Ejemplos prácticos y cuadro resumen sobre el cálculo de la exoneración de cuotas en los meses anteriores a octubre 2020
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Cálculo de la exoneración de cuotas en los meses anteriores a octubre de 2020
Con el objetivo de reactivar de manera progresiva la economía, se han publicado los siguientes cambios legales:
- Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo
- Boletín Noticias RED 11/2020, de 14 de mayo
- Boletín Noticias RED 12/2020, de 19 de mayo
- Boletín Noticias RED 13/2020, 28 de mayo
- Real Decreto-Ley 24/2020, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial.
- Boletín de Noticias RED 15/2020, de 6 de julio
En el Real Decreto-Ley 24/2020 se publican los nuevos tipos de exoneración de cuotas aplicables en los meses de julio, agosto y septiembre para ERTEs exonerados (ERTEs por fuerza mayor total o parcial ya existentes, ERTES ETOP ya iniciados con anterioridad al 26/6/2020 o posteriores a un ERTE de Fuerza Mayor, y para las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad por la adopción de nuevas restricciones o medidas de contención (rebrotes COVID-19).
Además, se estable que las empresas deben comunicar a la Tesorería general de la Seguridad Social los CCC´s en situación de ERTE, en los meses julio, agosto y septiembre, mediante la declaración responsable correspondiente a su situación
- Declaración responsable Fuerza Mayor -FM-: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 059
- Declaración responsable Fuerza Mayor Total: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 058
- Declaración responsable ETOP a 26-06-2020: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 060
- Declaración responsable ETOP a posterior a FM: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 061
- Declaración responsable Fuerza Mayor por nuevas restricciones: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 062
A continuación, te relacionamos un cuadro de los porcentajes de exoneración aplicar según el tipo de ERTE y el mes correspondiente:
Declaración Responsable Fuerza Mayor Total (Causa Peculiaridad Cotización 058) |
Declaración Responsable Fuerza Mayor Declaración Responsable ETOP a 26/06/2020 Declaración Responsable ETOP a posterior a "Fuerza Mayor" |
Declaración Responsable Fuerza Mayor por nuevas restricciones (REBROTE) (Causa Peculiaridad Cotización 062) |
||||
ERE |
Activos Valores inactividad: R, S, A3, A4, A9, B1, B6, B7 |
ERE Valores inactividad: |
ERE Valores inactividad:
|
|||
Empresas menos de 50 trabajadores | 100 % | Mayo | 100% | 85% | 60% | - |
Junio | 100% | 70% | 45% | - | ||
Julio | 70% | 60% | 35% | 80% | ||
Agosto | 60% | 60% | 35% | 80% | ||
Septiembre | 35% | 60% | 35% | 80% | ||
Empresas más de 50 trabajadores | 75 % | Mayo | 75% | 60% | 45% | - |
Junio | 75% | 45% | 30% | - | ||
Julio | 50% | 40% | 25% | 60% | ||
Agosto | 40% | 40% | 25% | 60% | ||
Septiembre | 25% | 40% | 25% | 60% |
Ejemplos sobre cálculo de la exoneración de cuotas
A continuación, te relacionamos unos ejemplos prácticos con el cálculo de la exoneración de cuotas hasta la publicación del RDL 18/2020 y con el cálculo a partir del cambio legal y de que la empresa inicie una situación de fuerza mayor parcial, es decir, reincorpore a parte de su plantilla a la actividad ya sea de manera total o parcial.
Te recomendamos que…
Para comprobar los cálculos accedas a la paga calculada desde “Nómina/ Histórico Cobro” y, en el apartado “Regulación de Empleo”, compruebes el importe de las bases de cotización correspondientes a la parte en la que el trabajador está en situación de ERTE.
Y, en el menú “Bases e Importes/ Coste Empresa”, compruebes el importe de la exoneración.
Además, puedes generar el fichero de bases para comprobar los diferentes tramos, con los importes correspondientes a la parte del ERTE y a la parte trabajada, accediendo al menú “Nómina/ Comunic@ción/ SLD (Cret@)”, en el apartado “Envíos”.
Para interpretar los códigos de los conceptos, horas e indicadores del fichero de bases, te mostramos una tabla resumida de los manuales de Seguridad Social, pulsa aquí.
> Veamos unos ejemplos
A continuación, te relacionamos unos ejemplos prácticos con el cálculo de la exoneración de cuotas hasta la publicación del Real Decreto-Ley 18/2020, y con el cálculo de la exoneración posterior al cambio legal de una empresa que inicia una situación de fuerza mayor parcial, es decir, reincorpora parte de su plantilla a la actividad ya sea de manera total o parcial.
En nuestros ejemplos, la empresa ha comunicado la fecha de la Declaración responsable el 20/05/2020 y tiene más de 50 trabajadores.
Ejemplo 1. Suspensión del contrato por ERTE
- Cálculo de la exoneración antes del cambio legal.
- Cálculo de la exoneración posterior al cambio legal.
-
- Reincorporación a la actividad el día 20/05/2020. Fecha Declaración responsable: 20/05/2020.
- Reincorporación a la actividad el día 16/06/2020. Fecha Declaración responsable: 20/05/2020.
Ejemplo 2. Reducción temporal de la jornada por ERTE
- Cálculo exoneración antes del cambio legal.
- Cálculo exoneración posterior al cambio legal, con reincorporación a la actividad.
Ejemplo 3. Reducción temporal de la jornada por ERTE
- Cálculo exoneración antes del cambio legal.
- Cálculo exoneración posterior al cambio legal, con incremento del porcentaje de la jornada trabajada.
> Ejemplo 1. Suspensión del contrato por ERTE
Cálculo de la exoneración antes del cambio legal
Datos del trabajador:
- Suspensión del contrato por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 30/06/2020.
- Contrato indefinido.
- Jornada a tiempo completo.
- Coste de Seguridad Social de empresa: 31,40%.
Cálculo de la nómina de mayo:
- Base de cotización = 1673,40
- Seguridad Social de empresa = 1673,40 * 31,40% = 525,45
- Exoneración de cuotas al 75% =394,08
1673,40 * 31,40% * 75% = 394,08
Cálculo de la exoneración posterior al cambio legal
Siguiendo con este ejemplo, supongamos dos situaciones distintas para este trabajador:
- Se reincorpora a la actividad el día 20/05/2020 y la fecha de la declaración responsable es el 20/05/2020.
Por tanto, se modifica la fecha de finalización del ERTE pasando a ser Suspensión del contrato por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 19/05/2020.
Cálculo de la nómina de mayo
-
- Base de cotización ERTE= 1004,04
- Base de cotización alta = 556,11
- Seguridad Social de empresa = 1560,15 * 31,40% = 489,89
- Exoneración de cuotas:
Por la parte del ERTE: del 01/05/2020 al 19/05/2020 al 75% = 1004,04 * 31,40% * 75% = 236,45
Por la parte trabajada: Del 20/05/2020 al 31/05/2020 al 60% = 556,11 * 31,40% * 60% = 104,77
Base de cotización de alta de junio = 1516,66
Por la parte trabajada: del 01/06/2020 al 30/06/2020 al 45% = 1516,66 * 31,40% *45% = 214,30
- Se reincorpora a la actividad el día 16/06/2020 y la fecha de la declaración responsable es el 20/05/2020.
Por tanto, se modifica la fecha de finalización del ERTE pasando a ser Suspensión del contrato por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 15/06/2020.
Cálculo de la nómina de mayo y junio
Nómina de mayo
Como en el mes de mayo el trabajador continúa de ERTE, aunque la empresa ha empezado a reincorporar trabajadores a partir del día 20/05 a través de la Declaración Responsable, este trabajador tendrá una exoneración del 75% hasta la fecha anterior a la Declaración y del 45% a partir de esa fecha hasta que se produzca la reincorporación total del trabajador.
Base de cotización del ERTE de mayo = 1673,40
Por la parte del ERTE: del 01/05/2020 al 19/05/2020 al 75% = 1059,72 * 31,40% * 75% = 249,56
Por la parte del ERTE: del 20/05/2020 al 31/05/2020 al 45% = 613,58 * 31,40% * 45% = 86,70
Nómina de junio
-
- Base de cotización ERTE= 836,70
- Base de cotización alta = 758,34
- Seguridad Social de empresa = 1595,04 * 31,40% = 500,84
Por la parte del ERTE: del 01/06/2020 al 15/06/2020 por la parte del ERTE = 836,70 * 31,40% * 30% = 78,82
Por la parte trabajada: del 16/06/2020 al 30/06/2020 = 758,34 * 31,40% * 45% = 107,15
> Ejemplo 2. Reducción temporal de la jornada por ERTE
Cálculo de la exoneración antes del cambio legal
Datos del trabajador:
- Reducción temporal de la jornada al 50% por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 30/06/2020.
- Contrato indefinido.
- Coste de Seguridad Social de la empresa 31,95%.
- Jornada a tiempo completo.
Cálculo de la nómina de mayo
- Base de cotización por el periodo de ERTE = 924,30
- Base de cotización por el periodo de alta = 812,50
- Seguridad Social de empresa =
924,30 * 31,95 % = 295,31 por la parte del ERTE
812,50 * 31,95% = 259,59 por la parte del alta
Seguridad Social de empresa = 295,31 + 259,90 = 554,90
- Exoneración de cuotas al 75% =
924,30 * 31,95% * 75% = 221,49
Cálculo de la exoneración posterior al cambio legal
Siguiendo con este ejemplo, el trabajador reinicia su actividad el 06/05/2020.
IMPORTANTE
Según establece el Boletín de Noticias RED 13/2020, del 28 de mayo, en el apartado “Corrección de errores de los Boletines de Noticias RED 11/2020 y 12/2020:
El último ejemplo del ANEXO III del BOLETÍN DE NOTICIAS 11/2020 es erróneo, conforme a lo establecido en el BNR 12/2020, por lo que no debe considerarse a ningún efecto. Se modifica el primer párrafo del apartado ACLARACIONES AL BOLETÍN DE NOTICIAS correspondiente al BNR 12/2020:
“Por las personas trabajadoras que se han reactivado entre el 1 y el 12 de mayo de 2020, en empresas que se encuentren en situación de fuerza mayor parcial el 13 de mayo de 2020, conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 1 del Real Decreto-ley 18/2020, resultarán de aplicación las exenciones de la cotización previstas en el apartado 2 del artículo 4 de este Real Decreto-ley a partir del día en que se hayan reactivado”.
Por tanto, en nuestro ejemplo, como el trabajador se reincorporó a la actividad antes la fecha de publicación del RDL 18/2020, se aplicarán las exenciones del apartado 2 del artículo 4 de dicho RDL 18/2020.
Datos del trabajador:
- Reducción temporal de la jornada al 50% por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 05/05/2020.
- Contrato indefinido.
- Jornada a tiempo completo.
Cálculo de la nómina de mayo
- Base de cotización por el periodo de ERTE = 123,24
- Base de cotización por el periodo de alta = 1399,31
- Seguridad Social de empresa =
123,24 * 31,95 % = 39,37 por la parte del ERTE
1399,31 * 31,95% = 447,08
Seguridad Social de empresa = 39,37 + 447,08 = 486,45
- Exoneración de cuotas:
Por la parte del ERTE: del 01/05/2020 al 05/05/2020 al 75% = 123,24 * 31,95% * 75% = 29,53
Por la parte del alta: del 06/05/2020 hasta el 31/05/2020 al 60% = 1299,36 * 31,95% * 60% = 249,09
Por la parte del alta: del 01/06/2020 hasta el 30/06/2020 al 45% = 1516,66 * 31,95% * 45% = 218,06
>Ejemplo 3. Reducción temporal de la jornada por ERTE
Cálculo exoneración antes del cambio legal
Datos del trabajador:
- Reducción temporal de la jornada al 50% por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 30/06/2020.
- Contrato parcial.
- Jornada a tiempo parcial 4 horas de lunes a viernes.
- Coste Seguridad Social empresa 33,15%
Cálculo de la nómina de mayo
- Base de cotización por el periodo de ERTE = 332,32
- Base de cotización por el periodo de alta = 325
- Seguridad Social de empresa =
332,32 * 33,15 % = 110,16 por la parte del ERTE
325 * 33,15% = 107,74 por la parte de alta
Seguridad Social de empresa = 110,16 + 107,74 = 217,90
- Exoneración de cuotas al 75% =
332,32 * 33,15% * 75% = 82,62
Cálculo exoneración posterior al cambio legal
Siguiendo con este ejemplo, el trabajador incrementa el porcentaje de jornada trabajada hasta el 80% el 10/06/2020 y la fecha de la declaración responsable es el 20/05/2020.
Datos del trabajador:
- Reducción temporal de la jornada al 50% por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 09/06/2020.
- A partir del 10/06/2020 tiene una reducción temporal de la jornada al 20% por ERTE.
- Contrato parcial.
Cálculo de la nómina de junio
- Base de cotización por el periodo de ERTE = 96,48 (del 1 al 9) y 75,96 (del 10 a 30) =172,44
- Base de cotización por el periodo de alta = 461,50
- Seguridad Social de empresa =
96,48 * 33,15 % = 31,98 por la parte del ERTE
75,96 * 33,15% = 25,18 por la parte del ERTE
461,50 * 33,15% = 152,99 por la parte de alta
Seguridad Social de empresa = 31,98 + 25,18 + 152,99 = 210,15
- Exoneración de cuotas:
La base de cotización por el periodo de ERTE en mayo es = 332,32
Por la parte del ERTE: del 01/05/2020 al 19/05/2020 al 75% = 203,68 * 33,15% * 75% = 50,64
Por la parte del ERTE: del 20/05/2020 al 31/05/2020 al 45% = 128,64 * 33,15% * 45% = 19,19
Por la parte del ERTE: del 01/06/2020 al 09/06/2020 al 30% = 96,48 * 33,15% * 30% = 9,59
Por la parte del ERTE: del 10/06/2020 al 30/06/2020 al 30% por la parte del ERTE = 75,96 * 33,15% * 30% = 7,55
Por la parte de alta la base de cotización será la correspondiente al periodo del 10/06/2020 al 30/06/2020 al 45% = 357,29 * 33,15% * 45% = 53,30