Bonificación por maternidad y por sustitución por maternidad: ¿cómo informarlas?

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Cómo informar la Bonificación por maternidad y la de Sustitución por descanso por maternidad o riesgo durante el embarazo

La bonificación por maternidad y la de sustitución por descanso por maternidad o riesgo durante el embarazo, se mostrarán automáticamente en la ficha de los trabajadores correspondientes, siempre que se tengan informados correctamente los siguientes datos:

  • La trabajadora que esté en maternidad deberá tener informada la incidencia correspondiente. Para ello, deberás acceder a “Presencia/ IT y Absentismos”, seleccionar la trabajadora e informar la incidencia de Maternidad.
  • El trabajador que va a sustituir a la trabajadora en situación de maternidad, deberá tener informados los siguientes datos en el apartado “Contractuales”:
    • Tipo de  Contrato: 410 ó 510 (la fecha de inicio del contrato deberá estar comprendida entre las fechas de la baja por maternidad).
    • En los Datos de Afiliación del Trabajador deberás informar:
      • Condición Desempleo correspondiente. Por ejemplo, “Inscrito en Oficina de Empleo”.
      • Causa sustitución:Sustitución por descanso por maternidad/ paternidad o riesgo durante el embarazo”
      • En el apartado “Trabajador sustituido”, deberás informar el código del trabajador que sustituye, es decir, de la trabajadora en situación de maternidad. Al informar el código de trabajador, automáticamente, se informará el NAF del trabajador sustituido.

 

datos afiliacion sustitucion maternidad

 

Una vez informados los datos, en la ficha de la trabajadora que está en maternidad mostrará la “Bonificación por Maternidad”:


bonificacion_maternidad

 

Y en el trabajador que va a sustituir a la trabajadora en situación de maternidad, mostrará la bonificación “Sustitución por descanso por maternidad o riesgo durante el embarazo”:

bonificacion sustitucion maternidad

 

 

importante Recuerda que…

Si la fecha de inicio contrato de interinidad es posterior a la fecha del sistema, no se mostrarán las bonificaciones en el apartado “Contractuales”. Pero sí se tendrán en cuenta para el cálculo.
Por ejemplo, si hoy es día 13/03 y el contrato de interinidad empieza el día 16/03, no se visualizará la bonificación en la Ficha del trabajador hasta que no llegue el día 16/03.
Para comprobarlo, una vez calculada la nómina, puedes acceder a “Histórico de Cobro” y, en el apartado “Cotización”, verificar que estén las bonificaciones.

 

 

 

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