Actualización de la versión 1.9.14 de a3EQUIPO: Cambios Legales (SP 1)

Aplica a: a3EQUIPO

 

A continuación, se relacionan los cambios legales que incorpora la actualización de la versión 1.9.14 (SP1) de a3EQUIPO:

 

Cambios Legales

 

1.- Nuevo Certificado de Ingresos y Retenciones Estatal y de Álava para el ejercicio 2017

1.1.- Certificado de Ingresos y Retenciones Estatal

1.2.- Certificado de Ingresos y Retenciones de Álava

2.- Modelo 296 para no residentes: nueva subclave para el ejercicio 2017

3.- Modificaciones en Afiliación (Boletín de Noticias RED 7/2017)

3.1.- Nuevo campo “Indicativo grupo de cotización diario. Opción Mensual”

3.2.- Adaptación de la versión de sintaxis 8.3

3.3.- Modificaciones en el segmento DAM

4.- Actualización de la tabla de retenciones de IRPF de Álava para el ejercicio 2018

5.- Modificación de la parte exenta por gastos por comedores de empresa  

 

1.- Nuevo Certificado de Ingresos y Retenciones Estatal y de Álava para el ejercicio 2017

Se ha adaptado la nueva plantilla del Certificado de Ingresos y Retenciones Estatal y de Álava, para el ejercicio 2017. 

 

1.1.- Certificado de Ingresos y Retenciones Estatal

Referencia Legal 

Orden HFP/1106/2017, de 16 de noviembre, por la que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y los plazos de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347. 

 

Los cambios que se han incorporado son los siguientes: 

1) Para las Claves A se introducen los mismos cambios que para el modelo 190, es decir, se crean nuevos campos para reflejar la misma diferenciación entre prestaciones dinerarias y en especie derivadas de incapacidad laboral de la ya existente para las percepciones dinerarias y en especies no derivadas de incapacidad temporal.

 certificado de retenciones

 

Recuerda que: desde a3EQUIPO no se pueden definir conceptos en especie para situaciones de IT, por lo que estos campos siempre aparecerán sin valor.

En caso de tener que declarar este tipo de prestaciones, deberás hacerlo a través del formulario para la presentación del Modelo 190 de la página web de la Agencia Tributaria. 

 

 2) A partir de esta versión, si hay un concepto en especie que tributa a IRPF y que está informado en la pestaña de “Cotización” como “Exención Parcial” y, en el apartado “Definir Exención” se ha indicado "Asignaciones asistenciales" y cualquiera de los 3 valores existentes (en nuestro ejemplo, hemos seleccionado “Primas de contrato de seguro para enfermedad común trabajador”),

 editar concepto

  

la parte exenta de IRPF se trasladará, de manera automática, a la casilla de "Rentas exentas de IRPF incluidas por la empresa o entidad pagadora en el resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta (mod.190)" del Certificado de Ingresos y Retenciones.

 cuota sindical

 

1.2.- Certificado de Ingresos y Retenciones de Álava 

Referencia Legal 

Orden Foral 676/2017, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 13 de diciembre, de modificación de la Orden Foral 651/2007, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 190 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta, así como los diseños físicos y lógicos, y el modelo 10-T relativo al certificado de los rendimientos del trabajo, de actividades económicas y de premios.

 

Se han modificado los siguientes literales

"Retribuciones dinerarias y derivadas de incapacidad laboral (dinerarias y/o en especie)” ahora pasa a denominarse: "Retribuciones dinerarias (derivadas o no de incapacidad laboral)

"Retribuciones en especie" pasa a denominarse: "Retribuciones en especie (derivadas o no de incapacidad laboral)"

10t 

2.- Modelo 296 para no residentes: nueva subclave para el ejercicio 2017 

Referencia Legal 

Orden HFP/1271/2017, de 21 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente, la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y el gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación y otras normas referentes a la tributación de no residentes, y la Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueban el modelo 216 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso» y el modelo 296 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta».

 

En esta orden se crea una subclave nueva para identificar rentas del trabajo del modelo 296. Esta subclave es la número 11 y hace referencia a “Perceptor desplazado al extranjero”:

11.- El perceptor declarado es un contribuyente que ha acreditado al pagador haber hecho uso del procedimiento previsto en el artículo 32 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

 

Para adaptar este cambio en la aplicación, en la ficha de los trabajadores se ha incorporado una nueva opción, en el campo de “Tributación”, denominada “Cambio residencia Art. 32 IRNR”.

 ficha de persona

 

A tener en cuenta: los importes de las pagas calculadas con esta nueva opción de tributación se acumularán al listar el modelo 216.

 

Importante: si ya tenías calculadas las nóminas del mes de enero, deberás recalcularlas para que la aplicación tenga en cuenta los cambios realizados.

 

 

Si deseas que en el modelo 296 del ejercicio de 2017 la aplicación tenga en cuenta las percepciones de estos trabajadores como subclave 11, te ayudamos a hacerlo con un nuevo formato que hemos creado: 313- Histórico Tributación No Residentes (en el punto de “Nómina/ Entrada Histórico por Excel”).

opciones formato 313

A través de este formato podrás modificar, de manera masiva, este campo en el histórico del trabajador. Para ello, en la columna de “No Residente”, para cada una de las pagas que corresponda, deberás seleccionar la opción: “Cambio residencia Art. 32 IRNR”. Una vez realizados los cambios, importa el Excel. Al generar el modelo 296 del ejercicio 2017 la aplicación tendrá en cuenta este tipo de tributación que has informado.

formato historico tributacion

  

3.- Modificaciones en Afiliación (Boletín de Noticias RED 7/2017) 

Referencia Legal 

Boletín de Noticias RED 7/2017, de 27 de diciembre de 2017 

 

3.1.- Nuevo campo “Indicativo grupo de cotización diario. Opción Mensual” 

En este boletín se establece lo siguiente: 

“Se ha creado un nuevo campo denominado: INDICATIVO GRUPO DE COTIZACIÓN DIARIO. OPCIÓN MENSUAL, para identificar a aquellos trabajadores con grupo de cotización diario (grupos 8 a 11), respecto de los cuales se ha elegido realizar una cotización mensual.

Dicho campo podrá cumplimentarse tanto en la modalidad de online como de remesas.

Deberá cumplimentarse con una “S” cuando el trabajador tenga grupo diario pero se opte por la cotización mensual y con una “N” en el resto de los casos, es decir para grupos de cotización del 01 al 07, y para grupos de cotización diario que no opten por la cotización mensual.

Podrá mecanizarse en los movimientos de altas de trabajadores (acción MA) y en los cambios de grupo de cotización (acción MG).

La anotación del valor S a través de la funcionalidad de cambio de grupo de cotización, deberá ir siempre referida al día 1 del mes.”

 

En base a ello, se ha creado un nuevo campo denominado “Indicativo grupo de cotización diario. Opción mensual”, para identificar a aquellos trabajadores con grupo de cotización diario (grupos 8 a 11), respecto de los cuales se ha elegido realizar una cotización mensual.

A partir de ahora, en las altas nuevas de trabajadores (acción MA) con grupo de cotización diario, comprendido entre el 8 y el 11, que optan por cotización mensual, la aplicación rellenará ese nuevo campo de manera automática en el fichero de afiliación.

A tener en cuenta: en próximas versiones se podrá generar la acción MG de manera masiva para aquellos trabajadores que ya se encontraban en situación de alta

 

3.2.- Adaptación de la versión de sintaxis 8.3 

Se ha adaptado la versión de sintaxis 8.3 en la aplicación. 

 

3.3.- Modificaciones en el segmento DAM 

Según este boletín, se han realizado los siguientes cambios en el segmento DAM: 

1) Se eliminan los campos de días de trabajo y días sin coeficiente (estos campos únicamente se cumplimentaban en el caso de acción MB de trabajadores del Sistema Especial de Frutas y Hortalizas).

2) Se crea el campo de exclusión cotización (por el momento, este nuevo campo se ha indicado que es de futuro uso). 

 

4.- Actualización de la tabla de retenciones de IRPF de Álava para el ejercicio 2018

Referencia Legal

Se ha actualizado la tabla de retenciones de IRPF para la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2018, según lo publicado en el Decreto Foral 62/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de diciembre, que aprueba la modificación de los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos de trabajo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 

 

5.- Modificación de la parte exenta por gastos por comedores de empresa

Referencia Legal 

Real Decreto 1074/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2017, de 30 de marzo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre. 

Artículo primero: Modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2017, de 30 de marzo. 

Artículo tercero: Se modifica el apartado 2 del artículo 45 “Rendimientos del trabajo exentos por gastos por comedores de empresa”.

 

En este Real Decreto se incrementa el importe diario exento de 9 a 11 euros diarios para los gastos por comedores de empresa, vales de comida, ticket restaurant,…, etc.

 

Para incorporar este cambio en la aplicación, a partir de 1 de enero de 2018, los conceptos informados en la pestaña de “Cotización” como “Exención Parcial” y, en el apartado “Definir Exención”, como "Asignaciones asistenciales" y como “Entrega productos a precios rebajados”, pasan a estar exentos de tributación 11 euros diarios. 

 editar concepto parcial

  

Importante: si ya tenías calculadas las nóminas del mes de enero, deberás recalcularlas para que la aplicación tenga en cuenta los cambios realizados.

 

 

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