Ejemplos prácticos y cuadro resumen sobre el cálculo de la exoneración de cuotas en meses anteriores a octubre 2020

Aplica a: nom web

 

Referencia Legal

Con el objetivo de reactivar de manera progresiva la economía, se han publicado los siguientes cambios legales:

 

En el Real Decreto-Ley 24/2020 se publican los nuevos tipos de exoneración de cuotas aplicables en los meses de julio, agosto y septiembre para ERTEs exonerados (ERTEs por fuerza mayor total o parcial ya existentes, ERTES ETOP ya iniciados con anterioridad al 26/6/2020 o posteriores a un ERTE de Fuerza Mayor, y para las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad por la adopción de nuevas restricciones o medidas de contención (rebrotes COVID-19).

Además, se estable que las empresas deben comunicar a la Tesorería general de la Seguridad Social los CCC´s en situación de ERTE, en los meses julio, agosto y septiembre, mediante la declaración responsable correspondiente a su situación

  • Declaración responsable Fuerza Mayor -FM-: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 059
  • Declaración responsable Fuerza Mayor Total: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 058
  • Declaración responsable ETOP a 26-06-2020: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 060
  • Declaración responsable ETOP a posterior a FM: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 061
  • Declaración responsable Fuerza Mayor por nuevas restricciones: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 062

 

A continuación, te relacionamos un cuadro de los porcentajes de exoneración aplicar según el tipo de ERTE y el mes correspondiente:

 

     

Declaración Responsable Fuerza Mayor Total
(Causa Peculiaridad Cotización 058)

Declaración Responsable Fuerza Mayor
(Causa Peculiaridad Cotización 060)

Declaración Responsable ETOP a 26/06/2020
(Causa Peculiaridad Cotización 060)

Declaración Responsable ETOP a posterior a Fuerza Mayor
(Causa Peculiaridad Cotización 061)

Declaración Responsable Fuerza Mayor por nuevas restriccciones (REBROTE)
(Causa Peculiaridad Cotización 062)
     

ERE

Valores inactividad:
V, W, X

Activos

Valores inactividad:
R, S, A3, A4, A9, B1, B6, B7

ERE

Valores inactividad
V, W, X, Y, U, E, A1, F, A2, G, A5, A6, A7, A8, B2, B3, B8, B9

ERE

Valores inactividad:
B4, B5

Empresas menos de 50 trabajadores 100%  Mayo 100% 85% 60% -
Junio 100% 70% 45% -
Julio 70% 60% 35% 80%
Agosto 60% 60% 35% 80%
Septiembre 35% 60% 35% 80% 
 
Empresas más de 50 trabajadores 75%  Mayo 75% 60% 45% -
Junio 75% 45% 30% -
Julio 50% 40% 25% 60%
Agosto 40% 40% 25% 60%
Septiembre 25% 40% 25% 60%

 

 

Veamos unos ejemplos:

A continuación, te relacionamos unos ejemplos prácticos con el cálculo de la exoneración de cuotas hasta la publicación del RDL 18/2020 y con el cálculo a partir del cambio legal y de que la empresa inicie una situación de fuerza mayor parcial, es decir, reincorpore a parte de su plantilla a la actividad ya sea de manera total o parcial.

 

183660 -red Te recomendamos que…

Para comprobar los cálculos accedas a la paga calculada desde “Nómina/ Histórico Cobro” y, en el apartado “Regulación de Empleo”, compruebes el importe de las bases de cotización correspondientes a la parte en la que el trabajador está en situación de ERTE.

 

Historico Cobro regulacion empleo

 

Y, en el menú “Bases e Importes/ Coste Empresa”, compruebes el importe de la exoneración.

 

importe de la exoneracion historico cobro

 

Además, puedes generar el fichero de bases para comprobar los diferentes tramos, con los importes correspondientes a la parte del ERTE y a la parte trabajada, accediendo al menú “Nómina/ Comunic@ción/ SLD (Cret@)”, en el apartado “Envíos”.

 

fichero bases exoneracion

 

Para interpretar los códigos de los conceptos, horas e indicadores del fichero de bases, te mostramos una tabla resumida de los manuales de Seguridad Social, pulsa aquí.  

 

 

> Veamos unos ejemplos

A continuación, te relacionamos unos ejemplos prácticos con el cálculo de la exoneración de cuotas hasta la publicación del Real Decreto-Ley 18/2020, y con el cálculo de la exoneración posterior al cambio legal de una empresa que inicia una situación de fuerza mayor parcial, es decir, reincorpora parte de su plantilla a la actividad ya sea de manera total o parcial.

En nuestros ejemplos, la empresa ha comunicado la fecha de la Declaración responsable el 20/05/2020 y tiene más de 50 trabajadores.

 

Ejemplo 1. Suspensión del contrato por ERTE

  • Cálculo de la exoneración antes del cambio legal.
  • Cálculo de la exoneración posterior al cambio legal.
    1. Reincorporación a la actividad el día 20/05/2020. Fecha Declaración responsable: 20/05/2020.
    2. Reincorporación a la actividad el día 16/06/2020. Fecha Declaración responsable: 20/05/2020.

Ejemplo 2. Reducción temporal de la jornada por ERTE

  • Cálculo exoneración antes del cambio legal.
  • Cálculo exoneración posterior al cambio legal, con reincorporación a la actividad.

Ejemplo 3. Reducción temporal de la jornada por ERTE

  • Cálculo exoneración antes del cambio legal.
  • Cálculo exoneración posterior al cambio legal, con incremento del porcentaje de la jornada trabajada.

 

 

> Ejemplo 1. Suspensión del contrato por ERTE

Cálculo de la exoneración antes del cambio legal

Datos del trabajador:

  • Suspensión del contrato por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 30/06/2020.
  • Contrato indefinido.
  • Jornada a tiempo completo.
  • Coste de Seguridad Social de empresa: 31,40%.

Cálculo de la nómina de mayo:

  • Base de cotización = 1673,40
  • Seguridad Social de empresa = 1673,40 * 31,40% = 525,45
  • Exoneración de cuotas al 75% =394,08

1673,40 * 31,40% * 75% = 394,08

 

Cálculo de la exoneración posterior al cambio legal

Siguiendo con este ejemplo, supongamos dos situaciones distintas para este trabajador:

  1. Se reincorpora a la actividad el día 20/05/2020 y la fecha de la declaración responsable es el 20/05/2020.

Por tanto, se modifica la fecha de finalización del ERTE pasando a ser Suspensión del contrato por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 19/05/2020.

Cálculo de la nómina de mayo

    • Base de cotización ERTE= 1004,04
    • Base de cotización alta = 556,11
    • Seguridad Social de empresa = 1560,15 * 31,40% = 489,89
    • Exoneración de cuotas:

Por la parte del ERTE: del 01/05/2020 al 19/05/2020 al 75% = 1004,04 * 31,40% * 75% = 236,45

Por la parte trabajada: Del 20/05/2020 al 31/05/2020 al 60% = 556,11 * 31,40% * 60% = 104,77

Base de cotización de alta de junio = 1516,66

Por la parte trabajada: del 01/06/2020 al 30/06/2020 al 45% = 1516,66 * 31,40% *45% = 214,30

 

  1. Se reincorpora a la actividad el día 16/06/2020 y la fecha de la declaración responsable es el 20/05/2020.

Por tanto, se modifica la fecha de finalización del ERTE pasando a ser Suspensión del contrato por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 15/06/2020. 

Cálculo de la nómina de mayo y junio

Nómina de mayo

Como en el mes de mayo el trabajador continúa de ERTE, aunque la empresa ha empezado a reincorporar trabajadores a partir del día 20/05 a través de la Declaración Responsable, este trabajador tendrá una exoneración del 75% hasta la fecha anterior a la Declaración y del 45% a partir de esa fecha hasta que se produzca la reincorporación total del trabajador.

Base de cotización del ERTE de mayo = 1673,40

Por la parte del ERTE: del 01/05/2020 al 19/05/2020 al 75% = 1059,72 * 31,40% * 75% = 249,56

Por la parte del ERTE: del 20/05/2020 al 31/05/2020 al 45% = 613,58 * 31,40% * 45% = 86,70

Nómina de junio

    • Base de cotización ERTE= 836,70
    • Base de cotización alta = 758,34
    • Seguridad Social de empresa = 1595,04 * 31,40% = 500,84

Por la parte del ERTE: del 01/06/2020 al 15/06/2020 por la parte del ERTE = 836,70 * 31,40% * 30% = 78,82

Por la parte trabajada: del 16/06/2020 al 30/06/2020 = 758,34 * 31,40% * 45% = 107,15

 

> Ejemplo 2. Reducción temporal de la jornada por ERTE

Cálculo de la exoneración antes del cambio legal

Datos del trabajador:

  • Reducción temporal de la jornada al 50% por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 30/06/2020.
  • Contrato indefinido.
  • Coste de Seguridad Social de la empresa 31,95%.
  • Jornada a tiempo completo.

Cálculo de la nómina de mayo

  • Base de cotización por el periodo de ERTE = 924,30
  • Base de cotización por el periodo de alta = 812,50
  • Seguridad Social de empresa =

924,30 * 31,95 % = 295,31 por la parte del ERTE

812,50 * 31,95% = 259,59 por la parte del alta

Seguridad Social de empresa = 295,31 + 259,90 = 554,90

  • Exoneración de cuotas al 75% =

924,30 * 31,95% * 75% = 221,49

 

 Cálculo de la exoneración posterior al cambio legal

Siguiendo con este ejemplo, el trabajador reinicia su actividad el 06/05/2020.

 

importante IMPORTANTE

Según establece el Boletín de Noticias RED 13/2020, del 28 de mayo, en el apartado “Corrección de errores de los Boletines de Noticias RED 11/2020 y 12/2020:

El último ejemplo del ANEXO III del BOLETÍN DE NOTICIAS 11/2020 es erróneo, conforme a lo establecido en el BNR 12/2020, por lo que no debe considerarse a ningún efecto. Se modifica el primer párrafo del apartado ACLARACIONES AL BOLETÍN DE NOTICIAS correspondiente al BNR 12/2020:

“Por las personas trabajadoras que se han reactivado entre el 1 y el 12 de mayo de 2020, en empresas que se encuentren en situación de fuerza mayor parcial el 13 de mayo de 2020, conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 1 del Real Decreto-ley 18/2020, resultarán de aplicación las exenciones de la cotización previstas en el apartado 2 del artículo 4 de este Real Decreto-ley a partir del día en que se hayan reactivado”.

 

Por tanto, en nuestro ejemplo, como el trabajador se reincorporó a la actividad antes la fecha de publicación del RDL 18/2020, se aplicarán las exenciones del apartado 2 del artículo 4 de dicho RDL 18/2020.

 

Datos del trabajador:

  • Reducción temporal de la jornada al 50% por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 05/05/2020.
  • Contrato indefinido.
  • Jornada a tiempo completo.

Cálculo de la nómina de mayo

  • Base de cotización por el periodo de ERTE = 123,24
  • Base de cotización por el periodo de alta = 1399,31
  • Seguridad Social de empresa =

123,24 * 31,95 % = 39,37 por la parte del ERTE

1399,31 * 31,95% = 447,08

Seguridad Social de empresa = 39,37 + 447,08 = 486,45

  • Exoneración de cuotas:

Por la parte del ERTE: del 01/05/2020 al 05/05/2020 al 75% = 123,24 * 31,95% * 75% = 29,53

Por la parte del alta: del 06/05/2020 hasta el 31/05/2020 al 60% = 1299,36 * 31,95% * 60% = 249,09

Por la parte del alta: del 01/06/2020 hasta el 30/06/2020 al 45% = 1516,66 * 31,95% * 45% = 218,06

 

 

>Ejemplo 3. Reducción temporal de la jornada por ERTE

Cálculo exoneración antes del cambio legal

Datos del trabajador:

  • Reducción temporal de la jornada al 50% por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 30/06/2020.
  • Contrato parcial.
  • Jornada a tiempo parcial 4 horas de lunes a viernes.
  • Coste Seguridad Social empresa 33,15%

Cálculo de la nómina de mayo

  • Base de cotización por el periodo de ERTE = 332,32
  • Base de cotización por el periodo de alta = 325
  • Seguridad Social de empresa =

332,32 * 33,15 % = 110,16 por la parte del ERTE

325 * 33,15% = 107,74 por la parte de alta

Seguridad Social de empresa = 110,16 + 107,74 = 217,90

  • Exoneración de cuotas al 75% =

332,32 * 33,15% * 75% = 82,62

 

Cálculo exoneración posterior al cambio legal

Siguiendo con este ejemplo, el trabajador incrementa el porcentaje de jornada trabajada hasta el 80% el 10/06/2020 y la fecha de la declaración responsable es el 20/05/2020.

Datos del trabajador:

  • Reducción temporal de la jornada al 50% por ERTE desde el 16/03/2020 hasta el 09/06/2020.
  • A partir del 10/06/2020 tiene una reducción temporal de la jornada al 20% por ERTE.
  • Contrato parcial.

Cálculo de la nómina de junio

  • Base de cotización por el periodo de ERTE = 96,48 (del 1 al 9) y 75,96 (del 10 a 30) =172,44
  • Base de cotización por el periodo de alta = 461,50
  • Seguridad Social de empresa =

96,48 * 33,15 % = 31,98 por la parte del ERTE

75,96 * 33,15% = 25,18 por la parte del ERTE

461,50 * 33,15% = 152,99 por la parte de alta

Seguridad Social de empresa = 31,98 + 25,18 + 152,99 = 210,15

  • Exoneración de cuotas:

La base de cotización por el periodo de ERTE en mayo es = 332,32

Por la parte del ERTE: del 01/05/2020 al 19/05/2020 al 75% = 203,68 * 33,15% * 75% = 50,64

Por la parte del ERTE: del 20/05/2020 al 31/05/2020 al 45% = 128,64 * 33,15% * 45% = 19,19

Por la parte del ERTE: del 01/06/2020 al 09/06/2020 al 30% = 96,48 * 33,15% * 30% = 9,59

Por la parte del ERTE: del 10/06/2020 al 30/06/2020 al 30% por la parte del ERTE = 75,96 * 33,15% * 30% = 7,55

Por la parte de alta la base de cotización será la correspondiente al periodo del 10/06/2020 al 30/06/2020 al 45% = 357,29 * 33,15% * 45% = 53,30

 

 

 

    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • Sé el primero en valorar
    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • Sé el primero en valorar

Palabras clave