¿Cómo calcula la aplicación el Importe Bruto para el cálculo de las Indemnizaciones?
Aplica a: nom web
El cálculo de Importe Bruto para la indemnización del Finiquito, se divide en dos partes, por un lado, debemos obtener el precio bruto diario y, por otro, los días de indemnización que le corresponden cobrar.
1.- Cálculo del Precio día (Importe Bruto diario)
2.- Cálculo de los días de indemnización a cobrar
2.1.- Si se trata de una Indemnización por Despido Improcedente o por Causas Objetivas
2.2.- Si se trata de una Indemnización por Fin Contrato Fijo o por Despido Improcedente Contratos de Fomento
2.3.- Si se trata de una Indemnización por Fin Contrato Temporal o por Fin Contrato Duración Determinada
Además, le relacionamos:
Tabla con los días estipulados según el tipo de indemnización
1.- Cálculo del Precio día (Importe Bruto diario)
*Importe Bruto Anual:
- Para calcular el Importe Bruto Anual tenemos tres opciones:
1) Teniendo en cuenta sólo los conceptos que cotizan a la Seguridad Social.
2) Teniendo en cuenta el Bruto Anual.
3) Usar fórmula para la Indemnización.
Además, para las dos primeras opciones de cálculo, puede optar por “Tener en cuenta el importe variable de los últimos 12 meses” y / o “Excluir conceptos del cálculo”.
Veamos un ejemplo:
A continuación veremos con ejemplos las opciones mencionadas anteriormente:
1) Teniendo en cuenta sólo los conceptos que cotizan a la Seguridad Social:
En nuestro caso el trabajador tiene los siguientes conceptos salariales:
1 – Salario Base = 1100€ (cotiza a Seguridad Social)
2- Dietas = 200€ (no cotiza a Seguridad Social)
Y dos pagas extras, con tipo cobro normal, que se cobran sobre el salario base.
En este caso sólo tendríamos en cuenta el Salario Base para el cálculo, ya que las Dietas no cotizan.
El cálculo sería el siguiente:
Donde 15400 es el resultado de multiplicar el Salario Base por 14 pagas = 1100€ * 14 = 15400€
2) Teniendo en cuenta el Bruto Anual:
Siguiendo con el ejemplo anterior, con esta opción de cálculo, tendríamos en cuenta tanto los conceptos que cotizan como los que no cotizan.
Por tanto, el cálculo sería el siguiente:
Donde 17800 es el resultado de:
Salario Base por 14 pagas = 1100 * 14 = 15400€
Dietas por 12 pagas = 200 * 12 = 2400€
15400 + 2400 = 17800€
Anteriormente, mencionamos que para estas dos opciones de cálculo podríamos seleccionar:
- Tener en cuenta el importe variable de los últimos 12 meses.
- Excluir conceptos del cálculo.
Veamos unos ejemplos:
1. Tener en cuenta el importe variable de los últimos 12 meses:
En nuestro caso finiquitamos al trabajador el 09/09/2015 y en las nóminas anteriores a la fecha de baja tuvimos importes variables por valor de 500€, calculados en los meses Julio y Agosto.
Siguiendo con la opción 2 de cálculo, obtendríamos el siguiente resultado:
Donde 18300 es la suma de 17800 + 500.
2. Excluir conceptos del cálculo:
Siguiendo con los datos anteriores, además tenemos un concepto de Mejora Voluntaria en la ficha del trabajador:
Mejora Voluntaria – tipo de cobro Total = 300€
300€ * 12 pagas = 3600€
Sin excluir ningún concepto del cálculo y con la opción de bruto anual, el resultado sería el siguiente:
18300 + 3600 = 21400
Excluyendo el concepto de mejora voluntaria, el resultado sería:
3) Usar fórmula para la Indemnización:
Esta opción le permite crear una fórmula, siendo usted el que establezca el cálculo que quiere que se realice. Por tanto, anula cualquiera de los indicadores anteriormente explicados.
2.- Cálculo de los días de indemnización a cobrar
Debe contar los días naturales (tanto si es mensual como si es diario) devengados desde la fecha en que ingresó hasta la fecha del finiquito.
Recuerde que…
1) Las fracciones de año se computan por meses enteros.
2) Si, la fecha de ingreso es distinta a la fecha del campo "Antigüedad Empresa", para el cálculo de la indemnización se tendrá en cuenta esta última fecha.
Una vez calculado el acumulado en días, debe obtener los días de indemnización que le corresponde cobrar. Para ello, tenga en cuenta que:
2.1.- Si se trata de una Indemnización por Despido Improcedente o por Causas Objetivas, el programa realiza el siguiente cálculo:
(*) Si, la fecha de ingreso es distinta a la fecha del campo "Fecha antigüedad en la empresa", para el cálculo de la indemnización se tendrá en cuenta esta última fecha.
(**) Aunque el año sea bisiesto, siempre divide entre 365 días.
(***) X1 se redondea siempre por exceso a número entero. Estos serán los meses a cobrar de indemnización.
(****) X2 serán los años a pagar de indemnización, sin redondear.
2.2.- Si se trata de una por Fin Contrato Fijo o por Despido Improcedente Contratos de Fomento, el programa calcula un coeficiente diario de la siguiente manera:
(*) Aunque el ano sea bisiesto, siempre divide entre 365 días.
(**) Tanto si el trabajador es mensual como si es diario, siempre divide entre 30.
Decimales del coeficiente diario: se toman tres decimales redondeados.
Una vez tenemos el coeficiente diario redondeado, el programa lo multiplica por 30, tanto si el trabajador es mensual o diario.
2.3.- Si se trata de una Indemnización por Fin Contrato Temporal o por Fin Contrato Duración Determinada, el programa actúa de la siguiente manera:
Decimales: primero se toman tres decimales redondeando. Pero finalmente, para el cálculo, se toman solo dos decimales.
Ejemplo:
Si el resultado es 15, 3598 -> Redondeamos a tres decimales 15,360 -> pero para realizar el cálculo final tomamos 15,36.