L90 Liquidación complementaria: Cómo cotizar por importes no cotizados

Aplica a: nom web

 

Para calcular liquidaciones complementarias, desde el punto “Nómina/ Cálculo de Atrasos”, puedes utilizar los criterios de cálculo “Importe a repartir en devengo – Desde conceptos ficha trabajador” e “Importe a repartir en devengo – Desde incidencias atrasos”.

Para ello, informa el concepto nuevo en la ficha del trabajador y desde cálculo de atrasos selecciona la opción “Importe a repartir en devengo – Desde conceptos ficha trabajador”, en este caso deberás incluir el concepto creado en el link "Ver conceptos que intervienen en el cálculo".

O bien, desde el punto de “Cálculo de Atrasos – Incidencias de Atrasos” deberás dar de alta un nuevo concepto con el importe total a pagar. Posteriormente, desde el cálculo de atrasos selecciona la opción “Importe a repartir en devengo – desde incidencias atrasos”.

Estas opciones permiten abonar un importe determinado para un periodo concreto informando el importe total a pagar.

A tener en cuenta…
También puedes calcular la liquidación complementaria, con la opción de importe a repartir en devengo, en el caso de que el trabajador no tenga pagas calculadas. No obstante, deberás tener en cuenta que los topes de cotización serán los de su grupo de tarifa, ya que no existe paga mensual sobre la que calcular las diferencias y además, en el fichero de bases (Siltra) no se partirá tramo en el mes.

 

Explicación del proceso

A continuación, se relacionan los pasos a seguir para generar una liquidación complementaria L90 cuando, por ejemplo, se ha dejado de pagar o cotizar un concepto de cobro, en caso de abonar unos objetivos, una paga de beneficios, un bonus, etc.

 

Ejemplo:

  • Se abonan 300€ en concepto de objetivos conseguidos desde el 01 de enero al 30 de junio y se pagan en el mes de noviembre.

A continuación, se detallan los pasos a seguir para el cálculo de atrasos con la opción “Importe a repartir en devengo – Desde incidencias atrasos”.

1.    Accede al submenú “Incidencias de Atrasos” (acceso: “Nómina/ Cálculo de Atrasos”) y pulsa el botón “Nuevo” para informar un concepto con el importe total a repartir en el período de devengo.

calculo atrasos

 

A continuación, indica la fecha de cobro de los atrasos de convenio, selecciona la empresa y trabajador así como el tipo de liquidación y código CRA.

Importante

La fecha de la incidencia de atrasos debe ser la misma que la “Fecha de cobro” informada en el cálculo de los atrasos.

Si las fechas no fueran iguales, al calcular la paga de atrasos daría el siguiente aviso:

No existe ningún cálculo para esta selección”.

 

Recuerda que…
Debes configurar el concepto con los indicadores que necesites: cotización, tributación, etc. Asimismo, si quieres que afecte al cobro debe tener activado el indicador de “Paga Mensual”.

En nuestro ejemplo, hemos creado el concepto “7- Bonus” informando un importe total de 300€.

Pulsamos “Aceptar” para grabar el concepto y “Cancelar”, si no deseamos incluir ningún concepto más.

nueva incidencia

 

2.- Una vez informada la incidencia, accede al submenú “Cálculo de Atrasos” para calcular la paga de atrasos. Para ello, siguiendo la operativa habitual, selecciona al trabajador que corresponda, como tipo de cálculo selecciona la opción “Importe a repartir en devengo – Desde incidencias atrasos”, e informa las fechas de devengo y cobro que corresponda (en nuestro ejemplo del 01 de enero al 30 de junio y fecha de cobro 30 de noviembre).

Además, selecciona el tipo de liquidación y código CRA, así como el resto de opciones de cálculo y pulsa “Calcular”.

 

incidencia atrasos



Recuerda que…
A través del link “Visualización y modificación del cálculo” puedes visualizar el detalle de cálculo.

 

5.    Por último, genera  los seguros sociales siguiendo la operativa habitual.

 

 

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