Medidas fiscales que afectan a las actividades en estimación objetiva (Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril) en a3innuva | Contabilidad

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De acuerdo con el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, se adoptan las siguientes medidas en el ámbito tributario que afectan a las actividades en estimación objetiva:

  • Limitación de los efectos temporales de la renuncia tácita al método de estimación objetiva en el ejercicio 2020. (art.10 el RDley 15/2020).
  • IRPF e IVA - Calculo de los pagos fraccionados en el método de estimación objetiva del IRPF y de la cuota trimestral del régimen simplificado del IVA como consecuencia del estado de alarma en el ejercicio 2020. (art.11 del RDley 15/2020).

 

Se ha de adaptar la solución a este cambio legal

No. Si dispones de la última actualización de la solución no necesitarás ninguna actualización.

 

Cómo realizar la renuncia al método de estimación objetiva

La renuncia al método de estimación objetiva se realiza de forma tácita presentando en el 1T el modelo 130 en lugar del modelo 131, ya que el plazo de presentación se encuentra ampliado.

 

Si no has realizado la presentación del modelo 131 sigue los siguientes pasos:

  1. Accede a la opción Clientes / Actividades y cambia la Estimación de la Actividad a "Directa Simplificada", así como el Régimen de I.V.A. a "Ordinario".


    Actividades cambio estimacion


  2. Accede al apartado Modelos / Configuración / Periodificación, desactiva el Modelo 131 y activa el Modelo 130.


    Modelos Periodificacion de modelos cambio

  3. Informa los ingresos y los gastos del período.
  4. Presenta el modelo 130.

 

Si has realizado la presentación del modelo 131.

Para aquellos contribuyentes de IRPF, IVA e Impuesto sobre Sociedades que hayan presentado sus autoliquidaciones con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 15/2020, la Agencia Tributaria va a implementar de inmediato un sencillo sistema para facilitarles la aplicación de las medidas previstas en los artículos 9, 10 y 11 de dicho RDley.

El sistema consistirá en la presentación por parte del interesado de una nueva autoliquidación con un contenido ajustado a la medida de que se trate y adicionalmente un sencillo formulario que identifique la primera autoliquidación presentada, lo que acelerará el proceso de rectificación de esa autoliquidación por parte de la Administración, con anulación de sus efectos económicos (anulación de domiciliaciones de pago, de solicitudes de aplazamiento/fraccionamiento o compensación, acuerdo de devolución de cantidades ingresadas, etc.). Ver aviso importante de la Agencia Tributaria.

 

Cómo calcular los pagos fraccionados en el método de estimación objetiva del IRPF y de la cuota trimestral del régimen simplificado del IVA como consecuencia del estado de alarma en el ejercicio 2020. (art.11 del RDley 15/2020)

No computarán, en cada trimestre natural del ejercicio 2020, como días de ejercicio de la actividad, los días naturales en los que hubiera estado declarado el estado de alarma en dicho trimestre para:

  • Los contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas incluidas en el anexo II de la Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre, y determinen el rendimiento de estas por el método de estimación objetiva, para el cálculo del pago fraccionado en función de los datos-base.
  • Los sujetos pasivos de IVA que desarrollen actividades empresariales o profesionales incluidas en el citado Anexo II y estén acogidos al régimen especial simplificado de IVA, para el cálculo del ingreso a cuenta en el año 2020.

Los días naturales en los que ha estado declarado el estado de alarma en el primer trimestre de 2020 son 18 días.

 

Para modificar los días de actividad sigue los siguientes pasos:

Accede a la Configuración de la actividad del apartado Modelos / Módulos empresariales, marca el indicador “Actividad fija discontinua”, y modifica el número de días naturales de actividad para cada trimestre. Los días naturales de actividad se utilizan en el cálculo del pago fraccionado y en el cálculo de la cuota trimestral del IVA.



Modulos configuracion de la actividad

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