¿Cómo informar un embargo salarial?
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Embargo salarial: cómo informarlo desde la aplicación
1) Para informar un embargo, accede al punto "Nómina/ Incidencias/ Anticipo Préstamo Embargo" y pulsa el icono "nuevo":
2) Informa el código de la empresa, el trabajador y, en "Tipo", selecciona "Embargo". Indica la fecha de inicio,el importe total del embargo y, en el apartado "Descuentos", indica cómo deseas descontarlo.
3) Dispones de 2 formas para descontar el embargo:
- Descontar el mínimo establecido por la Ley: la aplicación calcula, de manera automática, el importe a descontar, teniendo en cuenta la normativa legal y los tramos previstos en el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Estos descuentos se realizan directamente del líquido de la nómina.
Recuerda que: el primer Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I.) es inembargable. Como nuestro ejemplo es del año 2021 y el S.M.I. para ese año era de 950 euros: de 0 a 950 euros no se puede embargar nada:
- Descontar un importe concreto en cada plazo: la aplicación calcula, de manera automática, el número de plazos de devolución que le corresponden a partir del importe total del embargo:
El embargo introducido por incidencias será de aplicación en cada paga hasta liquidar el importe pendiente.
- Fecha de Cancelación: no calculará el embargo al mes siguiente de la fecha informada. Para información más detallada, consulta el siguiente artículo Embargo: ¿Cómo cancelarlo en la aplicación?
- Descontar de las Pagas Extras: si se activa este indicador, se descontará de las pagas extras y, además, puedes indicar la opción de considerar todas las pagas extras como prorrateadas:
Para información más detallada, puedes echar un vistazo al siguiente enlace: Cálculo de Embargo en la paga mensual y con Pagas Extras Porrateadas
- Embargo por ejecución hipotecaria: cuando el importe obtenido por la venta de la vivienda habitual hipotecada en un procedimiento de ejecución hipotecaria es insuficiente para cubrir el crédito garantizado. Para información más detallada, consulta el siguiente artículo: Cálculo de embargo por ejecución hipotecaria
- Conceptos no embargables: son aquellos que no se tendrán en cuenta al calcular el embargo salarial. Puedes ampliar información en el siguiente link: Cálculo del Embargo Salarial con conceptos inembargables
- Conceptos íntegramente embargables: posibilidad de embargar el 100% de uno o varios conceptos salariales. Puedes consultar este artículo: Pasos para informar un concepto íntegramente embargable y ejemplo del cálculo del embargo con un concepto que se embarga al 100%
4) Puedes modificar la cuota a deducir de un mes determinado. Para ello, marca el mes que corresponda y pulsa "Modificar cuota mensual":
5) Informa para el mes seleccionado, la cuota que corresponda y pulsa "Aceptar":
6) Automáticamente, la aplicación recalculará de nuevo la cuota que corresponde deducir para los siguientes meses, en función del importe que todavía queda pendiente del embargo:
7) Por último, pulsa "Aceptar" para guardar los datos de la incidencia.
A tener en cuenta: en ambos casos, puedes decidir si deseas descontar el embargo de las pagas extras. Para ello, únicamente debes activar el indicador "Descontar de las Pagas Extra".
Recuerda que: si finiquitas a un trabajador y lo vuelves a contratar, el embargo no se activa de forma automática. Deberás informar la fecha de cancelación en la incidencia del embargo y crear un nuevo embargo con el importe pendiente.
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