento
Debes finalizar la situación de ERTE anterior de Impedimento en la aplicación, a través de la incidencia 15- Fin de Expediente de Regulación.
En el campo "Fecha", indicamos el último día de ERTE de Impedimento (en nuestro ejemplo, el 15 de junio).
IMPORTANTE:
En este caso, tendrás que consultar con Seguridad Social si es necesario enviar el fichero MIN – movimiento de inactividad con el fin de ERE y con qué valor de inactividad debes de realizar la comunicación.
2) Comunicar a Seguridad Social la nueva Declaración responsable del CCC
A continuación, debes comunicar a la Seguridad Social la nueva Declaración responsable a la que se acogerá el CCC e informar esta situación en la aplicación, desde la pestaña “Varios” del Centro de trabajo (botón "Fechas ERTE/ Exoneraciones").
Si necesitas + información sobre la Declaración responsable, pulsa aquí
En nuestro ejemplo, informamos "ERTE Limitación - RDL 30/2020 (Declaración responsable 068)" e indicamos: fecha inicio 16/06/2021 y fecha fin 30/09/2021.
3) Informar en la aplicación el inicio del ERTE por Limitación
Informa la nueva incidencia 14- Inicio de Expediente de Regulación en la fecha correspondiente que empieza el nuevo ERTE (en nuestro ejemplo, el día 16 de junio de 2021).
Dependiendo del tipo de Declaración responsable informada en el centro de trabajo, al informar la incidencia 14, automáticamente, se activará el indicador de “Exoneración Cuotas por COVID-19” y se informará el número de trabajadores y el tipo de exoneración correspondiente.

Respecto a la comunicación de este nuevo ERTE, tanto al SEPE como a Seguridad Social, tendrás que ponerte en contacto con estos organismos para que te indiquen que pasos debes de seguir en caso de tener que realizar alguna comunicación.
4) Calcular la nómina del trabajador
Una vez calculada la nómina, desde la hoja de salario deben visualizarse los dos periodos de ERTE.
En nuestro caso, un primer periodo, que comprende del 01/06 al 15/06 y un segundo periodo, que comprende del 16/06 al 30/06.
Recuerda:para comprobar el importe de la exoneración de cuotas, puedes realizarlo a través de un Resumen de nómina. Para + información sobre este tipo de resumen, pulsa aquí
5) Generar el fichero de bases y realizar el envío a SILTRA
Al generar el fichero de bases, se crearán los siguientes tramos:
- 01/06 al 15/06
- 16/06 al 30/06
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