Paternidad: Cómo informarla en la aplicación

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Referencia Legal

  • Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
  • Boletín de Noticias RED 03/2018

 

En la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se establece lo siguiente:

En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d), el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato por paternidad durante cinco semanas, ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo. Esta suspensión es independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso regulados en los apartados 4 y 5.”

 

El período de suspensión será ininterrumpido, salvo la última semana del período total a que se tenga derecho que, previo acuerdo entre empresario y trabajador, podrá disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo, la resolución judicial o la decisión administrativa a las que se refiere el párrafo anterior. Dicho acuerdo se adoptará al inicio del período de suspensión.

Importante
Este cambio será de aplicación para todas aquellas paternidades que se produzcan a partir del día 5/07/2018.

 


Explicación del proceso

Para informar el permiso de paternidad en la aplicación, diríjete al punto "Incidencias/ Mantenimiento IT". Selecciona la opción "Nueva IT" e informa los siguientes datos:

  • Empresa
  • Trabajador
  • Contingencia: Paternidad
  • Fecha de inicio.
  • La Fecha de fin la cumplimentará automáticamente el sistema, tanto de la 4ª semana como de la 5ª semana, con fechas consecutivas.
    Si el trabajador, previo acuerdo con el empresario, va a disfrutar de la última semana del período en otro momento, deberás modificar la Fecha de inicio de la 5ª semana y la aplicación cumplimentará, automáticamente, la Fecha fin de la 5ª semana.

Pulsa "Aceptar" para guardar la incidencia.

 

paternidad

 

Una vez informada la paternidad, debes calcular la nómina.

 

A tener en cuenta...
Recuerda que, para listar el Certificado de Empresa de Paternidad, deberás dirigirte al punto "Listados/ Documentos Oficiales/ Certificado de Empresa (INSS)" y, en el motivo de certificado, seleccionar: Paternidad.

 

 

 

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