Trabajador mensual en situación de IT, ERE o ERTE, no cuadran los días de cobro, ¿qué puedo comprobar?
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Cómo comprobar los días de cobro en trabajadores de cobro mensual que se encuentran en situación de IT o ERE/ ERTE
En trabajadores de cobro mensual que durante meses distintos de 30 días se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Incapacidad Temporal (Enfermedad común, Accidente no laboral, Accidente laboral, Enfermedad profesional, Recaída, Maternidad, Maternidad parcial, Riesgo durante el embarazo) o
- ERE (Expediente Regulación Empleo) o ERTE (Expediente Regulación Temporal Empleo)
La cotización para las situaciones de IT, ERE y ERTE se realizará siempre según la Normativa vigente: 30 – días trabajados.
Debido a la ausencia de Normativa que especifique el tratamiento de cómo se deben remunerar los días trabajados, dispones de varias opciones de cálculo de los días de cobro.
Para ello, en la ficha de empresa (“Organización/ Ficha de Empresa”, en el menú “Características/ Indicadores”) existen diferentes indicadores que te permitirán modificar el cálculo de los días de cobro de trabajadores mensuales en meses de 28, 29 ó 31 días:
En los siguientes links encontrarás un ejemplo de cálculo con cada uno de los indicadores:
- Días efectivamente trabajados
- Días efectivamente trabajados, salvo en los casos de IT o ERE que se prolongue hasta el último día del mes: 30 – días de incidencias
- 30 – días de incidencias
- Días efectivamente trabajados: Día 31 sin remunerar