Embargo salarial, ¿cómo informarlo en nom web?

Aplica a: nom web

Explicación del proceso

Para informar un embargo acceda al punto "Incidencias/ Anticipo Préstamo Embargo" y pulse el icono "nuevo".

 

 

A continuación, informe el código de la empresa, del trabajador y seleccione "Tipo: Embargo". Indique la fecha de inicio,el importe total del embargo y cómo desea descontárselo al trabajador.

 

Dispone de 2 formas para descontar el embargo:

  • Descontar el mínimo establecido por la Ley: la aplicación calcula, de manera automática, el importe a descontar, teniendo en cuenta la normativa legal y los tramos previstos en el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Estos descuentos se realizan directamente del líquido de la nómina.

Recuerde que…
El primer Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I.) es inembargable, es decir, de 0 a 641,40 (S.M.I. para el ano 2012) no se puede embargar nada.

 

 

  • Descontar un importe concreto en cada plazo: la aplicación calcula, de manera automática, el número de plazos de devolución que le corresponden a partir del importe total del embargo.

 



En ambos casos, puede decidir si desea descontar el embargo de las pagas extras. En este caso, deberá incluir este concepto de embargo como concepto afecto a la paga extra (en el convenio o en el pacto de empresa) para que se lo refleje en la hoja de salario de la paga extra.

Este embargo introducido por incidencias será de aplicación en cada paga hasta liquidar el importe pendiente.

Puede modificar la cuota a deducir de un mes determinado. Para ello, marque el mes que corresponda (en nuestro ejemplo: el mes de abril) y pulse el botón "modificar cuota mensual".

 

 

A continuación informe, para el mes seleccionado, la cuota que corresponda y pulse "Aceptar".

 

 

Automáticamente, la aplicación recalculará de nuevo la cuota que corresponde deducir para los siguientes meses, en función del importe que todavía queda pendiente del embargo.

Por último, pulse "Aceptar" para guardar los datos de la incidencia.

 

 

 

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