Trabajadores con reinicio de actividad o aumento de jornada y que vuelven al ERTE (valores Y y U)

Aplica a: a3innuva | Nómina
    +3
  • a3ERP | nóminaCLOUD
  • a3EQUIPO
  • a3ASESOR | rrhh

Referencia Legal: 2 nuevos valores de inactividad "y" y "U"

 

Según se establece en el Boletín Noticias RED 13/2020, 28 de mayo:

“Se han creado dos nuevos valores de inactividad “Y” y “U” que se deberán informar respecto de aquellos trabajadores que, tras reiniciar su actividad (“R”) o incrementar su jornada de trabajo (“S”) respecto de la existente antes del inicio de la situación a la que se refiere el artículo 1.2 del RDL 18/2020, pasen a ver nuevamente suspendidos sus contratos de trabajo o inicien una reducción de jornada con la parte trabajada igual o inferior a la existente en el momento del reinicio o incremento de su jornada de trabajo.”

  • Valor Y - TRAB.SUSPENSIONTOTAL PROCEDENTE R/S: se comunicará respecto de aquellos trabajadores que habiéndose reincorporado totalmente –R-o parcialmente –S-a la actividad tras el inicio de la situación a la que se refiere el artículo 1.2 del RDL 18/2020 -CPC 59-, vuelven de nuevo a situación de suspensión de su contrato de trabajo.

  • Valor U - TRAB.SUSPENSION PARCIAL PROCEDENTE R/S/W: se comunicará respecto de aquellos trabajadores que habiéndose reincorporado totalmente –R-o parcialmente –S-a la actividad tras el inicio de la situación a la que se refiere el artículo 1.2 del RDL 18/2020 -CPC 59-, vuelvan a tener una situación de reducción de jornada, y el porcentaje de jornada trabajada no sea superior a la que tenían en la situación anterior.

 

Por tanto, si el trabajador habiendo reiniciado su actividad o habiendo incrementado su jornada de trabajo vuelve a tener que entrar en un procedimiento de ERTE por suspensión del contrato de trabajo o bien, por se modifica el porcentaje de jornada trabajada, se deberá comunicar esta situación mediante el movimiento de afiliación MIN - Mecanización de Inactividad, con los siguientes valores:

  • Y – Trab. suspensión total proc. R/S ERE. COVID19
  • U – Trab. suspensión parcial proc. R/SW ERE. COVID19

 

Recuerda que…

Puedes informar el nuevo periodo de ERTE o modificar el ERTE masivamente a los trabajadores mediante el formato 5 – “Expediente Regulación”.

Para + informaciónpulsa aquí.

 

Imagen que contiene dibujo

Descripción generada automáticamente Importante:  Es necesario crear una incidencia de Regulación de Empleo para informar los valores de inactividad Y y U.  Además, si el trabajador tenía informada una situación de ERE con valor de inactividad “S – TRAB. ACTIVO PARCIAL PROC.SUSP.ERE.COVID19” previamente, deberás finalizar esta incidencia antes de crear la nueva incidencia con el valor de inactividad.

 

Veamos cómo informar en la aplicación los nuevos valores "Y" y "U":

 

¿Cómo informar la situación Y?

Para informar que un trabajador que se había reincorporado a la actividad de forma total (valor R) o parcial (valor S) vuelve a estar en situación de ERTE por suspensión del contrato (valor Y), accede al menú “Nómina/ Incidencias/ Regulación de Empleo” y pulsa “Nuevo”.

A continuación, informa la empresa, trabajador y periodo del ERTE y la causa “17 Suspensión del contrato autorizada en E.R.E. o por auto judicial o constatada por la autoridad laboral en cooperativas”.

Además, deberás marcar el indicador “COVID-19” y la “Fecha reinicio actividad empresa (declaración responsable causa 059)” e informar la fecha de la declaración responsable.

Una vez informados estos datos, se habilitará el indicador “Y – Suspensión Total procedente R/S desde fecha inicio incidencia”, para activarlo.

 

¿Cómo informar la situación U?

Para informar que un trabajador que se había reincorporado a la actividad de forma total (valor R) o parcial (valor S) vuelve a estar en situación de ERTE parcial (valor U) accede al menú “Nómina/ Incidencias/ Regulación de Empleo” y pulsa “Nuevo”.

A continuación, informa la empresa, trabajador y periodo del ERTE y la causa “18 – Reducción temporal de jornada autorizada en E.R.E. o por auto judicial o constatada por la autoridad laboral en cooperativas”, así como el porcentaje de jornada en ERTE y los periodos.

Además, deberás marcar el indicador “COVID-19” y la “Fecha reinicio actividad empresa (declaración responsable causa 059)” e informar la fecha de la declaración responsable.

Una vez informados estos datos, se habilitará el indicador “U – Suspensión Parcial procedente R/S/W desde fecha inicio incidencia”, para activarlo.

 

 

 

    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • Sé el primero en valorar
    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • Sé el primero en valorar

Palabras clave