Cálculo del Embargo Salarial en la paga de Atrasos de Convenio

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183748 - alert attention circle exclamA tener en cuenta:

En la paga de atrasos no se generarán diferencias de los importes de los embargos, es decir, que el importe del embargo de la paga mensual en la que se aplicó será el mismo que el calculado en la paga de atrasos en ese mes para que la diferencia resultante sea cero.

De esta forma, se incluirá el líquido de la paga de atrasos en el cálculo del embargo de la paga mensual que coincida con la fecha de cobro de la paga de atrasos.

En estos casos, si al calcular la paga de atrasos el programa detecta que tiene un importe pendiente de embargar y la nómina mensual ya está calculada se mostrará el mensaje "Errores en cálculo de Atrasos" en la bandeja de entrada:

mensaje_embargo_atrasos

Ejemplo:

Trabajador con los siguientes datos:

  • Salario Base: 2.000 euros (periodo enero – abril)
  • Embargo de 2.500 euros.
  • SMI 2023: 1.080 euros
  • Incremento del Salario Base en la nómina de mayo a 2.250 euros
  • Paga de atrasos con periodo enero – abril y fecha de cobro en el mes de mayo

Al realizar el cálculo de los atrasos de convenio se muestra el siguiente mensaje en la bandeja de entrada, indicando que,  para que se aplique el importe pendiente del embargo deberá recalcular la nómina de mayo.

aviso_embargo_nomina

 

calculator_percentage En nuestro ejemplo, el importe total a embargar en la nómina de mayo de 2023 será el siguiente:

  • Líquido paga mensual -> 2091,97 euros
  • Líquido paga de atrasos -> 935,48 euros
  • Líquido embargable en la nómina de mayo -> 2091,97 euros + 935,48 euros = 3.027,45 euros líquido total a embargar en la nómina de mayo

183684 - arrow move outline rightA tener en cuenta: En la paga de atrasos no se descontará importe de embargo salarial.


El cálculo del embargo en la nómina del mes de mayo se realizará de la siguiente forma:

  • Líquido embargable -> 3.027,45 euros - 1.080 euros (mínimo inembargable) = 1947,45 euros
  • Primer tramo del SMI a embargar -> 1.080 euros * 30% = 324 euros
  • Segundo tramo del SMI a embargar -> 1947,45 euros – 1080 euros = 867,45 * 50% = 433,73 euros
  • Total embargo -> 324 euros + 433,73 euros = 757,73 euros

embargor_atrasos_nomina_mensual

 

 

 

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