Actualización de la versión 1.8.4 de a3EQUIPO: Modificación del cálculo de retenciones de I.R.P.F. a partir de julio

Aplica a: a3EQUIPO | solución integral de gestión de RRHH

La actualización de la versión 1.8.4 de a3EQUIPO incorpora el siguiente Cambio Legal:

 

Referencia Legal

El Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico, modifica la escala y los tipos de retención aplicables a los rendimientos del trabajo:

 

Base hasta... Cuota Resto Base hasta... Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 19,50 %
12.450,00 2.427,75 7.750,00 24,50 %
20.200,00 4.326,50 13.800,00 30,50 %
34.000,00 8.535,50 26.000,00 38,00 %
60.000,00 18.415,50 En adelante 46,00 %

 
A tener en cuenta… 

1)    Se establece que los nuevos tipos deben aplicarse en los primeros rendimientos que se satisfagan o abonen a partir del 12 de julio de 2015. No obstante, la norma prevé la posibilidad de aplicar la nueva escala a los primeros rendimientos satisfechos a partir del 1 de agosto de 2015, a opción del pagador.

2)    También se modifican los porcentajes aplicables a los rendimientos de actividades profesionales, pasando del 19% al 15%.

 

En la página web de la Agencia Tributaria dispone de un cuadro completo de los cambios realizados por el RD.-Ley.


¿Cómo afecta a la aplicación?     

1)    Una vez actualizado con esta versión, en la primera regularización que se calcule a los trabajadores, se tendrán en cuenta las modificaciones previstas en el R.D.-Ley 9/2015 (independientemente del mes en que se realice el cálculo), de acuerdo al nuevo algoritmo de cálculo publicado en la página Web de la A.E.A.T. (www.agenciatributaria.es). En base a ello se aplicará, de manera automática, la causa 11 "Otras Causas". No obstante si, por la situación personal del trabajador, existe un motivo de regularización por otra causa distinta, se aplicará el motivo de regularización que corresponda, teniendo en cuenta la nueva tabla de escala y tipos de retenciones de IRPF.

El indicador aparecerá marcado o desmarcado, en función de como estuviese antes de esta actualización. En cualquier caso, al calcular la regularización aparecerá un mensaje de aviso, tanto si se realiza a nivel de trabajador, como a nivel masivo:

 

A nivel de trabajador 

 

A nivel masivo (mensaje en la bandeja de entrada) 

 

En el detalle del cálculo del tipo de retención, también se podrá leer la explicación:

 

 

2)      Respecto a los porcentajes aplicables a los rendimientos de actividades profesionales, asegúrese de que el porcentaje que informa al profesional es el que corresponde.

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