Modelo 303: tratamiento del IVA del 0% aplicable en 2023 (Real Decreto Ley 20/2022)
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Referencia legal: Real Decreto Ley 20/2022 y 01/2023
El Real Decreto Ley 20/2022, de 27 de diciembre y 01/2023, de 10 de enero, establecen los tipos impositivos del IVA y recargo de equivalencia aplicables en el ejercicio 2023.Con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia hasta el 30 de junio de 2023, se aplicará el IVA del 0% en los siguientes casos:
- En las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del SARS-CoV-2.
- Se aplicará el IVA del 0% y el recargo del 0% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:
- El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Las harinas panificables.
- Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
Modelo 303: tratamiento del IVA del 0%
La aplicación está adaptada desde la versión 14.04.04 para usar el IVA del 0%, llamado "ORD0".

Asimismo, el modelo 303 también ha sido adaptado, a partir de la versión 2023.00.3 del módulo de modelos de Hacienda, incluyendo las nuevas casillas en las que se registran esas operaciones: 150, 151 y 152.

