Real Decreto-ley 11/2022: Cómo modificar la tabla de IVA para el ejercicio 2022
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El día 25 de junio de 2022 se publicó el Real Decreto-ley 11/2022, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.
El artículo 18 del RDL 11/2022 establece, con efectos desde el 1 de julio de 2022 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, el tipo impositivo reducido del IVA del 5 por ciento a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de:
- Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia) sea inferior o igual a 10 kw, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, siempre que el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo.
- Titulares de contratos de suministro de electricidad perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.
A tener en cuenta
- La tabla de IVA / IGIC y Retenciones no se modifica automáticamente, por lo tanto, para reflejar estos cambios el usuario debe modificar la tabla manualmente.
- Si dispone de a3ASESOR | ges y trabaja integrado con a3ASESOR | eco o a3ASESOR | con, las tablas de estas aplicaciones son comunes, y por lo tanto las modificaciones realizadas en una aplicación se reflejarán también en la otra.
Cómo modificar la tabla de IVA
Accede al apartado Tablas / IVA, IGIC y Retenciones, del menú principal y selecciona el apartado “I.V.A.”.
Puntos a tener en cuenta antes de modificar la Tabla de IVA:
- Si el Tipo 9 en la Tabla de IVA lo tienes ocupado, utiliza otro Tipo de IVA que tengas libre.
- Si no tienes Tipos de IVA libres en la Tabla, revísalos y utiliza alguno que no utilices.
- Si utilizas a3factura, Importador de Datos, fichero de enlace de entrada (suenlace.dat), o cualquier otro sistema de enlace contable hacia a3ASESOR | eco deberás tener creada en tu tabla el nuevo tipo de IVA al 5%, para que dicha contabilización se realice correctamente.
Sitúate en la última línea de porcentajes, pulsa el botón de la barra de herramientas e informa en el Tipo 9:
- el porcentaje del "5%".
- la línea "1" en el modelo 300.
Una vez informados los datos pulsa para guardar los cambios.
En la versión 9.44.1 de a3ASESOR | eco y 7.44.1 de a3ASESOR | con ya están adaptadas las casillas del modelo 303 al Real Decreto-ley 11/2022.
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