Cómo informar la bonificación de Personal Investigador
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Personal Investigador, ¿cómo informar la bonificación?
Referencia Legal
El Real Decreto 475/2014, de 13 de junio y el Boletín de Noticias Red 2014/ 06.
Esta bonificación es del 40% sobre las aportaciones empresariales a las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes, para trabajadores incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, que se dediquen con carácter exclusivo a la realización de actividades de Investigación y Desarrollo e Innovación tecnológica (I+D+I).
Para acceder a la bonificación, el contrato tiene que ser de carácter indefinido, en prácticas o por obra o servicio determinado (en este último caso, el contrato deberá tener una duración mínima de tres meses).
Esta bonificación se activará, de forma automática, cuando el trabajador cumpla estos requisitos:
- Tener informado el valor “Personal investigador I+D+I” en el campo “Rel. Laboral de Carácter Especial” del apartado “Datos Afiliación del Trabajador”.
- Tener un contrato indefinido, en prácticas o por obra o servicio determinado, siendo la duración del contrato igual o superior a 3 meses en este último caso.
- Pertenecer al Régimen General o asimilado.
- Tener informado un grupo de cotización: 1, 2, 3 ó 4.
Para informar los datos de afiliación, accede al menú “Contratación/ Contractuales”, al apartado "Pulse aquí para establecer los datos de afiliación del trabajador" y, en el desplegable “Rel. Laboral Carácter Especial”, selecciona “Personal Investigador I+D+I”.
Al pulsar "Aceptar" se mostrará, automáticamente, la bonificación en la ficha del trabajador: