Versión 1.4.6 de a3EQUIPO: Cambios Legales

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A continuación, se relacionan los Cambios Legales incorporados en la versión 1.4.6 de a3equipo:

1.- Adaptación de las Reducciones/Bonificaciones establecidas en el Real Decreto Ley 1/2011 en los Seguros Sociales

1.1.- ¿Qué ocurre si he dado de alta la reducción manualmente en la ficha de persona?

1.2.- ¿Qué ocurre si ya he calculado las nóminas sin tener informadas estas reducciones?

2.- Actualización de los nuevos Textos de Contratos

1.- Adaptación de las Reducciones/Bonificaciones establecidas en el Real Decreto Ley 1/2011 en los Seguros Sociales

A partir de esta versión, ya podrá aplicarse en los Seguros Sociales la deducción de las Reducciones publicadas en el R.D.L. 01/2011, de 11 de febrero.

Recuerde que...
Con la versión 1.4.5 de a3equipo se habían adaptado en la aplicación estas reducciones, aunque no podían deducirse en los Seguros Sociales.

¿Cómo afecta en la aplicación?

Estas bonificaciones se aplicarán en a3equipo cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • Contratos parciales (200, 230, 250, 300, 330, 350, 501, 502, 520, 530 y 550)
  • Duración inicial del contrato superior a 6 meses
  • Fecha de inicio de contrato comprendido en el periodo: 13/02/2011 y 12/02/2012
  • Jornada entre el 50% yel 75%
  • Condiciones de Desempleado en Datos de Afiliación: "Desempleado 1-1-2011" (para trabajadores cuya edad sea menor o igual a 30 anos)o "Desempleado 1-1-2011. 12 meses en 18 meses".

En estos supuestos la aplicación propondrá, de forma automática, la reducción que proceda teniendo en cuenta el tamano de la plantilla.

Es decir, "Reducción del 100% para trabajadores contratados a tiempo parcial (50% - 75%) para plantillas 250 o menos trabajadores", o bien, la reducción del 75% si la plantilla es superior a 250 trabajadores.

Ámbito de Cotización

La forma de reflejar estas reducciones/bonificaciones en los ficheros de cotización será la siguiente:

  • Reducciones: Se reflejarán en la clave de compensación/deducción CD06 y, en el campo de colectivo de peculiaridad de cotización (segmento DAT del fichero FAN), se informará, automáticamente, el colectivo 9901.

Importante: Este colectivo de reducción 9901 se calculará automáticamente y no se visualizará desde la ficha de la persona.

  • Bonificaciones:Una vez finalizada la aplicación de la reducción, se reflejarán en la clave de compensación/deducción CD22 las bonificacionesque pudieran corresponder por contrato y, en el campo de colectivo de peculiaridad de cotización, se informará el colectivo correspondiente a la bonificación, según lo regulado en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre o en la Ley 35/2010, de 17 de septiembre.

Según lo publicado en el Boletín de Sistema RED 2011/05 estos cambios están implementados desde el día 11 de mayo. No obstante, hasta que no se ponga a disposición la nueva versión de Winsuite, la actual informará errores con el colectivo 9901, que Tesorería obviará ya que no impiden el envío de ficheros.

1.1.- ¿Qué ocurre si he dado de alta la reducción manualmente en la ficha de persona?

Si, para aplicar estas reducciones en los seguros sociales del mes de abril, ha dado de alta la reducción manualmente, deberá acceder al menú "Contratación/ Contractuales" de la ficha de persona y anular la reducción que usted creó.

Para ello, seleccione la reducción que proceda y pulse el botón: .

A continuación, pulse el botón para restaurar la bonificación automática. De esta forma, se eliminará la bonificación manual.

Recuerde que...
Si ya había calculado las nóminas del mes de mayo, una vez eliminada la bonificación manual, deberá volver a calcular las nóminas para que la aplicación refleje en los Seguros Sociales estas reducciones/bonificaciones.

1.2.- ¿Qué ocurre si ya he calculado las nóminas sin tener informadas estas reducciones?

Una vez informada la reducción/bonificación correspondiente a cada trabajador, recuerde que deberá volver a calcular las nóminas de estos trabajadores, para que se reflejen estas reducciones en el fichero FAN del mes correspondiente.

2.- Actualización de los nuevos Textos de Contratos

Se han modificado en la aplicación los textos de contratos correspondientes a los códigos 150, 250, 300 y 350, según las instrucciones publicadas en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.redtrabaja.es)

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