Versión 1.6.4 de a3EQUIPO: Cambios Legales

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A continuación, se relacionan los Cambios Legales incorporados en la versión 1.6.4 de a3EQUIPO:

 

1.- R.D.-L 4/2013 y Boletín Noticias Red 2013/02: Actualización de Contratos

Referencia Legal

Según lo publicado en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, y el Boletín de Noticias RED 2013/02, de 20 de marzo de 2013, se han incorporado en la aplicación 4 nuevos textos de contratos de trabajo, para las altas realizadas a partir de 23 de febrero de 2013:

1.1.- Contrato de trabajo indefinido de un joven por microempresas y empresarios autónomos.

1.2.- Contrato de trabajo indefinido de nuevo proyecto de emprendimiento joven.

1.3.- Contrato de trabajo indefinido para socios/as trabajadores/as o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales con desempleados/as menores de 30 años.

1.4.- Contrato de trabajo a tiempo parcial con vinculación formativa.

Asimismo, se han modificado los textos de los siguientes contratos de trabajo:

1.5.- Contrato de trabajo de Duración Determinada.

1.6.- Transformaciones a indefinido de los contratos temporales del punto anterior.

1.7.- Contratos en prácticas.

 

¿Cómo afecta a la aplicación?

A continuación, le relacionamos los contratos incorporados en la aplicación:

1.1.- Contrato de trabajo indefinido de un joven por microempresas y empresarios autónomos

Se listará este nuevo contrato cuando el trabajador cumpla los siguientes requisitos:

  • Trabajador menor de 30 años al inicio del contrato.
  • Modalidad de contrato de trabajo: 100 ó 200.
  • Condiciones Desempleo: Inscrito en Oficina Empleo.

 

Modificaciones en el ámbito de Afiliación:

En la ventana "Datos de Afiliación del Trabajador" se ha incorporado un nuevo campo, denominado "Número de trabajadores empresa", donde deberá seleccionar la opción "Menos de 9 trabajadores".

 

Reducciones:

Si se cumplen todas estas condiciones, las empresas tendrán derecho a una reducción del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por Contingencias Comunes durante los 12 primeros meses.

 

1.2.- Contrato de trabajo indefinido de nuevo proyecto de emprendimiento joven

Se listará este nuevo contrato cuando el trabajador autónomo, menor de 30 años, haga una primera contratación a una persona cuya edad sea igual o superior a 45 años y cumpla los siguientes requisitos:

  • Modalidad de contrato de trabajo: 100 ó 200.
  • Condiciones Desempleo: Inscrito en Oficina Empleo durante 12 meses en los últimos 18 meses.

 

Modificaciones en el ámbito de Afiliación:

En la ventana "Datos de Afiliación del Trabajador" tiene que estar activado el indicador: "1er trabajador autónomo".

  

Reducciones:

Si se cumplen todas estas condiciones, las empresas tendrán derecho a una reducción del 100% de la cuota empresarial de la Seguridad Social de todas las contingencias (contingencias comunes, accidentes, FOGASA, formación profesional y desempleo) durante los 12 primeros meses.

 

 

1.3.- Contrato de trabajo indefinido para socios/as trabajadores/as o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales con desempleados/as menores de 30 años

Según si es una Cooperativa, Sociedad Laboral o Empresa de Inserción, para listar los nuevos contratos publicados en el R.D. 4/2013, de 22 de febrero, deberá cumplir los siguientes requisitos:

Cooperativas

Podrán listarse este nuevo contrato cuando el trabajador cumpla los siguientes requisitos:

  • Trabajador menor de 30 años al inicio del contrato.
  • Modalidad de contrato de trabajo: 150, 250 ó 350.
  • Condiciones Desempleo: Desempleado Inscrito en Oficina Empleo.
  • Además, deberá tener el tipo de cotización "Tipo General (Cooperativas).



Sociedades Laborales

Podrán listarse este nuevo contrato cuando el trabajador cumpla los siguientes requisitos:

  • Trabajador menor de 30 años al inicio del contrato.
  • Modalidad de contrato de trabajo: 150, 250 ó 350.
  • Condiciones Desempleo: Desempleado Inscrito en Oficina Empleo.
  • Tener informado en el campo "Relación Laboral de Carácter Especial" uno de los nuevos valores:
    • "No Socio Sociedad Laboral"
    • "Socio Sociedad Laboral"



Modificaciones en el ámbito de Afiliación:

Se han incorporado en la ventana "Datos de Afiliación del Trabajador" los dos nuevos valores en el campo "Relación Laboral de Carácter Especial":

 

Bonificaciones:

Si se cumplen todas estas condiciones, las Cooperativas y las Sociedad Laboralestendrán derecho a una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 66.67 euros/mes (800 euros/año) durante 3 años.


Asimismo, al generar el fichero FAN se consignará automáticamente el colectivo de peculiaridad de cotización que corresponda:

  • 2077 - Menor de 30 años. Socio Cooperativa
  • 2078 - Menor de 30 años. Socio Sociedad Laboral
    (independientemente del valor informado en el campo "Relación Laboral de Carácter Especial")

 

Empresas de inserción

Podrán listar este nuevo contrato cuando el trabajador cumpla los siguientes requisitos:

  • Trabajador menor de 30 años al inicio del contrato.
  • Modalidad de contrato de trabajo: 150, 250, 350, 450, 452 ó 552.
  • Tener informado en el campo "Exclusión Social/Violencia Doméstica" el valor "Exclusión Social".


Bonificaciones:

Si se cumplen todas estas condiciones, las empresas de inserción tendrán derecho a la siguiente bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social:

  • En contrataciones temporales durante toda la vigencia del contrato tendrán derecho a una bonificación de 137.50 euros/mes (1650 euros/año).
  • En contrataciones indefinidas tendrán derecho a la bonificación de 137.50 euros/mes (1650 euros/año) durante 3 años.

Asimismo, al generar el fichero FAN se consignará automáticamente el nuevo colectivo de peculiaridad de cotización:

  • 1323 - Excluido Social. Inserción 30 años.

 

1.4.- Contrato de trabajo a tiempo parcial con vinculación formativa

Se listará este nuevo contrato cuando el trabajador cumpla los siguientes requisitos:

  • Trabajador menor de 30 años al inicio del contrato.
  • Modalidad de contrato de trabajo: 200, 300, 501 ó 502.
  • Tiempo parcial inferior al 50% de la jornada de un trabajador a tiempo completo.
  • Condiciones Desempleo: "Inscrito en Oficina de empleo durante 12 meses en los últimos 18 meses", o bien uno de los nuevos valores que se han incorporado a raíz de este Cambio Legal:
    • "Desempleado sin experiencia laboral o inferior a 3 meses"
    • "Desempleado procedente de otro sector de actividad"

 

Modificaciones en el ámbito de Afiliación:

Se han incorporado en la ventana "Datos de Afiliación del Trabajador" los dos nuevos valores para la condición de Desempleo:

 

 

Reducciones:

Si se cumplen todas estas condiciones, las empresas tendrán derecho a una reducción del 100% (para empresas con una plantilla inferior a 250 trabajadores) o del 75% (para empresas con una plantilla igual o superior a 250 trabajadores) de la cuota empresarial a la Seguridad Social por Contingencias Comunes durante los 12 primeros meses.

 

1.5.- Contrato de trabajo de Duración Determinada

Contratos de Duración Determinada para primer empleo joven.

Se ha modificado el texto de este contrato para contemplar a los trabajadores que cumplan los siguientes requisitos:

  • Trabajador menor de 30 años al inicio del contrato.
  • Modalidad de contrato de trabajo: 402 ó 502.
  • En Datos de Afiliación del Trabajador se crea un nuevo valor: "Desempleado sin experiencia laboral o inferior a 3 meses. Empleo joven", que deberá ir seleccionado.

 

En el caso de que se trate de un trabajador a tiempo parcial, la jornada de trabajo deberá ser superior al 75% de la jornada de un trabajador a tiempo completo.

 

1.6.- Transformación a indefinido de Contratos Temporales

Transformación a indefinido para primer empleo joven.

Aquellas empresas que, en 3 meses desde la celebración del contrato temporal, transformen en indefinidos a los trabajadores y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Modalidad de contrato de trabajo: 109, 209 ó 309.
  • En el Histórico de Cobro del trabajador tienen un contrato 402 ó 502, listado con la Condición Desempleo: "Desempleado sin experiencia laboral o inferior a 3 meses. Empleo joven".

 

Si la jornada pactada es igual o superior al 50% de la jornada de un tiempo completo estas transformaciones a indefinido darán derecho a una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 41,67 euros/mes (500 euros/año) durante 3 años. Si se trata de una mujer, la bonificación será de 58,33 euros/mes (700 euros/año).

Las bonificaciones aplicables a trabajadores a tiempo parcial se aplicarán íntegras sin realizar ninguna reducción.

Estas bonificaciones se identificarán en el fichero FAN consignándose en el campo de colectivo de peculiaridad de cotización, de forma automática, uno de estos 2 nuevos valores:

- 1815 - Conversión Indefinidos. Empleo joven. Hombre

-1816 - Conversión Indefinidos. Empleo joven. Mujer

 

1.7.- Contratos en Prácticas para el primer empleo

Se ha modificado el texto de este contrato para contemplar a los trabajadores que cumplan los siguientes requisitos:

  • Modalidad de contrato de trabajo: 420 ó 520.
  • Trabajador menor de 30 años al inicio del contrato.

 

Si se cumplen estas condiciones, las empresas tendrán derecho a las siguientes reducciones:

  • Reducción del 75% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por Contingencias Comunes durante toda la vigencia del contrato, si tienen informada la opción de Relación Laboral de Carácter Especial "Prácticas no laborales en empresas".
  • En el caso de no tener seleccionada la opción anterior, la reducción será del 50%.

 

 

2.- Actualización de Textos de Contrato

Según las instrucciones publicadas en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.sepe.es), se han adaptado las modificaciones realizadas en los siguientes textos de contratos:

CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS

CONTRATO DE TRABAJO DE DURACIÓN DETERMINADA

COMUNICACIÓN DE CONVERSIÓN DE CONTRATO TEMPORAL EN CONTRATO INDEFINIDO

CONTRATO DE TRABAJO PARA TRABAJADORES/AS DESEMPLEADOS/AS CONTRATADOS POR EMPRESAS DE INSERCIÓN CONTEMPLADO EN LA LEY 44/2007 DE 13 DE DICIEMBRE

 

 

 

 

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