Dónde y cómo informar los Demas bienes y derechos
Aplica a: a3ASESOR | her
Para informar los Demás bienes y derechos, pulse el botón de la opción Bienes herencia o Bienes donación del Mantenimiento de Herencias / donaciones según se trate de una Herencia o una Donación, y en la ventana Mantenimiento de bienes del causante informe los datos del bien.
En caso de Herencia:
En el campo "Tipo de bien" del apartado Identificación del bien seleccione la opción "Demás bienes y derechos", e informe la descripción del bien.
Marque el indicador "Bien ganancial" si se trata de un bien en régimen de gananciales.
En el apartado Valor fiscal informe todos aquellos datos relativos al valor del bien. Tenga en cuenta que el porcentaje de titularidad del causante informado prorratea el valor fiscal del bien.
Si puede aplicarse algún tipo de reducción informe el porcentaje en el campo "% Reducción".
En el apartado Cargas y deudas informe todas aquellas cargas y deudas deducibles que afecten al bien. Para ello pulse el botón e informe las cargas y las deudas en la ventana Relación cargas y deudas.
En el apartado Bienes adicionables informe de la existencia de bienes que sin ser titular el causante en la fecha de fallecimiento se deben incluir en el cálculo del impuesto. Para ello marque el indicador "Bien adicionable" e informe el importe satisfecho por el Impuesto de Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
En el apartado Reducción transmisiones mortis-causa consecutivas informe el importe de la reducción como consecuencia de las transmisiones mortis-causa consecutivas del bien, en el caso que el bien en un período máximo de diez años haya sido objeto de dos o más transmisiones mortis-causa a favor de descendientes.
La aplicación permite definir situaciones de gestión en las que se puede encontrar el bien. Para informar la situación de gestión en la que se encuentra el bien pulse el botón adjunto al campo "Situación". Accederá a la tabla de Situaciones de gestión.
En caso de Donación:
La cumplimentación de los datos en el caso de las Donaciones es idéntica a la explicada anteriormente para el caso de las Herencias. La única diferencia radica en que una vez informados los datos se han de informar los Donatarios del bien. Para ello pulse el botón de la ventana.
En la ventana Distribución del legado seleccione el donatario, informe el tipo de reparto a utilizar y la titularidad del donatario (pleno dominio, nuda propiedad o usufructo).
Una vez informados todos los datos pulse el botón . Accederá a la ventana Donatarios del bien dónde se muestran los donatarios del bien.
Mediante los botones ,
o
de la parte superior izquierda de la ventana, puede dar de alta, modificar o eliminar los donatarios del bien.