Disposición adicional cuadragésima. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de actividades profesionales
Aplica a: a3ERP
Referencia Legal
Real Decreto-ley 8/2014, establece que el porcentaje de las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos derivados de actividades profesionales será, a partir del 5 de julio de 2014, del 15 por ciento, cuando se cumplan las siguientes condiciones:
1.- Que el volumen de rendimientos íntegros de las actividades profesionales en el ejercicio anterior sea inferior a 15.000 euros.
2.- Que representen, además, más del 75% de las suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo en dicho ejercicio
3.- Deber de comunicación por parte del contribuyente al pagador y deber de conservación por parte de este de la comunicación debidamente firmada.
Este porcentaje es del 7,5 por ciento cuando los rendimientos tengan derecho a la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.
¿Cómo afecta en la aplicación?
Si su empresa trabaja a nivel global con retención IRPF, esta modificación debe realizarla Ud. manualmente.
Para ello, seleccionar al menú Configuración/ Datos generales / parametrización empresa.
Seleccionar la pestaña Valores por defecto/ Común
En el apartado de % Retención cambiar el porcentaje por el que corresponde.
Este cambio, entra en vigor a partir del día 05/07/2014, por lo que puede ser que ya tengamos facturas entradas con un % de retención que hoy no sea correcto. Por lo que el siguiente paso, será comprobar que facturas tienen retención y cambiarlo al nuevo porcentaje.
Para facilitar la localización de dichas facturas, una forma fácil, es tal como se detalla a continuación. En la selección, por ejemplo facturas de compra, configurar la pantalla para añadir la columna del % de IRPF.
De la lista, seleccionar % de IRPF y pulsar el botón añadir.
Ya tenemos la columna del porcentaje, con lo que nos puede facilitar el localizar aquellas facturas que si tengan Retención.
Si hace falta, podemos incluso filtrar dicha columna.