Cálculo del Embargo en trabajadores que son alta o baja en el mes
Aplica a: a3ERP | nóminaCLOUD
Cuando el trabajador sea alta o baja en el mes, el SMI se deberá prorratear por los días de alta.
Veamos un ejemplo
Trabajador con los siguientes datos:
- El trabajador es alta en la empresa el 16/07.
- Tipo de cobro mensual.
- SMI del 2018: 735,90 euros
Por tanto, prorratearíamos el SMI por 15 días de alta:
(735,90 / 30) x 15 = 367,95 importe inembargable
Líquido sin embargar es = 555,55
Calculamos el embargo en la nómina del mes de julio:
555,55 – 367,95 = 187,60
187,60 x 30% = 56,28 euros
Recuerda que…
Si el trabajador es de cobro mensual, pero en la ficha de la empresa tiene marcado el indicador “Mensual como diario 1er. mes”, el SMI deberá prorratearse por los días de alta de cobro (días naturales).