Cálculo de Ajuste a 30 días, en trabajadores de cobro mensual, con situaciones especiales, en meses de 28, 29 y 31

a3innuva | Nómina

Cálculo de ajuste de cotización a 30 días

En trabajadores de cobro mensual, que en meses distintos a 30 días (es decir, 28, 29 y 31 días), se encuentren en una de alguna de las siguientes situaciones especiales:

  • IT
  • Expediente de Regulación de Empleo (ERE)
  • Maternidad – Paternidad
  • Riesgo durante el embarazo


se aplicará el cálculo de ajuste de cotización a 30 días.


La cotización se realizará siempre según la Normativa vigente (30 – días trabajados).

  • A quién se aplica el ajuste de cotización a 30 días:
    • Trabajadores con grupo de cotización del 1 al 7.
    • Trabajadores con grupo de cotización diario del 8 a 11 con indicador de cotización mensual.
  • Se realizará ajuste mensual cuando el trabajador figure en alta todo el mes completo y el mes no sea de 30 días:
    • Siempre que exista una situación especial, el ajuste se producirá en la situación especial.
    • Si existe más de una situación especial, se ajustará en la última de ellas.

  • Los días de la situación especial se calculan de la siguiente manera:

    Días situación especial = 30 - Días Trabajados

     

Veamos un ejemplo de ajuste de cotización a 30 días:

Trabajador con grupo de tarifa 7 y tipo de cobro mensual.

Del 22/05 al 28/05 está en situación de IT por enfermedad común.


Cálculo de la nómina de mayo:

ajuste de cotizacion a 30 dias

 
Como el periodo de la IT es del día 22 al 28, se tienen en cuenta 7 días de IT.

  • Base Reguladora = 60,28 euros
  • Cotización días de IT: 30 – días efectivamente trabajados (del 1 al 21-> 21 días y del 29 al 31-> 3 días) = 30 - 24 = 6 días
  • Base de Cotización de los días de IT = (60,28 x 6 días de IT)= 361,68 euros
  • Base de Cotización de los día de alta = 1.240 + 206,66 = 1.446,66 euros
  • Base Cotización = 1.446,66 + 361,68 = 1.808,4 euros

 

Recuerda que:

Si el Grupo de Tarifa que tiene el trabajador no coincide con el que le consta a la Seguridad Social, se producirán errores en el fichero de respuesta de Siltra.

Si deseas ampliar información, sobre las posibles discrepancias, pulsa aquí.

 

 

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