Actualización de la versión 1.9.21 de a3EQUIPO: Cambios Legales (SP4)

Aplica a: a3EQUIPO

 

La actualización de la versión 1.9.21 de a3EQUIPO con el SP4 incorpora el siguiente cambio legal:

Adaptación del cálculo del embargo con pagas extras prorrateadas

Referencia Legal

Según las últimas modificaciones establecidas en el cálculo del embargo con pagas extras prorrateadas y previa consulta vinculante a Hacienda, se adapta el cálculo del mínimo inembargable teniendo en cuenta, además, la siguiente normativa:

  • Artículo 169.2 c) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Artículo 82 del Reglamento General de Recaudación.



¿Cómo afecta a la aplicación?

A partir de ahora, al realizar el cálculo del embargo en los casos en los que las pagas extras estén prorrateadas, para determinar el importe inembargable en cada uno de los tramos se tendrá en cuenta, directamente, el importe del SMI del ejercicio que proceda.

Es decir, para 2019 el mínimo inembargable será 900 euros (SMI 2019).

Hasta ahora, en estos supuestos, para calcular el mínimo inembargable se aplicaba la siguiente fórmula: (SMI del año x 14) / 12 -> 900 x 14/ 12 = 1.050 euros.



importante A tener en cuenta…

Se aplicará este nuevo cálculo de embargo a partir de la actualización de la versión 1.9.21 con el SP4.
Es decir, si recalculas pagas afectadas por este cambio legal se aplicará el nuevo cálculo de embargo. Modificando así el importe a embargar y el líquido de la nómina recalculada.

 

Veamos un ejemplo del cálculo

Trabajador con los siguientes datos:

-. Salario Base: 2.000 euros.

-. Dos pagas extras de prorrateo mensual de 2.000 euros cada una de ellas.

-. Embargo de 2.500 euros.

 

En nuestro ejemplo, calcularemos la nómina de mayo de 2019:

Al calcular la nómina aparece el Embargo Salarial con el importe del embargo 413,47 euros.

embargo

 

-> A partir de ahora, el cálculo del embargo se realizará de la siguiente forma:

1.-  Hallamos el importe líquido total
Para obtener este importe, sumaremos el líquido percibido de esa nómina + el descuento del embargo.

En nuestro ejemplo, 1.673,46 + 413,47 = 2.086,93 euros.

 

2.- Hallamos el importe líquido embargable y aplicamos los tramos

SMI 2019: 900 euros

Líquido embargable -> 2.086,93 – 900 (mínimo inembargable) = 1.186,93 euros

Primer tramo del SMI a embargar -> 900 x 30% =  270 euros

Segundo tramo del SMI a embarga ->  1.186,93 – 900 = 286,93 x 50% = 143,47 euros

Total embargo -> 270 + 143,47 = 413,47 euros

 

 

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