Cómo configurar las vacaciones para el Portal del Empleado y dudas solicitudes de vacaciones con cambio de año

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Para que las vacaciones se puedan tramitar a través del Portal del Empleado, se deben configurar una serie de datos que se detallan a continuación.

 

Pasos a seguir…

 

Configuración de los días vacaciones en el Pacto/ Convenio

Para informar los días y el período de devengo de las vacaciones, deberás acceder al pacto/ convenio asignado a tu empresa y definir el número total de días, si son laborables o naturales y el periodo de disfrute. 

Para ampliar información, pulsa aquí

 

Calendario: configuración de los festivos autonómicos y locales

Antes de crear el proceso de vacaciones, te recomendamos que configures el calendario laboral, informando los días festivos autonómicos y locales.

Esto es especialmente importante si las vacaciones están definidas por días laborables ya que, cuando el trabajador solicite un intervalo de días en el que haya algún día festivo, no lo tendrá en cuenta para el cómputo de los días realizados de vacaciones, si está definido como festivo.

Para ampliar información sobre la configuración del calendario, pulsa aquí.

 

Creación del proceso de vacaciones

Para que el trabajador pueda solicitar vacaciones desde el Portal del Empleado, es necesario crear el proceso de vacaciones del año correspondiente.

Al crear el proceso, es muy importante cumplimentar los siguientes campos:

  • Período de devengo de vacaciones:

El inicio de devengo de vacaciones se cumplimentará, automáticamente, con la fecha informada en la ficha de la empresa, en “Características/ Datos cálculo”, en el apartado “Fecha inicio devengo vacaciones”.

No obstante, puedes modificar la fecha de inicio de devengo y se recalculará la fecha fin de devengo.

  • Fecha máxima de disfrute de vacaciones año anterior:

En este apartado informaremos hasta qué día del año en curso puedes disfrutar los días de vacaciones pendientes del año anterior.

  • Saldo negativo máximo:

Número de días máximo que el trabajador podrá disfrutar a cuenta de los días de vacaciones del año siguiente.

Recuerda que, en este caso, para que el saldo negativo resultante se compense con el saldo de vacaciones del año siguiente, se deberá traspasar el saldo.

 

Recomendaciones…

  • Si, dentro del proceso de vacaciones hay algún trabajador que no esté incluido, puede ser que el proceso no se haya generado correctamente.

Para solucionarlo, si modificamos la fecha máxima de disfrute de vacaciones del año anterior, se vuelven a recalcular los datos del proceso y cargar de nuevo los trabajadores.

Una vez esté toda la información correcta, volveríamos a dejar la fecha máxima de disfrute informada anteriormente.

 

A tener en cuenta

¿Si se elimina el proceso, se pierde toda la información?

Si se elimina el proceso y se vuelve a crear, se recupera la información contenida, excepto lo que se hubiera informado en la casilla de “Otros” del apartado “Personas” y el saldo traspasado, que se podría recuperar volviendo a traspasar el saldo.

Para ampliar información sobre el proceso de vacaciones, pulsa aquí.

 

Dudas solicitudes de vacaciones con cambio de año

A continuación, veremos algunos casos prácticos sobre las solicitudes de vacaciones, cuando han quedado días pendientes de disfrutar y se cambia de año: 

1) Proceso de vacaciones con “Fecha máxima de disfrute del año anterior" y sin haber traspasado el saldo.

El trabajador que tuviera días pendientes del año anterior, cuando solicite días de vacaciones en el año en curso hasta la fecha máxima establecida de disfrute, deberá seleccionar el año anterior en la solicitud.

Veamos un ejemplo:

Trabajador con 5 días pendientes de disfrutar en el año 2018.

En el proceso de vacaciones informamos que la fecha máxima de disfrute de las vacaciones del año anterior será hasta el 31/03/2019.

En enero del 2019 el trabajador solicita 5 días de vacaciones.

Para que se lo descuente del saldo que le quedó pendiente, en la solicitud deberá seleccionar:

Ejercicio 2018

Fecha inicio y fin del 2019.

 

vacaciones pendientes

 

Recuerda que...

Si se solicitan vacaciones correspondientes al ejercicio anterior con posterioridad a la fecha máxima de disfrute, la aplicación dará un aviso conforme no se puede solicitar un período de vacaciones posterior a dicha fecha.

 

2) Proceso de vacaciones con el saldo del año anterior traspasado.

2.1- Sin fecha máxima de disfrute.

Si en fecha máxima de disfrute de vacaciones del año anterior no le ponemos un periodo superior al 1/01, no podremos solicitar vacaciones pendientes del año anterior en un periodo del año en curso.

Por ejemplo, en el año 2019 no podríamos pedir días de vacaciones del saldo correspondiente al ejercicio 2018, ya que si seleccionásemos el 2018 nos daría el siguiente aviso.

 

fecha maxima

 

 

 

2.2.- Con fecha máxima de disfrute

Si hemos establecido una fecha máxima de disfrute y hemos traspasado el saldo pendiente, se pueden dar varias situaciones:

    • Solicito vacaciones en el año en curso, seleccionando ejercicio del año anterior.

Descuenta los días de vacaciones del saldo del año anterior, pero no del saldo traspasado.

Por ejemplo, en enero del 2019 solicito vacaciones seleccionando ejercicio 2018, lo descontaría del saldo de 2018.

Por tanto, para que el saldo traspasado sea correcto se deberá volver a traspasar el saldo.

    • Solicito vacaciones en el año en curso, seleccionando el mismo año.

Descuenta los días de vacaciones del saldo del año en curso.

Por ejemplo, en enero del 2019 solicito vacaciones seleccionando el ejercicio 2019, descontaría el saldo de 2019.

 

 

 



 

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