Versión 1.7.7 de a3ERP | nómina CLOUD: Mejoras

Aplica a: a3ERP | nóminaCLOUD

 

Con la versión 1.7.7 de a3ERP|nóminaCLOUD  se han incorporado las siguientes Mejoras:

 

1.- Posibilidad de enlazar desde la aplicación a la web de contenido GestionaRRHH


1.1.- ¿Qué es GestionaRRHH?

Es una web de contenido que le ofrece la integración de todos los procesos, herramientas, e implicaciones legales que necesita el responsable de Recursos Humanos para su trabajo diario en una única plataforma rápida, fácil de utilizar y fiable que, además, cuenta con las siguientes ventajas:

  • Es una guía práctica de contenidos con una doble visión legal y de gestión
  • Aumenta el nivel profesional de su departamento
  • Información actualizada y fiable desarrollada por expertos
  • Ahorro de tiempo y costes
  • Consultas jurídicas online a expertos

 

A tener en cuenta…
Para más información acerca de la adquisición de este producto, póngase en contacto con su comercial.

 

 

1.2.- Enlace con GestionaRRHH desde la aplicación

A partir de esta versión, si usted dispone de este producto, podrá acceder desde diferentes puntos de la aplicación a GestionaRRHH cargando automáticamente el contenido  relacionado, específicamente, con el punto de menú de la aplicación desde el que ha accedido. 
Es decir si, por ejemplo, accede desde la “Ficha de Empresa” en GestionaRRHH visualizará contenido relacionado con la “Organización”.

Para ello, en cada ventana que permita el acceso a GestionaRRHH, se ha incorporado el siguiente botón de acceso directo: gestionaRRHH.

 

ficha empresa 

Al pulsarlo, se validará que el usuario de a3ERP | nóminaCLOUD tenga un usuario de GestionaRRHH registrado.
La primera vez que el usuario acceda a GestionaRRHH desde la aplicación, en la ventana que se muestra a continuación, deberá activar la opción “Sí Dispongo de un usuario para GestionaRRHH” e informar los campos: “Usuario” y “Password”.

 

usuario gestiona rrhh

 

Si el usuario y la contraseña introducidos son válidos, accederá a GestionaRRHH posicionado, automáticamente, en el punto de menú correspondiente al que se encontraba en a3ERP | nóminaCLOUD.

 

acceso gestiona RRHH

 

Por otro lado, si el usuario o la contraseña informados no son válidos, se indicará que el usuario es incorrecto y, desde esta misma ventana, podrá tramitar la obtención de un usuario válido.

usuario incorrecto 

 En caso contrario, si el usuario selecciona “No Dispongo de un usuario para GestionaRRHH”, al pulsar “Aceptar”, accederá a la ventana inicial de GestionaRRHH.

ventana inicial gestiona RRHH 


2.- Control en la cotización de trabajadores con mismo NIF y diferentes fichas en la misma empresa

Se ha incorporado la siguiente mejora en el cálculo de pagas mensuales y de finiquitos de trabajadores con el mismo NIF y diferentes fichas, dentro de la misma empresa.

A partir de ahora, dispone de la posibilidad de controlar que las bases de cotización de las pagas calculadas a estos trabajadores con varias fichas, no estén por encima de topes máximos.
Para ello, se ha incorporado en la empresa (“Organización/ Ficha de Empresa/ Características/ Indicadores”) un nuevo indicador denominado: “Cálculo de pagas de trabajadores en diferentes fichas”.

Por defecto, este indicador aparece desmarcado. Por tanto, deberá activarlo si desea realizar este control.

indicador

 

Al activarlo, la aplicación tendrá en cuenta el orden de cálculo de las pagas del trabajador y realizará el control en la última paga calculada. Con lo cual, es importante que informe el orden que desea aplicar a los centros para los procesos de cálculo. Para ello, sitúese sobre uno de los centros de trabajo y pulse sup o inf, para establecer la prioridad que corresponda.

 

Ejemplo de cálculo con el indicador activado:

En una misma empresa, un trabajador está dado de alta en dos fichas, con el código 40 y con el código 70 y su salario base es el siguiente:

Salario Base de la ficha con código 40:   2.000 €
Salario Base de la ficha con código 70:   2.000 €

 

Se calcula primero la paga mensual de la ficha con código 40 y, después, la paga mensual de la ficha con código 70.

En este caso, la aplicación tendrá en cuenta el tope de cotización en la segunda paga calculada (en este caso, en la correspondiente a la ficha con código 70) y los resultados serán los siguientes:

Base Cotización Paga Mensual con código 40 = 2.000 €
Base Cotización Paga Mensual con código 70 = 1.597 €

 

A tener en cuenta…
En los casos en los que sea necesario (por ejemplo, para informar de la existencia de una situación especial o porque usted debe realizar una actuación especial), aparecerá un mensaje de advertencia en la bandeja de entrada informando de ello.

 

 

Ejemplo de cálculo con el indicador activado e incoherencias en las bases de cotización:

Salario Base de la ficha con código 40:   3.000 €
Salario Base de la ficha con código 70:   1.000 € 

 
Se calcula primero la paga mensual de la ficha con código 40, obteniendo una base de cotización de 3.000€.

A continuación, al calcular la paga mensual de la ficha con código 70, como la base de cotización máxima debe ser de 3.597€ y en la paga mensual de la ficha con código 40 se ha calculado un importe de 3.000 €, la base de cotización a calcular en la segunda paga mensual sería 597€. Pero este importe no es correcto, puesto que la base de cotización mínima establecida para una paga mensual es de 753€.

Por tanto, en este caso, la aplicación tendrá en cuenta el importe de 753€ para la base de cotización de la paga mensual de la ficha con código 70 y enviará un aviso a la bandeja de entrada de la situación, sugiriendo que se recalcule la paga mensual de la ficha con código 40 para que se reajuste la base de cotización de la paga a 2.844€ (3.597 € – 753 €) y los resultados serán los siguientes:

 

Base Cotización Paga Mensual con código 70 =     753€
Base Cotización Paga Mensual con código 40 = 2.844 €

 

El mensaje sería el siguiente:

mensaje fin proceso

  

A tener en cuenta…
Esto sucede cuando no está marcado, en la ficha del trabajador, el indicador de “Ignorar tope mínimo”, porque en los casos en los que esté marcado, no tendrá en cuenta el tope mínimo de cotización.


 

3.- Bonificación excedencia por cuidado de familiares

Se implementa en la aplicación la bonificación por sustitución de trabajadores que causan baja por excedencia para el cuidado de familiares.

Este tipo de bonificación se aplicará a aquellos trabajadores contratados exclusivamente para sustituir a otros trabajadores de la empresa que causen baja por excedencia para el cuidado de familiares y únicamente durante el período de tiempo que dure la sustitución.

Dichos trabajadores contratados para realizar la sustitución deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Contrato: 410 (duración determinada de interinidad a tiempo completo) ó 510 (duración determinada de interinidad a tiempo parcial).
  • Condiciones desempleo: Cualquiera de las existentes de “Inscrito en Oficina de Empleo”.
  • Causa de sustitución:Excedencia por cuidado de familiares”.

 

Asimismo, también deberá informarse el trabajador sustituido, si está en la base de datos, o escribiendo el NAF si no lo está.

datos afiliacion


Esta bonificación se aplicará a partir de la fecha de inicio del contrato del trabajador sustituto o, en su defecto, a partir de la fecha de alta.

La duración máxima de la bonificación será de 3 años aplicándose los siguientes tramos:

  • 95% de la cuota de cotización empresarial a contingencias comunes durante el primer año.
  • 60% de la cuota de cotización empresarial a contingencias comunes durante el segundo año.
  • 50% de la cuota de cotización empresarial a contingencias comunes durante el tercer año.

 

bonificacion activa

 

A tener en cuenta…
Sólo se aplicará esta bonificación cuando la fecha de baja del trabajador sustituido sea igual o anterior a la fecha de alta del trabajador que realiza la sustitución, o cuando hayamos escrito el NAF al ser un trabajador que no está en la base de datos.

 

 

4.- Redondeo de la Base Reguladora a dos decimales

Con la finalidad de adaptar el cálculo de las prestaciones de I.T. a la validación del nuevo sistema Cret@, se ha modificado el cálculo de la Base Reguladora diaria, redondeándola a 2 decimales.

A tener en cuenta…
Para IT’s anteriores a la versión 1.7.7 se mantendrá el cálculo que se venía aplicando hasta ahora.  Es decir, seguirán utilizándose 4 decimales.
Igualmente, la aplicación permitirá forzar la base reguladora a 4 decimales si el cliente desea hacerlo.

 

 

5.- Posibilidad de escoger el cálculo de la Base Reguladora en tiempos parciales

En la versión 1.7.5 de la aplicación se modificó el proceso de cálculo de bases reguladoras, bases de cotización y prestaciones para las situaciones de I.T. de trabajadores con jornada reducida, adaptándolo a las especificaciones legales de cotización y, sobre todo, a la próxima aplicación del nuevo sistema Cret@.

Esto implica calcular la base reguladora dividiendo 3 meses entre los días efectivamente trabajados (es decir, los días marcados en el calendario del trabajador como laborales).

No obstante, a partir de ahora, tendrá la posibilidad de mantener el criterio legal (cálculo de la base reguladora teniendo en cuenta los días laborales), o bien realizar el cálculo de la base reguladora a partir de los días naturales cotizados (como se hacía anteriormente).

 

Para ello, se han incorporado dos nuevos indicadores en el punto “Organización/ Ficha de Empresa”, menú “Características/ Indicadores – Cálculo”, que permiten al usuario decidir cuál de los dos criterios desea aplicar para el cálculo de pagas mensuales asociadas a jornadas reducidas en los siguientes casos:

  • Cálculo de base reguladora en situación de reducción de jornada
  • Cálculo base reguladora en situación de Guarda Legal

 

5.1.- Cálculo de base reguladora en situación de reducción de jornada

Este indicador, permitirá al usuario parametrizar el cálculo de los trabajadores con jornada reducida en general.

  • Desactivado, actúa según la normativa calculando la base reguladora a partir de días laborables cotizados.

base reguladora reduccion jornada

  • Activado, tanto el cálculo de las bases reguladoras y de cotización como el cálculo de las prestaciones, se realizará a partir de los días naturales cotizados.
    Es decir, 90 días en los supuestos de cotización mensual y 90,91 ó 92 de ser cotización diaria. 

 

5.2.- Cálculo de base reguladora en situación de Guarda Legal

Este segundo indicador permitirá al usuario parametrizar el cálculo de los trabajadores con jornada reducida por guarda legal.

  • Desactivado, el cálculo para este tipo de trabajadores con jornada reducida por guarda legal se realizará a partir de los días naturales cotizados en el último mes.

indicador br guarda legal

 

  • Activado, los trabajadores con jornada reducida por guarda legal se calcularán con el mismo criterio que el resto de trabajadores con jornada reducida (es decir, teniendo en cuenta los 3 meses anteriores), por lo que se tendrá en cuenta el estado del indicador anterior “Cálculo base reguladora en situación de reducción de jornada”.

 

6.- Posibilidad de configurar la cotización de la antigüedad en la prorrata de la paga extra

Se ha incorporado un nuevo indicador en el punto “Organización/ Ficha de Empresa”, menú “Características/ Indicadores – Cálculo”, denominado “Antigüedad en prorrata según importe de antigüedad en paga mensual”, que activado permite tener en cuenta la antigüedad según el cálculo realizado en la paga mensual considerando los cambios de antigüedad.

antiguedad prorrata

 

 

7.- Control de históricos en blanco para el cálculo de la base reguladora

Con la finalidad de evitar posibles errores en el cálculo de bases reguladoras en los casos de históricos creados a través de la funcionalidad “Entrada Históricos por Excel”, se ha incorporado en la aplicación el siguiente mensaje de aviso que controlará la coherencia de los datos informados:

mensaje

 

Recuerde que…
En estos supuestos, históricos creados a través de “Entrada Históricos por Excel”,  tendrá que revisar y forzar la base reguladora.

 

8.- Multicategoría en la ficha del trabajador

A partir de ahora, tendrá la posibilidad de informar más de una categoría en la ficha del trabajador.
De esta forma, para el cálculo de la nómina, se tendrán en cuenta las horas que hace el trabajador en cada una de las categorías informadas en su ficha aplicando el precio de la categoría que corresponda.

Esta prestación es especialmente útil para colegios dónde un mismo trabajador puede tener diferentes categorías.

Para adaptar esta mejora se han realizado las siguientes modificaciones en la aplicación:

 

Ficha de Empresa

En el punto “Organización/ Ficha de Empresa”, menú “Características/ Indicadores – Cálculo”, se ha incorporado un nuevo indicador denominado, “Cálculo multicategoría” que activado permitirá informar varias categorías en la ficha del trabajador.
 

calculo multicategoria

 

A tener en cuenta…
Se ha incluido un sistema de validación que, al desactivar el indicador “Cálculo multicategoría”, si existen trabajadores en activo con multicategoría informada en su ficha, muestra el siguiente mensaje de aviso:

 

error al validar empresa

 

Convenio

En el apartado “Categorías” de la ficha del convenio o pacto (en el menú “Convenios y Pactos” de la ficha de empresa), se ha incorporado un nuevo campo denominado “Factor” que permite informar las horas de convenio para cada categoría.

 

¿Qué son las horas de convenio?

Las horas de convenio son las horas totales que deben realizarse para obtener el 100% de los importes de los conceptos.

 

pacto empresa

 

                     

Ficha de persona

En el menú “Convenio” de la ficha de persona, se ha incorporado el indicador “Activar multicategoría” que se habilitará, únicamente, cuando en la ficha de empresa se haya  marcado “Cálculo Multicategoría”.

Al marcar el indicador “Activar multicategoría” se mostrará una tabla en la que podrá informarse la relación de categorías.

activar multicategoria

 

Por defecto, se muestra informada la categoría principal del trabajador. No obstante, para informar el resto de categorías, pulse “nuevo” y seleccione la categoría que proceda.

informar categoria

 

Cuando se seleccione una categoría o grupo, se informarán automáticamente las horas de convenio, y cuando el usuario informe las horas que el trabajador dedica a esa categoría, el factor se calculará automáticamente.
No obstante, también puede indicarse el factor manualmente pulsando boton.

factor

 

¿Qué es y cómo se calcula el factor?

El factor es el resultado de dividir las horas que dedica el trabajador a cada categoría entre las horas de convenio:

 

 

El factor obtenido se multiplicará por cada concepto de la categoría para obtener el importe que cobrará el tabajador.

De esta forma, se podrán unificar los conceptos de varias categorías en el cálculo de la paga del trabajador.

 

 

9.- Nuevas vistas en “Personal/ Plantilla”

Se han ampliado las vistas predefinidas por la aplicación en el punto “Personal/ Plantilla”, incorporando 10 nuevas vistas con información del perfil del trabajador:

  • Formación Académica
  • Formación Complementaria
  • Formación Empresa
  • Idiomas
  • Conocimientos
  • Certificados
  • Experiencia Empresa Actual
  • Experiencia Empresas Anteriores
  • Evaluación y Objetivos
  • Competencias

 

10.- Posibilidad de mostrar en la Hoja de Salario los absentismos

A partir de esta versión el usuario tendrá la opción de incluir en la hoja de salario el literal de los siguientes absentismos:

  • Absentismo injustificado
  • Suspensión de empleo y sueldo
  • Permiso retribuido
  • Desempleo parcial

 

Asimismo, también podrán mostrarse o no hacerlo los literales: “Huelga” y “Vacaciones” que, por defecto, se incluyen en la hoja de salario.

Para ello, en el punto “Organización/ Ficha de Empresa” menú “Características/ Indicadores – Listados”, se ha incluido un nuevo indicador denominado “Incluir absentismos en la hoja de salario” que permite seleccionar los absentismos que deben mostrarse.

 

incluir absentimos HS

 

A tener en cuenta…

En los absentismos por permiso retribuido no se especificará el tipo de permiso, mostrándose el literal genérico “Permiso retribuido”.

 

11.- Posibilidad de guardar posicionamiento de búsqueda, en Centro de Hojas de Salario

En el Centro de Hojas de Salario (“Nómina/ Centro Hojas de Salario”) se ha incorporado un nuevo indicador que permite guardar el posicionamiento de la última búsqueda realizada.

Para acceder al indicador, en la ventana de Centro Hojas de Salario, pulse “configurar”:

 

centro HS


Este nuevo indicador se denomina: “Guardar posicionamiento búsqueda” y, por defecto, estará desactivado para que actúe como hasta ahora, es decir, para que aparezcan al entrar todas las pagas calculadas en el mes en curso y el mes anterior. Si no lo activa, actuará como hasta ahora, es decir, mostrará el listado en función de la fecha de cobro.


posicionamiento

 

12.- Automatización de las jornadas parciales en el Certificado de Empresa

Al listar el Certificado de Empresa de trabajadores con jornadas parciales ya no será necesario informar manualmente las jornadas regulares e irregulares.

Se ha automatizado este proceso cumplimentándose, automáticamente, estos campos a partir de la información contenida en el calendario del trabajador y teniendo en cuenta las fechas de inicio, fin de contrato y baja informadas en el menú “Contractuales” de su ficha.

 

automatizar jornadas parciales


Para informar las jornadas regulares e irregulares, se tendrán en cuenta las siguientes especificaciones:

  • Jornada regular: cuando el trabajador ha trabajado el mismo número de días a la semana durante toda la duración del contrato, se informará como tipo de jornada regular  consignando en el campo “Días”, los días a la semana trabajados.
  • Jornada irregular: cuando el trabajador no ha trabajado el mismo número de días a la semana durante toda la duración del contrato, se informará jornada irregular consignando en el campo “Días” todos los días trabajados durante el contrato.

 

Para calcular el número de días trabajados a la semana, se tendrán en cuenta los festivos y laborales como trabajados. Por otro lado, los descansos semanales y/ o días en blanco como no trabajados.

 

Veamos un ejemplo de cada situación:

Jornada Regular: Trabajador que hace 4 días a la semana durante todo el período.

jornada regular

 

Al generar el Certificado de Empresa por desempleo del INEM desde el punto “Listados”, se informará automáticamente el tipo de jornada “Regular” y los 4 días que realiza el trabajador semanalmente.

 

dias trabajados

 

Jornada Irregular: Trabajador que hace 4 días a la semana pero la semana del 22 de abril sólo trabaja 3 y, por lo tanto, se considera irregular.

jornada irregular

 

En este supuesto, al generar el Certificado de Empresa por desempleo del INEM, se informará automáticamente el tipo de jornada “Irregular” y los días trabajados durante el contrato.

 

informar jornada irregular


No obstante, si el usuario lo desea, puede modificar manualmente estos datos.

Al generar el fichero XML para Certific@2 las jornadas regulares o irregulares se cumplimentarán automáticamente en el fichero. Por lo tanto, si el usuario desea modificar estos datos, deberá activar el indicador “Editar antes de generar”.

 

editar antes de generar


A continuación, desde el apartado “Tablas y Bases”, editar la distribución de jornadas.

 

editar jornadas

A tener en cuenta…
Este automatismo, por el momento, únicamente está disponible para la generación del Certificado de Empresa desde el punto “Listados”. En próximas versiones se implementará en el punto “Finiquitos”.

 

13.- Listado de contratos verbales

Se ha incorporado en la aplicación la posibilidad de listar contratos verbales.
Para ello, se ha creado en la ficha de persona un nuevo indicador denominado “Contrato verbal”.

contrato verbal


Cuando se genere el contrato, tanto desde la ficha de persona como como desde generación masiva (“Personal/ Plantilla”), si el trabajador tiene activado este indicador, se listará automáticamente el modelo genérico de comunicación de la contratación predefinido por la aplicación para contratos verbales.

comunicacion contratacion

 

Este contrato podrá visualizarse desde el histórico de contratos y también se podrá editar.
Asimismo, se mostrará en los diferentes listados de la aplicación.


A tener en cuenta…

En próximas versiones de la aplicación se incluirá la posibilidad de que el usuario pueda dar de alta plantillas personalizadas.

 

14.- Mejoras en la Remesa Bancaria

Se han incorporado las siguientes mejoras en la Remesa Bancaria:

 

14.1.- Remesa Bancaria con cambio de centro y banco de pago a mitad de mes

Se ha modificado el programa adaptando la generación de la Remesa Bancaria de pagas mensuales a aquellos supuestos en los que el trabajador cambia de centro a mitad de mes y esto supone un cambio del banco de pago.

Para ello, de forma automática, se guardará el banco de pago en los datos de la paga.

Asimismo, para el correcto funcionamiento de esta mejora será necesario generar vida laboral del cambio del centro de trabajo.

 

A tener en cuenta…
Esta modificación sólo afectará a la remesa bancaria de pagas mensuales. Para cualquier otro tipo de paga el funcionamiento de la remesa continuará teniendo en cuenta el banco de pago informado en la ficha del trabajador.

 

14.2.- Validación del campo SWIFT – BIC

Con la finalidad de garantizar que el código BIC se informa en las cuentas bancarias con el formato correcto, evitando así errores al generar las remesas bancarias 34-14 y 34-14 (XML), se han incorporado sistemas de validación del código BIC en los siguientes puntos:

  • Ficha de persona: al editar o crear un banco de cobro o de pago.
  • Ficha de empresa: al editar o crear un banco de pago.
  • Remesa Bancaria: se validará el formato del código BIC de los bancos de cobro.

 

De esta forma, si la aplicación detecta que el código SWIFT – BIC informado no cumple con la estructura requerida, se mostrará el mensaje de aviso “El formato del código BIC no es correcto”, y no permitirá salir de la ventana hasta informar un formato correcto (o bien dejar el campo en blanco).

formato codigo BIC


Asimismo, como se comentaba anteriormente, al acceder al punto “Listados/ Documentos de gestión” y generar la remesa bancaria por la norma 34-14 o 34-14 (XML) se aplicará una nueva validación que comprobará el formato del código BIC de los bancos de cobro de las remesas a listar.

En el caso de que se detecte alguna incongruencia, se mostrará el mensaje: “Uno o más códigos BIC informados no son correctos”.

A continuación, desde esta misma ventana, podrá:

  • Corregir: el botón “corregir” le llevará, directamente, a la ficha de trabajador para modificar el código SWIFT – BIC que provoca el error y poder continuar con la generación de la remesa.
  • Continuar con la generación sin corregir: permite continuar con la generación excluyendo las remesas que tengan un banco de cobro con un código SWIFT – BIC erróneo.
  • Cancelar el proceso de remesa íntegramente.

 

incidencia RB

 

14.3.- Remesa Bancaria por la norma SEPA 34-14 en formato XML: nuevo campo “Control de Suma”

Al generar la remesa bancaria por la norma SEPA 34-14 en formato XML tendrá la posibilidad de incluir en el fichero XML la suma total de todos los importes, sin tener en cuenta las divisas.
Para ello, se ha incorporado un nuevo indicador denominado “Control de Suma” que activado consignará el importe total al segmento “CtrlSum”.

control suma

 

15.- Nuevos campos en cartas y certificados

Se han ampliado los campos disponibles para la configuración de  listados de Cartas y Certificados (acceso “Listados/ Plantilla/ Cartas y Certificados”) incorporando los siguientes bloques de datos:

 

16.- Optimización de los procesos de selección en: Afiliaciones y Certific@2

Se optimiza el proceso de carga en las ventanas de selección de los puntos: “Nómina/ Comunic@ción/ Afiliaciones” y  “Nómina/ Comunic@ción/ Certific@2”, minorándose el tiempo de espera al realizar estas gestiones.

 

17.- Gestión del usuario supervisor

Con la finalidad de garantizar que el usuario supervisor tenga debidamente cumplimentada la dirección del correo electrónico, se ha implementado en la aplicación un automatismo que permite controlar la información de este campo.


Para ello, cuando el usuario Supervisor acceda por primera vez a la aplicación, se mostrará la siguiente ventana dónde deberá informar su password, así como indicar la dirección de e-mail en la que desea recibir las notificaciones.

 

primer acceso


Es opcional informar la dirección de correo, pudiéndose acceder a la aplicación en caso de no hacerlo.
No obstante, si el usuario Supervisor no informa una dirección de correo, posteriormente, en el primer acceso diario del supervisor a la aplicación se mostrará el siguiente mensaje de aviso recordando que debe informar el e-mail.

 

relacion avisos

 

Asimismo, se modifica el bloqueo del usuario Supervisor cuando éste exceda el número de intentos al introducir la contraseña empleando, a partir de ahora, la desactivación temporal.

 

 

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