Cómo informar la bonificación y listar el contrato de personas desempleadas de larga duración
Aplica a: a3innuva | Nómina +3 - a3ERP | nóminaCLOUD
- a3EQUIPO
- a3ASESOR | rrhh
- a3ERP | nóminaCLOUD
- a3EQUIPO
- a3ASESOR | rrhh
Referencia Legal
El Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, establece que aquellos empleadores que contraten indefinidamente a personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación, tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 108,33 euros/mes (1.300 euros/año) durante tres años. Cuando estos contratos se concierten con mujeres, las bonificaciones indicadas serán de 125 euros/mes (1.500 euros/año) durante tres años.
Si el contrato se celebra a tiempo parcial las bonificaciones se disfrutarán de manera proporcional a la jornada de trabajo pactada en el contrato.
¿Cómo informar la bonificación?
Para listar el contrato de trabajadores desempleados de larga duración y aplicar la bonificación correspondiente, deberás tener informado en la ficha los siguientes datos:
- En el apartado “Contratos” de la ficha del trabajador, debes tener informado el contrato 150, 250 o 350 y la Fecha de Inicio Contrato tiene que ser posterior al 01/04/2019.
- En la ventana “Datos de Afiliación del Trabajador”, en el campo “Condiciones Desempleo”, tendrás que informar el valor “Desempleado inscrito 12 meses en 18 meses. RDL 8/2019”.
Al informar estos datos, la aplicación propondrá, automáticamente, la bonificación por la contratación de personas desempleadas de larga duración que corresponda:
- Desempleado 12 meses en 18 meses. Hombre (art.8).
- Desempleado 12 meses en 18 meses. Mujer (art.8).
Importante:
Según las instrucciones del Boletín de Noticias RED 03/2019, estas dos nuevas bonificaciones no deben incrementarse en un 30% para trabajadores a tiempo parcial:
“Si el contrato se celebra a tiempo parcial, las bonificaciones se disfrutarán de manera proporcional a la jornada de trabajo pactada en el contrato”.
>> Listado el contrato
Una vez informados todos estos datos, al listar el contrato ya aparecerá el texto correspondiente de las personas desempleadas de larga duración.
Así como activadas las cláusulas correspondientes del contrato según el trabajador/a sea hombre o mujer: