¿Cómo informar el recargo en contratos temporales de duración igual o inferior a 5 días?
Aplica a: nom web
Explicación del proceso
Para informar un contrato temporal de duración igual o inferior a 5 días y que se aplique el recargo correspondiente, accede a la ficha del trabajador, al menú “Contratación/ Contractuales”.
En el apartado “Duración” deberás tener informada la fecha de inicio y fin del contrato y, en función de las fechas informadas, si el contrato es de duración igual o inferior a 5 días, de forma automática, se mostrará activado el indicador “Contrato corta duración art. 151”.
Una vez informados los datos, al calcular la nómina podrás comprobar el recargo aplicado accediendo a la paga calculada desde el menú “Nómina/ Histórico de Cobro”, en el apartado “Bases e Importes/ Coste Empresa”.
A tener en cuenta…
En el caso de que no se hubiera informado la fecha de finalización del contrato y, por tanto, no se hubiese marcado el indicador “Contrato corta duración art. 151”, se deberán informar los datos y recalcular la paga para que se aplique el recargo.