¿Cómo realizar el movimiento de afiliación de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE/ERTE)?

Aplica a: a3ERP | nómina

 

Explicación del proceso

A partir de la nueva versión 5.64 de a3ERP|nómina, para realizar el movimiento de afiliación de un ERE/ERTE dispones de las siguientes opciones:

 

A NIVEL DE TRABAJADOR:

Al informar el porcentaje correspondiente a los días en situación de Expediente de Regulación de Empleo (acceso “Trabajadores/ Variaciones/ Días y horas del periodo”) y pulsar “Aceptar” para guardar los cambios, se mostrará una ventana informativa indicando que se ha generado automáticamente los movimiento se afiliación del tipo “MIN” por los días en ERE informados. Pulsa “Aceptar en la ventana que se muestra para continuar el proceso.

 

A continuación, accede al punto “Proceso/ Seguridad Social/ Movimientos de Afiliación Cendar” y en el periodo indicado se mostrarán los movimientos MIN generados.

Recuerda que…
Para que la aplicación genere los ficheros AFI debes informarlo en el punto "Mantenimiento de Empresa/Calculo 2" de la ficha de la empresa.

 

A NIVEL DE EMPRESA (PARA TODOS LOS TRABAJADORES)

Imagen que contiene dibujo

Descripción generada automáticamente A tener en cuenta…
Al realizar el movimiento de afiliación MIN a nivel de empresa, implica que al informar desde la ventana de variaciones de la empresa los días de Expediente de Regulación de Empleo en el periodo correspondiente, se generará el movimiento para todos los trabajadores de la empresa.

¿Cómo se informa?

Desde el punto “Mantenimiento de Empresa\Variaciones” del periodo correspondiente informaremos en la casilla Días de Expediente de Regulación de empleo el porcentaje que estarán en esta situación de ERE, en cada uno de los días. Por ejemplo, si es un ERTE TOTAL informaremos 100 en cada uno de los días y la fecha de inicio del ERTE.

Pulsa “Aceptar” para guardar los cambios.


De esta forma, se mostrará la ventana con todos los trabajadores de la empresa a los que se generará los movimientos AFI – Movimientos MIN. Por defecto se indica que se generará el movimiento a todos los trabajadores, en el caso que no se debería generar el movimiento a un determinado trabajador debería desmarcar el check.

IMPORTANTE: Si en este punto de marcar a todos los trabajadores para la generación de los movimientos MIN, desmarcamos a algunos de ellos, el programa no generará el movimiento MIN de esos trabajadores PERO LA NÓMINA SÍ LA CALCULARÁ. Por lo tanto, se recomienda utilizar esta opción si debes informarle la situación de ERE/ERTE a todos los trabajadores.

Una vez indicados a los trabajadores a los que generará el movimiento, pulsa “Aceptar” e informa el código de inactividad que corresponda y al aceptar el programa automáticamente nos generará esos movimientos en el periodo indicado y que podrás visualizar desde el menú "Procesos\Seguridad Social\Movimientos de Afiliación Cendar".

 

Imagen que contiene dibujo

Descripción generada automáticamente A tener en cuenta…

  • Los valores de Inactividad I, J y K, identifican casos de suspensión o reducción de jornada por ERE de fuerza mayor, y la empresa no se aplica la exoneración de cuotas por el COVID-19, publicada en el Boletín Noticias RED 04/2020, de 18 de marzo.

  • Con los valores de Inactividad V, W y X, se identificarán los trabajadores con suspensión o reducción de jornada por ERE por fuerza mayor relacionada con el COVID-19 e implicará la aplicación de determinadas peculiaridades de cotización que llevan asociada a la exoneración de cuotas. (Boletín Noticias RED 04/2020, de 18 de marzo).

Para aplicar dicha exoneración de cuotas se deberán de cumplir los requisitos indicados en el Real Decreto-ley 8/2020, en concreto en el artículo 24 y la disposición adicional sexta, de Salvaguarda del empleo, por el que se establece que “Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas en el presente real decreto-ley estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad.”

 

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