Módulo de Hacienda 2023.00.01 de a3ERP: Cambios Legales

Aplica a: a3ERP

 

La nueva versión de a3ERP de modelos de Hacienda 2023.00.01 incluye la adaptación de los siguientes modelos:

 Modelos anuales:

 Modelos mensuales:

 

183717 - documents files outline Modelos anuales

Modelo 390

Ya está disponible para su presentación el modelo 390 del ejercicio 2022, así como el borrador. Destacan como principales cambios, los siguientes:

1.- Incorporación del IVA devengado del 0% y 5% e IVA deducible del 5%
2.- Cambios en el código de actividad
3.- Adaptación del tratamiento de los importes de facturas de venta con tipo de operación “OSS” (ventanilla única)

 

1.- Incorporación del IVA devengado del 0% y 5% e IVA deducible del 5%

Se incluye el tratamiento del IVA del 0% y 5% y, para ello, se han añadido las siguientes casillas nuevas en el modelo 390:


>> IVA devengado

Se incluyen las siguientes casillas correspondientes al IVA devengado del 0% y 5%:

  • Casillas 700-701, 704-709, 712-717, 720-721: serán casillas manuales
  • Casillas 702-703, 710-711, 718-719, 722-723: serán casillas calculadas

Asimismo, se adapta el cálculo de las casillas 33 y 34 cambiando la fórmula para incluir los importes de estas nuevas casillas (incluido las manuales).

 

183644 - alert attention caution error A tener en cuenta: actualmente las casillas correspondientes al IVA devengado del 0% son manuales. Sin embargo, estamos trabajando para que sean calculadas automáticamente. Esta adaptación estará disponible en la próxima versión de modelos de hacienda. 

 

>> IVA deducible

Se incluyen las siguientes casillas correspondientes al IVA deducible del 5%:

  • Casillas 724-725, 728-729 y 732-741: se harán constar las bases imponibles gravadas a los tipos del 5% y las cuotas resultantes.
  • Casillas 726-727, 730-731: estas casillas serán manuales.

 

2.- Cambios en el código de actividad

Se adapta la generación del modelo 390 a los nuevos códigos de actividad.

Para ello, en la pestaña “Datos estadísticos”, la columna “Clave” tendrá una longitud de 3 posiciones y será alfanumérica.

 

183644 - alert attention caution error  A tener en cuenta: a partir de ahora, al generar el modelo 390 o el borrador no se consignará la clave de actividad del punto “Datos Generales/ Datos Hacienda”, pero sí se mantendrá el nombre y el epígrafe.

 

modelo 390 clave

 

Como mecanismo de control, al generar el fichero (AEAT o borrador) la aplicación validará que el código de actividad introducido empieza por A, B o C y si es correcto.  En caso contrario, se mostrará el siguiente mensaje: “El código de la actividad no es correcto, revisa la información en el apartado Datos estadísticos”, y no se podrá generar el fichero.

 

3.- Adaptación del tratamiento de los importes de facturas de venta con tipo de operación “OSS” (ventanilla única)

Las facturas de venta con tipo operación con el código “OSS” se enviarán a las casillas correspondientes del modelo 390:

  • En casilla 126 se acumula la base imponible de:
    • Facturas venta de cliente genérico si el país (más datos) es España.
    • Facturas de venta de cliente no genérico si el país fiscal del cliente de facturación de la factura es España.

  • En casilla 127 se acumula la base imponible de:
    • Facturas venta de cliente genérico si el país (más datos) es España.
    • Facturas de venta de cliente no genérico si el país fiscal del cliente de facturación de la factura es España.

 

Estas facturas ya no acumulan del devengado bloque régimen ordinario (casillas 01 a 06), ni acumula en las casillas de rectificativas 29,30,31 y 32 ni no acumula en la casilla 99 (tanto las facturas no rectificativas como las rectificativas).

 

Modelo 347

Se adapta la presentación del modelo 347 para el ejercicio 2022.

 

Modelo 180

Se adapta la presentación del modelo 180 para el ejercicio 2022.

 

Modelo 425

Se incluye la presentación del modelo 425, declaración resumen anual del IGIC, para el ejercicio 2022.

 

183717 - documents files outline Modelos mensuales

Modelo 303

Se actualiza el modelo 303 (pago fraccionado del IVA) con los siguientes cambios legales para el ejercicio 2023:

1.- Nuevas casillas y cambio de literales.
2.- Nuevas casillas y cálculos para los tipos de IVA del 0% y 5% y recargo del 1,75%
3.- Adaptación del modelo 303 con resultado cero.
4.- Adaptación del tratamiento de los importes de facturas de venta con tipo de operación “OSS” (ventanilla única)

 

238719 - advertising announce bullhorn Próxima adaptación del modelo 303

El modelo 303 todavía no está adaptado para su presentación. Estamos a la espera de su publicación por la Agencia Tributaria. Cuando esté disponible, te lo comunicaremos vía email.

aviso m 303

  

1.- Nuevas casillas y cambio de literales

En la pestaña Resultado, la casilla 70 cambia el literal a "Resultados a ingresar de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio y período objeto de la autoliquidación".

Además, se añade la nueva casilla 109 (manual) con el título "Devoluciones acordadas por la Agencia Tributaria como consecuencia de la tramitación de anteriores autoliquidaciones correspondientes al ejercicio y período objeto de la autoliquidación".

Por último, también se cambia la formula de la casilla 71 por la siguiente:  ([69] - [70] + [109]).

 

2.- Nuevas casillas y cálculos para los tipos de IVA del 0% y 5% y recargo del 1,75%

Se añadan las nuevas casillas correspondientes a los IVAS del 0% y 5% y se reorganizan casillas del recargo equivalencia 1,75%:

 

183644 - alert attention caution error A tener en cuenta: actualmente las casillas correspondientes al IVA del 0% son manuales. Sin embargo, estamos trabajando para que sean calculadas automáticamente. Esta adaptación estará disponible en la próxima versión de modelos de hacienda. 

 

  • Casillas 150, 151, 152: no se lleva ninguna factura, serán casillas manuales.

303 casilla 150

  • Casillas 153, 154, 155: serán calculadas y se eliminan de las casillas 01, 02 y 03 (donde se incluían hasta ahora).

modelo 303 casilla 153

  • Casillas 156, 157 y 158: en el porcentaje se indicará el valor 1,75% y no se llevará ninguna factura, serán casillas manuales.
  • Casillas 16, 17, 18 ahora llevan el tipo de recargo de equivalencia 1,40% y se eliminan de las casillas 19, 20 y 21.
  • Casilla 20 se cambia el valor actual por 1,75%.
  • Casillas 19 y 21 no se lleva ninguna factura, serán casillas manuales

 

Además, se cambia la fórmula de la casilla 27 - Total cuota devengada, en la que se suman los importes de las siguientes casillas: 152 + 03 + 155 + 06 + 09 + 11 + 13 + 15 + 158 + 18 + 21 + 24 + 26.

 

3.- Adaptación del modelo 303 con resultado cero

A partir de ahora, al calcular el modelo 303 cuando el resultado sea 0, según si hay cuotas devengadas/soportadas o no, se enviará el valor “Sin actividad”, correspondiente.

De esta forma, según indicaciones de Hacienda:

  • Declaración "resultado cero”: la declaración será "resultado cero" cuando el resultado de la liquidación sea cero.
  • Declaración “sin actividad": la declaración será "sin actividad" cuando no se hayan devengado ni soportado cuotas durante el período declarado.

Al calcular el 303:

  • Si no se ha devengado ni soportado cuotas durante el período y el resultado es 0, el valor en "Declaración Sin actividad" será "Sin actividad".
  • Si se ha devengado y/o soportado cuotas durante el período, pero el resultado es 0, el valor en "Declaración Sin actividad" será "Resultado cero".

 

183644 - alert attention caution error A tener en cuenta: el desplegable del Resultado cero será editable en el resto de escenarios.

 

4.- Adaptación del tratamiento de los importes de facturas de venta con tipo de operación “OSS” (ventanilla única)

Las facturas de venta con tipo operación con el código “OSS” se enviarán a las casillas correspondientes del modelo 303, cumpliendo con la legislación vigente de ventanilla única.

De esta forma, al generar el modelo 303 de cualquier mes o trimestre (en las pestañas de liquidación y resultado):

  • En casilla 123 se acumula la base imponible de:
    • Facturas venta de cliente genérico si el país (más datos) es España.
    • Facturas de venta de cliente no genérico si el país fiscal del cliente de facturación de la factura es España.

  • En casilla 124 se acumula la base imponible de:
    • Facturas venta de cliente genérico si el país (más datos) es España.
    • Facturas de venta de cliente no genérico si el país fiscal del cliente de facturación de la factura es España.

 

183644 - alert attention caution error A tener en cuenta: estas facturas ya no se acumulan en casillas del Régimen General (01 a 09), ni acumulan en las casillas rectificativas (14 y 15).

 

Modelo 111

Se adapta la presentación del modelo 111 para el ejercicio 2023.

Destaca como principal cambio que, al generar el fichero AEAT del modelo 111, ya no se envía el BIC. Tan solo se envía el IBAN. Por lo tanto, también desaparece la casilla para informar el BIC ya que es una información que no es necesario enviar.



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