Actualización de la versión 1.9.28 (SP54), de 18 de enero; Novedades

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La actualización de la versión 1.9.28, incorpora las siguientes novedades:

 

Cambios Legales

1.- Modelo 190 de Navarra para el ejercicio 2022
2.- Tabla de retenciones de I.R.P.F. de Navarra para el año 2023
3.- Adaptaciones en la Cotización “Mecanismo de Equidad Intergeneracional”:

3.1.- Exclusión de determinados colectivos de trabajadores y particularidades en el cálculo 
3.2.- Lectura de los ficheros de respuesta de SILTRA

4.- Actualización del tipo de cotización por desempleo en trabajadores del Sistema Especial de Empleados del Hogar para el año 2023

 

Cambios Legales

1.- Modelo 190 de Navarra para el ejercicio 2022

Referencia Legal

¿Cómo afecta a la aplicación?

Con esta versión ya tienes disponible desde la aplicación el módulo de validación del modelo 190 de la Diputación Foral de Navarra, para el ejercicio 2022.

 

2.- Tabla de retenciones de I.R.P.F. de Navarra para el año 2023

Referencia Legal

¿Cómo afecta a la aplicación?

Se adapta en la aplicación la tabla de retenciones de IRPF de Navarra para el año 2023, según lo publicado en el boletín oficial de Navarra. Por tanto, ya puedes calcular la previsión de IRPF de 2023.

 

3.- Adaptaciones en la cotización “Mecanismo de Equidad Intergeneracional”

Siguiendo con la adaptación de la nueva cotización “Mecanismo de Equidad Intergeneracional” para el año 2023, con esta actualización se realizan los siguientes cambios:

3.1.- Exclusión de determinados colectivos de trabajadores y particularidades en el cálculo
3.2.- Lectura de los ficheros de respuestas de Siltra

3.1.- Exclusión de determinados colectivos de trabajadores y particularidades en el cálculo

Referencia Legal

Según lo publicado en el boletín BNR 10/2022:

No se aplicará a aquellos colectivos de trabajadores excluidos de cotizar por la contingencia de jubilación, no siendo por aplicación, por tanto, entre otros posibles supuestos, en los siguientes casos:

- Trabajadores obligados a cotizar exclusivamente por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, contingencias profesionales y cotización por solidaridad, por ejemplo, jubilados activos,..
(…) Tampoco se aplicará a los Trabajadores que desarrollan programas de formación y prácticas no laborales y académicas (TRL 986).”

Además, según consultas legales realizadas a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), se adaptan las siguientes particularidades en la cotización de mecanismo de equidad para el cálculo de las bonificaciones/ reducciones y para trabajadores de formación.


¿Cómo afecta a la aplicación?

Con esta actualización, se realizan los siguientes cambios:

1)     Exclusión de determinados colectivos de trabajadores
2)     Particularidades en el cálculo

1) Exclusión de determinados colectivos de trabajadores:

Se excluye de la cotización de mecanismo de equidad a los siguientes colectivos:

  • Trabajadores con cotización por solidaridad
  • Becarios y/o trabajadores que desarrollan programas de formación

Por lo tanto, para estos colectivos no se sumará el porcentaje del 0,1 por cotización mecanismo equidad en la cotización por contingencias comunes de la nómina.

Icono

Descripción generada automáticamente¿A qué trabajadores afecta?

  • Trabajadores con cotización por solidaridad:

Estos trabajadores se identifican a través del tipo de cotización: “Cotización mayores 65 años, con 35 años cotizados” y el colectivo de contratación “Cotización especial solidaridad (art. 3 R.D.L. 5/2013)” (acceso “Datos de Afiliación” de la ficha del trabajador).

cotizacion solidaridad

 

  • Becarios y/o trabajadores que desarrollan programas de formación:

Desde la aplicación estos trabajadores se identifican con la siguiente condición:

o   En el apartado "Cotización" del menú “Contratación/ Contractuales” de la ficha del trabajador, tienen seleccionado el tipo: “Participantes en Programas de Formación” y,

o   la opción de “Prácticas Curriculares Externas” (acceso: apartado “Relación Laboral de Carácter Especial” de “Datos de Afiliación del Trabajador”).

practicas curriculares externas

Icono

Descripción generada automáticamente A tener en cuenta: Si tenías calculadas las nóminas del mes de enero de trabajadores afectados por este cambio legal, para la correcta emisión de los seguros sociales, una vez actualizada la aplicación deberás recalcular las nóminas.

 

2)     Particularidades en el cálculo de la cotización de mecanismo de equidad:

Se establecen particularidades en las siguientes situaciones:

  • Bonificaciones/ Reducciones

Para el cálculo del importe de las bonificaciones/ reducciones no se sumará la cotización por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional a las cuotas sobre las que se calcula el importe de las bonificaciones/ reducciones.

  • Trabajadores de formación 

En trabajadores de formación la cotización de mecanismo de equidad se calculará sobre una cuota fija, resultado de aplicar, a la base mínima de cotización los porcentajes del 0,5% a cargo de la empresa y 0,1 a cargo del trabajador. Para el año 2023 serán:

o   Cuota empresa = 5,83
o   Cuota trabajador = 1,17

Total = 7,00


Icono

Descripción generada automáticamente A tener en cuenta:
 Si tenías calculadas las nóminas del mes de enero de trabajadores afectados por este cambio legal, para la correcta emisión de los seguros sociales, una vez actualizada la aplicación deberás recalcular las nóminas.

 

3.2.- Lectura de los ficheros de respuestas de Siltra

Se adapta la lectura de los ficheros de cálculo y de los ficheros RLC/ DCL a los nuevos conceptos derivados de la cotización de mecanismo de equidad según el Manual Sistema Liquidación Directa (Especificaciones técnicas), publicado en la página web de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

 

laptop-information Para más información sobre la nueva Cotización de Mecanismo de Equidad Intergeneracionalpulsa aquí.

 

4.- Actualización del tipo de cotización por desempleo en trabajadores del Sistema Especial de Empleados del Hogar para el año 2023

Referencia Legal

Según el artículo 33 de la Ley 31/2022:

“La cotización por la contingencia de desempleo por el Fondo de Garantía Salarial por las personas trabajadoras incluidas en este sistema especial, se obtendrá aplicando a las bases de cotización establecidas en el artículo 15, los siguientes tipos:

1º) Contratación de duración indefinida, será el 7,05 por ciento, del que el 5,50 por ciento será a cargo del empleador y el 1,55 por ciento, a cargo del empleado.
2º) Contratación de duración determinada, será el 8,30 por ciento, del que el 6,70 por ciento será a cargo del empleador y el 1,60 por ciento, a cargo del empleado.

¿Cómo afecta a la aplicación?

Se actualiza el porcentaje de Cotización por Desempleo para el año 2023, diferenciándose la cotización por la duración de la contratación.

Para ello, desde la Tabla de Bases y Tipos de Cotización del Sistema Especial para Empleados del Hogar con vigor 01/2023 (acceso: “Utilidades/ Tablas/ Generales/ Bases y Tipos”), se realiza los siguientes cambios:

  • Se crean los nuevos tipos de cotización por duración determinada:

23.- Tipo general. Cotización duración determinada
24.- Reducción 20%. Cotización duración determinada
25.- Reducción 45%. Cotización duración determinada



  • Tipo General: se actualiza el porcentaje por cotización por desempleo aplicándose, 7,05% (5,50% empresa/ 1,55% trabajador).

 

  • Tipo General. Contratación por duración determinada: se actualiza el porcentaje por cotización por desempleo aplicándose, 8,30% (6,70 empresa/ 1,60% trabajador).

 

 

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