Trabajador con el mismo líquido que el mes anterior, en enero de 2023 se calcula embargo y en febrero no, ¿por qué?
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Trabajador con el mismo líquido que el mes anterior, ¿por qué en un mes se calcula embargo y en otro no?
Esto es debido a que el líquido de la nómina de enero es superior al SMI de 1000 euros pero inferior al nuevo SMI aplicable a partir de febrero de 2023, 1080 euros.
Por lo tanto, como la nómina del mes de enero se calculó aplicando el SMI vigente en ese momento (1000 euros), y el líquido del trabajador era superior, sí procedía calcular importe a embargar. Sin embargo, como en febrero ya se está aplicando el nuevo SMI (1080 euros), no procede realizar ningún cálculo de embargo ya que el líquido no supera el mínimo inembargable.
Veamos un ejemplo
Supongamos que tenemos un trabajador que cada mes cobra un líquido de 1004,75 euros.
- En enero se le informó una incidencia de inicio de embargo de 5000 euros.
En enero de 2023 la aplicación le calcula un importe a embargar ya que el líquido es superior al SMI vigente en ese momento (1000 euros):
Sin embargo, en la mensual de 02/2023 no descuenta el embargo porque el SMI se ha incrementado respecto a enero, de 1000 a 1080 euros.
En nuestro ejemplo, el trabajador cobra un líquido inferior al nuevo SMI. Por lo tanto, no se le puede aplicar embargo:
