Períodos de Inactividad en SILTRA para trabajadores del Sistema Especial de Frutas y Hortalizas

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Referencia Legal

En el Boletín de Noticias RED 06/2016 se indicaba, entre otros aspectos, la forma de comunicación de los períodos de inactividad –altas y bajas sucesivas intermedias entre el alta inicial y la baja definitiva de los trabajadores-, a los que se refiere el apartado 4 del artículo 5 de la Orden de 30 de mayo de 1991, por la que se da nueva regulación a los Sistemas Especiales de Frutas y Hortalizas e Industria de Conservas Vegetales.

 

Importante: a estos efectos, no se considerarán períodos de inactividad los días en los que no se presten servicios por tratarse de días de vacaciones, festivos no recuperables o de descanso semanal, a los que se refiere el artículo 6 de la Orden ya citada, en relación a la consideración de cada día de trabajo como 1,33 días de cotización ó 1,61 días, en función de si la jornada laboral se presta de lunes a sábado, o de lunes a viernes, respectivamente. 

 

Plazo de Comunicación de los períodos de inactividad a los que se refiere el apartado 4, del artículo 5, de la Orden de 30 de mayo de 1991

En relación a los mismos períodos de inactividad a los que se refiere el apartado anterior se informa que, para cumplir con los plazos establecidos en la Orden de 30 de mayo de 1991, el plazo de comunicación de los mismos será el comprendido entre el día primero y el penúltimo día de cada mes, respecto de los períodos de inactividad del mes anterior. 

 

Próximamente

En a3ASESOR|nom estamos trabajando para ofrecerte la adaptación y automatización de los cambios de los períodos de inactividad a la hora de generar y enviar el fichero XML en el Sistema de Liquidación Directa.

Si ya trabajas “en Real” en el Sistema de Liquidación Directa para el Régimen Especial de Frutas y Hortalizas e Industrias de Conservas Vegetales, deberás modificar los tramos de los períodos de inactividad manualmente desde el asistente de Control Recaudación trabajador- Cret@, donde encontrarás los tramos que la aplicación genera para cada trabajador. Para información más detallada sobre cómo enviar los ficheros de cotización a través del Sistema de Liquidación Directa, puedes consultar este documento, o bien visualizar el siguiente vídeo, donde se explica el proceso para modificar los tramos (a partir del minuto 7, aproximadamente).

 

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