Actualización de la versión 1.9.11 de a3EQUIPO: Cambios Legales (SP 3)

Aplica a: a3EQUIPO | solución integral de gestión de RRHH

 

A continuación, se relacionan los siguientes Cambios Legales que incorpora la actualización de la versión 1.9.11:

 

1.- Nuevas bonificaciones exclusivas para la Comunidad Autónoma de Canarias, para contratos de apoyo a los trabajadores emprendedores 

Referencia Legal

  • Ley 3/2017, de 28 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
  • Boletín de Noticias RED 04/2017, de 25 de julio.

 

Se establecen 4 nuevas bonificaciones a porcentaje para las contrataciones  por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores que se realicen con trabajadores desempleados inscritos en la Oficina de Empleo, para prestar servicios en Centros de Trabajo ubicados en la Comunidad Autónoma de Canarias

Concretamente para los siguientes colectivos: 

  • Jóvenes entre 16 y 30 años:
  • Bonificación del 90% el primer año, 70% el segundo y 40% el tercero.
  • En caso de contrataciones con mujeres en ocupaciones en las que el colectivo esté menos representado, los porcentajes anteriores se incrementarán en un 10% (es decir, 100% el primer año, 80% el segundo y 50% el tercero).
  • Mayores de 45 años:
  • Bonificación del 90% durante tres años.
  • En caso de contrataciones con mujeres en ocupaciones en las que el colectivo esté menos representado, la bonificación será del 100%.

 

¿Cuándo pueden aplicarse estas bonificaciones? 

Tanto en la Ley 3/2017, de 28 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, como en el Boletín de Noticias RED 04/2017, de 25 de julio, se establece que estas nuevas bonificaciones son compatibles con las ya existentes para el colectivo de contrato de apoyo a emprendedores, es decir, que pueden aplicarse ambas bonificaciones (de importe y porcentaje) de manera conjunta. Para ello, deben darse las siguientes condiciones:

  • Que el Código de Cuenta de Cotización pertenezca a la Comunidad Autónoma de Canarias (código 35 para Las Palmas y 38 para Santa Cruz de Tenerife). 
  • Que se cumplan los requisitos necesarios para tener derecho a la bonificación de apoyo a emprendedores que, actualmente, son los siguientes: 

- Trabajador con edad comprendida entre los 16 y los 30 años, o mayor de 45 años.

- Con contrato 150, 250 ó 350

ficha persona

 

- En datos de afiliación el trabajador debe tener informado, como condiciones desempleo: “Desempleado Inscrito en Oficina de Empleo” y, como colectivo de contratación: “Contrato emprendedores”. 

condiciones desempleo

 

  • Que el contrato sea posterior al 28 de junio de 2017 (fecha de entrada en vigor de la Ley 3/2017, de Presupuestos Generales del Estado). 

Se aplicarán ambas bonificaciones con el límite del 100% de cuotas (como siempre) y el orden en el que se aplicarán en el cálculo las bonificaciones es el establecido por la Seguridad Social, es decir, primero tendrá en cuenta la nueva bonificación a porcentaje por pertenecer a la Comunidad Autónoma de Canarias y, posteriormente, aplicará la bonificación por importe.

 
¿Cómo afecta a la aplicación?

Se han realizado las siguientes modificaciones en la aplicación:


1) Tabla de Bonificaciones: se han creado  4 nuevas bonificaciones a porcentaje, para empresas de menos de 50 trabajadores y contrataciones indefinidas del colectivo de emprendedores

  • Trabajadores entre 16 y 30 años, inscrito en INEM. CA Canarias.
  • Mayores de 45 años, inscrito en INEM. CA Canarias.
  • Mujer subrepresentada entre 16 y 30 años, inscrito en INEM. CA Canarias.
  • Mujer subrepresentada mayor de 45 años, inscrito en INEM. CA Canarias.

 

tablas bonificaciones

 

2) Ficha del trabajador: a partir de este cambio legal, al dar de alta un trabajador que cumple los requisitos para aplicarse estas bonificaciones, al pulsar “Aceptar” en datos afiliación la aplicación propondrá las siguientes bonificaciones: 

 bonificaciones

 

Como ambas bonificaciones son de aplicación durante el mismo período, las fechas que propone el programa son las mismas:

 

fechas bonificaciones  

IMPORTANTE: 

Si antes de esta actualización, diste de alta un trabajador de la Comunidad Autónoma de Canarias, con inicio de contrato posterior al 28 de junio de 2017 (por ejemplo: el 1 de julio de 2017) y que cumplía las condiciones para la bonificación de contrato de emprendedores, con esta actualización las bonificaciones nuevas no se verán de manera automática en la ficha del trabajador.

Para poder visualizarlas y, así, poder aplicártelas, deberás acceder al punto de “Contractuales” de la ficha del trabajador, realizar alguna modificación (en datos afiliación, por ejemplo) e informar de nuevo los datos correctos. De este modo, la aplicación propondrá las dos bonificaciones. 


Hay trabajadores que, por sus condiciones personales, pueden aplicarse más de una bonificación, como es el caso de mujer subrepresentada:

mujer subrepresentada   

En este caso, la aplicación propone todas las bonificaciones correspondientes que pueden aplicarse en este caso y activa las más beneficiosas.

 bonificaciones mujer subrepresentada

 

Si se desmarca una de las bonificaciones marcadas de manera automática por la aplicación y se activa otra de las que aparecen en pantalla, al pulsar “Aceptar” aparecerá un mensaje de aviso indicando que se debe seleccionar exclusivamente una bonificación:

mensaje aviso web  

Esto es así porque únicamente se puede aplicar más de una bonificación cuando se trata de las nuevas bonificaciones propuestas por la Ley de Presupuestos para la Comunidad Autónoma de Canarias.

  

3) Se adapta este cambio legal a la estructura de los ficheros de afiliaciónfichero de bases  (SLD) y fichero FAN.


4) Adaptación de los textos de contratos: se adaptan los textos de contrato donde la aplicación activará, de manera automática, el código de bonificación que corresponda en cada caso. 

 

1.2.- Ampliación de la vigencia de la bonificación del sector de hostelería 

Referencia Legal 

En la disposición adicional centésima décima primera de la Ley 3/2017, de 28 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 se establece una bonificación del 50% sobre las cuotas empresariales por contingencias comunes, Desempleo, FOGASA y Formación Profesional para las empresas encuadradas en los sectores de turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y noviembre de 2017.

Será de aplicación desde el 1 de enero de 2017 hasta el día 31 de diciembre de 2017.

 

Hasta ahora, esta bonificación únicamente podía aplicarse en los meses de marzo y noviembre de 2017. Sin embargo, a raíz de lo publicado en esta disposición adicional, también puede aplicarse en febrero de 2017.

Por tanto, a partir de este momento y hasta el próximo 28 de septiembre de 2017, para aplicarse esta bonificación en el mes de febrero de 2017, se deberá comunicar un movimiento de afiliación “ASH-Anotación de situaciones Adicionales de afiliación” para ese mes.

 

¿Cómo afecta en la aplicación? 

Se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2017 la vigencia de la Bonificación Contratos Fijos Discontinuos Sectores Turismo y Hostelería para, de este modo, poder generar el movimiento de afiliación “ASH-Anotación de situaciones Adicionales de afiliación” para los meses de febrero y/o marzo de 2017.

 

IMPORTANTE: con la próxima versión 1.9.12 ya podrás realizar la anotación correspondiente al mes de noviembre de 2017.

 

Para poder realizar el movimiento de afiliación para los meses de febrero y/o marzo de 2017, deberás acceder a la ficha de los trabajadores y activar la Bonificación Contratos Fijos Discontinuos Sectores Turismo y Hostelería.

El trabajador debe cumplir los siguientes requisitos

- Pertenecer a un CCC con CNAE 55XX, 56XX ó 79XX.

- Tener informado un contrato de fijo discontinuo, es decir: 3XX.

- Estar de alta en los meses de febrero y marzo de 2017.

    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • 1 valoraciones: 4 sobre 4 de media
    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • 1 valoraciones: 4 sobre 4 de media

Palabras clave