Actualización de la versión 1.9.28 (SP3) de a3ERP | nómina CLOUD: Novedades

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La actualización de la versión 1.9.28 incorpora: 

>> Cambios Legales

1.- Adaptación de las nuevas exoneraciones de cuotas a partir de octubre 2020:

1.1.- Cálculo de las exoneraciones para los meses de octubre 2020 a enero 2021
1.2.- Interpretación de respuestas Siltra para los ficheros DCL/ RLC

 


1.- Adaptación de las nuevas exoneraciones de cuotas para los ERTE exonerados a partir octubre 2020

Referencia Legal

El Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, que entró en vigor el pasado 30 de septiembre de 2020, establece nuevos tipos de exoneraciones de cuotas aplicables en los meses de octubre, noviembre, diciembre 2020 y enero 2021 para empresas que prorroguen los expedientes de regulación temporal de empleo según lo publicado en su Artículo 1 o para las empresas que se acojan a los nuevos ERTE por impedimento o por limitación.

A continuación, te relacionamos la tabla con los porcentajes de exoneración de cuotas a aplicar a partir de octubre 2020, según el tipo de ERTE y el mes correspondiente:

Tabla resumen con los porcentajes de exoneración de cuotas según el tipo de ERTE

cuadro_exoneraciones_octubre

 

¿Cómo afecta a la aplicación?

Siguiendo con la adaptación de este cambio legal se realizan las siguientes modificaciones para adaptar las nuevas exoneraciones de cuotas:

1.1.- Cálculo de las exoneraciones para los meses de octubre 2020 a enero 2021

Con esta actualización tienes disponible el cálculo de las exoneraciones de cuotas para el periodo octubre 2020 enero 2021 en los siguientes ERTE:

 

Nuevos tipos de ERTES exonerados a partir de Octubre de 2020 (declaración responsable 067 o 068)

ERTE por Impedimento (Declaración responsable 067)

Estas empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo octubre 2020 hasta el 31 de enero de 2021. Los porcentajes serán únicamente aplicables a la parte de jornada suspendida del ERTE:

o   Exonera 90%: en los casos de ERTE en empresas de más de 50 trabajadores.
o   Exonera 100%: en los casos de ERTE en empresas de menos de 50 trabajadores.

183832 - circle info information outli Importante: Para aplicar las nuevas exoneraciones es necesario recalcular las pagas del mes de octubre de los trabajadores afectados.

ERTE por Limitación (Declaración responsable 068)

En este caso, las exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores suspendidos serán decrecientes entre los meses de octubre de 2020 y enero de 2021. Los porcentajes serán únicamente aplicables a la parte de jornada suspendida del ERTE:

  Octubre 2020 Noviembre 2020 Diciembre 2020 Enero 2021
Empresas con menos de 50 Trabajadores 100% 90% 85% 80%
Empresas con 50 o más trabajadores 90% 80% 75% 70%

 

183748 - alert attention circle exclam Importante: Para aplicar las nuevas exoneraciones es necesario recalcular las pagas del mes de octubre de los trabajadores afectados.

Ejemplo 1 – Trabajador que comienza un ERTE de Impedimento el día 1 de Octubre y finaliza esta situación el 20 de noviembre

A continuación se detallan las siguientes características en el ejemplo:  

  • Empresa de menos de 50 trabajadores
  • A partir del 1 de octubre tiene una situación ERTE Impedimento (Declaración responsable 067)
  • Finaliza la situación de ERTE de Impedimento el 20 de noviembre.
  • Se comunica a Seguridad Social el movimiento de afiliación con el valor de inactividad “C1”
  • Coste de Seguridad Social de empresa 31,40%

 

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Descripción generada automáticamente ¿Qué datos debo tener informados en la aplicación?

  • Incidencias Regulación de Empleo

A través de la incidencia de regulación de empleo informamos un nuevo inicio de Expediente de regulación de Empleo (ERTE), con fecha 1 de octubre.



En la siguiente tabla se relacionan los tipos de inactividad correspondientes a la declaración responsable 067 según la causa del Expediente de Regulación:

Causa Tipo de Inactividad

17 – Suspensión del contrato
autorizada en E.R.E o por auto judicial o constatada por la autoridad laboral en cooperativas

C1 – Suspensión ERTE Impedimento Actividad RDL 30/2020

C2 – Reducción ERTE Impedimento Actividad RDL 30/2020

C3 – Reincorporación Total desde fecha fin incidencia


18 – Reducción temporal de jornada
autorizada en E.R.E. o por auto judicial o constatada por la autoridad laboral en cooperativas

 

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Descripción generada automáticamente ¿Cómo se calcula la exoneración de cuotas en el fichero de bases a enviar a Siltra?

A continuación, se muestran los tramos que genera en el fichero de bases para los meses de octubre:

>> Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de Octubre:

Los nuevos ERTES surgidos a raíz del Real Decreto-ley 30/2020, se les aplicará la exoneración de cuota sobre la base de cotización en situación de ERTE.

Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de seguridad social empresa por cada tramo:

  • 1 al 31 de octubre ERE Total:  Base 1400 x 31,40% (coste SS empresa) = 439,60 eurosimporte SS empresa

Una vez calculado el coste de seguridad social empresa ya se pueden calcular los porcentajes de exoneración correspondiente:

  • 1 al 31 de octubre ERE Total: como la empresa es menor a 50 trabajadores se aplicaría la exoneración de cuotas del 100%.

439,60 SS empresa x 100% = 439,60 euros importe de la exoneración de cuota de octubre

Recuerda que…

A través de un Resumen de nómina puedes obtener el importe total de la exoneración de cuotas para el mes de octubre. Ver documento.

 

ERTES prorrogados a partir de Octubre de 2020

Para las situaciones de prórrogas de los ERTE de fuerza mayor y ETOP con derecho a exoneración (Declaraciones responsables 069, 070, 071, 072 y 073), las nuevas exoneraciones de cuotas a aplicarse a la parte suspendida y a la parte de alta del ERTE a partir del 1 de octubre hasta el 31 de enero serían las siguientes:

o   Exonera 75%: en los casos de ERTE en empresas de más de 50 trabajadores.
o   Exonera 85%: en los casos de ERTE en empresas de menos de 50 trabajadores.


183748 - alert attention circle exclam Importante:
Para aplicar las nuevas exoneraciones es necesario recalcular las pagas del mes de octubre de los trabajadores afectados.

Ejemplo 2 – Trabajador en situación de ERTE por Fuerza Mayor que se le prorroga en este mes de octubre la exoneración de cuotas    

A continuación, se detallan las siguientes características en el ejemplo:

  • Empresa de menos de 50 trabajadores
  • Anterior a octubre la empresa tenía una situación de ERTE fuerza mayor parcial (Declaración responsable 059)
  • A partir de octubre, la empresa prorroga el ERTE y pasa a tiener una situación ERTE Fuerza Mayor CNAE (Declaración responsable 069).
  • Trabajador en situación de ERTE de suspensión hasta el 20 de octubre, y el día 21 de octubre comienza un ERTE de reducción de la jornada al 50%.
  • Se comunica a Seguridad Social el movimiento de afiliación con el valor de inactividad “D7”
  • Coste de Seguridad Social de empresa 31,40%


Icono

Descripción generada automáticamente ¿Qué datos debo tener informados en la aplicación?

  • Incidencias Regulación de Empleo

A través de la incidencia de regulación de empleo informamos un nuevo inicio de Expediente de regulación de Empleo (ERTE), con fecha 1 de octubre.


En la siguiente tabla se relacionan los tipos de inactividad correspondientes a la declaración responsable 069 según la causa del Expediente de Regulación:

Causa Tipo inactividad
17 – Suspensión del contrato autorizada en E.R.E o por auto judicial o constatada por la autoridad laboral en cooperativas

D6 – Reincorporación Total desde fecha fin incidencia

D8 – Suspensión total procedente de D6/D7 desde fecha inicio incidencia

18 – Reducción temporal de jornada autorizada en E.R.E. o por auto judicial o constatada por la autoridad laboral en cooperativas

D6 – Reincorporación Total desde fecha fin incidencia

D7 – Reincorporación parcial desde fecha inicio incidencia

D9 – Suspensión parcial procedente de D6/D7 desde fecha inicio incidencia

 

 

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Descripción generada automáticamente ¿Cómo se calcula la exoneración de cuotas en el fichero de bases a enviar a Siltra?

>> Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de Octubre:

Este tipo de ERTE de Fuerza Mayor que ha sido prorrogado, en el cálculo de la exoneración de cuotas a partir de Octubre se aplicará tanto la base de cotización del trabajador que está en situación de ERTE, como la parte del trabajador que está en alta.

Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de seguridad social empresa por cada tramo:

  • 1 al 20 de octubre ERE Total:  Base 886,67 x 31,40% (coste SS empresa) = 278,41 euros, importe SS empresa
  • 21 al 31 de octubre ERE Parcial: Base 256,67 x 31,40% (coste SS empresa) = 80,59 euros importe SS empresa
  • 21 al 31 de octubre Alta Parcial: Base 256,67 x 31,40% (coste SS empresa) = 80,59 euros, importe SS empresa


Una vez calculado el coste de seguridad social empresa por cada tramo, ya se pueden calcular los porcentajes de exoneración correspondientes a cada tramo:

  • 1 al 20 de octubre ERE Total: como la empresa es menor a 50 trabajadores se aplicaría la exoneración de cuotas del 85%.

278,41 (SS empresa) x 85% = 236,64 euros

  • 21 al 31 de octubre ERE Parcial: en este caso también es del 85% por la parte de ERTE que esta de reducción de jornada.

80,59 euros (SS empresa) x 85% = 68,50 euros

  • 21 al 31 de octubre Alta Parcialpor la parte trabajada también se aplicaría una exoneración de cuotas del 85%, porque es una empresa de menos de 50 empleados.

80,59 euros (SS empresa) x 85% = 68,50 euros

Importe Total de la exoneración de cuotas:  236,64 + 68,50 + 68,50 = 373,64 euros de exoneración de cuotas por COVID-19 en el mes de Octubre.

Recuerda que…

A través de un Resumen de nómina puedes obtener el importe total de la exoneración de cuotas para el mes de octubre. Ver documento.

 

ERTE Rebrote. Nuevas restricciones (Declaración responsable 062)

 En los ERTE Rebrote (nuevas restricciones) las nuevas exoneraciones de cuotas a aplicarse a partir del 1 de octubre de 2020, y hasta el 31 de enero de 2021 en la parte suspendida por ERTE son las siguientes:

o   Exonera 90%: en los casos de ERTE en empresas de más de 50 trabajadores.
o   Exonera 100%: en los casos de ERTE en empresas de menos de 50 trabajadores.

183748 - alert attention circle exclam Importante: Para aplicar las nuevas exoneraciones es necesario recalcular las pagas del mes de octubre de los trabajadores afectados.

 

1.2.- Interpretación de las respuestas SILTRA para los ficheros DCL y RL

Se adapta en la aplicación la lectura de las respuestas de aquellos CCC que se aplican la exoneración de cuotas por ERTE para los meses de ocubre, noviembre y diciembre de 2020 y enero 2021.

 

 

 

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