Versión 1.4.5 de a3EQUIPO: Cambios Legales

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A continuación, se relacionan los Cambios Legales incorporados en la versión 1.4.5 de a3equipo:

1.- Nuevo Modelo 111 Estatal (Mensual y Trimestral)

2.- Adaptación del Real Decreto Ley 1/2011 en a3equipo

2.1.- Modificaciones en el ámbito de Afiliación

2.2.- Actualización de los nuevos Textos de Contratos

2.3.- Actualización de Contrat@
2.4.- Nuevas Bonificaciones/Reducciones para los Contratos a Tiempo Parcial.


1.- Nuevo Modelo 111 Estatal (Mensual y Trimestral)

En la Orden EHA/586/2011, de 9 de marzo, se aprobó el modelo 111 de autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de la renta.

Presentación del modelo 111 a partir de las liquidaciones de 2011:

  • La presentación del modelo 111 se realizará de forma obligatoria por vía telemática para grandes empresas o Administraciones Públicas cuyo periodo de liquidación sea mensual y sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad limitada.

  • Para el resto de supuestos, la presentación del modelo 111 también puede realizarse de forma telemática a través de Internet y, además, puede realizarse en papel, cumplimentando el formulario que proporciona la AEAT a través de su página Web.

¿Cómo afecta a a3equipo?

Se han realizado los siguientes cambios en la aplicación para adaptar el nuevo Modelo 111:

  • En el menú "Listados/ Documentos oficiales" se renombra la opción de seleccionar el modelo 110, quedando la opción "Listado Periódico IRPF (111/216)".

Además, desde el apartado "Identificación" de la Ficha de Empresa y en el Asistente de creación de empresas se han modificado los literales de la manera de tributar al IRPF:

Mensual (Modelo 111) Mensual.

Trimestral (Modelo 110) Trimestral.

  • Se ha modificado el nombre de los modelos 110 y 111 en la aplicación:

Modelo 110 111 Trimestral (en presentación telemática y en pantalla).

Modelo 111 111 Mensual (en presentación telemática y en pantalla).

IMPORTANTE: A partir del ano 2011 ya no se permite generar la impresión del modelo trimestral en PDF para aplicaciones de software. Por este motivo desde el punto "Listados/ Documentos oficiales - Listado Periódico IRPF (111/216)"se ha eliminado la opción "Presentación en Papel Blanco PDF".



2.- Adaptación del Real Decreto Ley 1/2011 en a3equipo

En el R.D.L. 01/2011 se establece que las empresas que celebren contratos a tiempo parcial indefinido o temporales a:

  • Jóvenes desempleados de edad igual o inferior a 30 años, o
  • Personas desempleadas inscritas ininterrumpidamente en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación.

Podrán beneficiarse durante los doce meses siguientes a la contratación de una reducción del 100% de todas la cuotas empresariales a la Seguridad Social, si son empresas de menos de 250 trabajadores, o del 75%, en el caso de empresas de más de 250 trabajadores.

Los contratos se realizarán siempre a tiempo parcial, con una jornada de trabajo entre el50% y el 75% de la jornada habitual.

2.1.- Modificaciones en el ámbito de Afiliación

En este Boletín de Noticias RED 2011/03, de 1 marzo, se establecen dos nuevos valores para la condición de "Desempleado":

C- Desempleado 1-1-2011

D- Desempleado 1-1-2011. 12 meses en 18 meses

¿Cómo afecta a a3equipo?

Desde el link de la Ficha de Persona se han incorporado estos dos nuevos valores, en el campo "Condiciones Desempleo":

Importante:la aplicación controlará que el contrato sea uno de los siguientes: 200, 230, 250, 300, 330, 350, 501, 502, 520, 530 y 550 (que son los que dan derecho a la Reducción por RDL 1/2011) y que si selecciona la opción de "Desempleado C" el trabajador no sea mayor de 30 anos.

2.2.- Actualización de los nuevos Textos de Contratos

Se han adaptado en a3equipo los nuevos textos de contratos, con motivo de lo establecido en el Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de febrero y según los modelos publicados en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.redtrabaja.es).

Uno de los cambios más significativos es el Anexo "Contrato con derecho a reducción de cuotas" que se ha incorporado en algunos textos de contratos regulados por el R.D.L. 1/2011.

¿Cómo afecta a a3equipo?

La aplicación listará de manera automática dicho anexo junto con el contrato, si el trabajador cumple con los requisitos establecidos en el Real Decreto Ley 1/2011:

  • Contratos a tiempo parcial: 200, 230, 250, 300, 330, 350, 501, 502, 520, 530 y 550 (que son los que dan derecho a la Reducción por RDL 1/2011).
  • Condiciones de Desempleado: C o D, en la ventada "Datos Afiliación del Trabajador" de la Ficha de Persona.

2.3.- Actualización de Contrat@

Se han incorporado en la aplicación las modificaciones realizadas en Contrat@, con motivo de lo establecido en el R.D.L. 01/2011, de 11 de febrero, y según las instrucciones publicadas en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.redtrabaja.es)

¿Cómo afecta a a3equipo?

Al enviar un contrato a través de Contrat@, se ha incorporado un apartado, denominado "DATOS REDUCCIÓN DEL RDL 1/2011", que se activará de manera automática cuando el trabajador tenga informado:

  • El contrato: 200, 230, 250, 300, 330, 350, 501, 502, 520, 530 o 550,
  • la Condición de Desempleado:

o C- Desempleado 1-1-2011 o

o D- Desempleado 1-1-2011. 12 meses en 18 meses

  • Y una jornada parcial entre el 50% y el 75%, ambos inclusive.

Desde el apartado "Contrat@" le aparecerán informados los siguientes indicadores:

Colectivo de reducción: por defecto, aparecerá informado, en función de la condición de desempleado que haya indicado desde el link de la Ficha de Persona: .

  • Si seleccionó la condición C- Desempleado 1-1-2011, aparecerá el colectivo "Desempleados con edad igual o inferior a 30 años".
  • Si seleccionó la condición D- Desempleado 1-1-2011. 12 meses en 18 meses, aparecerá el colectivo "Desempleados al menos 12 meses en 18 anteriores".

Porcentaje de reducción de cuotas: debe informar el tipo de reducción de la que puede beneficiarse, en función de los trabajadores:

o 75%, empresas con 250 o más trabajadores.

o 100%, empresas con menos de 250 trabajadores.

Porcentaje de jornada: por defecto, la aplicación informa este dato de manera automática, en función de la jornada informada en el calendario de la Ficha de Persona.

Este porcentaje debe estar comprendido entre el 50% y el 75% de la jornada habitual, ambos inclusive.

2.4.- Nuevas Bonificaciones/Reducciones para los Contratos a Tiempo Parcial.

Se han adaptado en la aplicación las bonificaciones/reducciones para las contrataciones a tiempo parcial publicadas en el Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero:

  • Bonificación del 75% para trabajadores contratados a tiempo parcial (50% - 75%) para plantillas con más de 250 trabajadores
  • Bonificación del 100% para trabajadores contratados a tiempo parcial (50% - 75%) para plantillas 250 o menos trabajadores

Las bonificaciones tendrán una vigencia de 12 meses desde su inicio.

IMPORTANTE: todavía no podrá deducirse en los seguros sociales las bonificaciones publicadas en el Real Decreto-Ley 1/2011, ya que, seguimos a la espera de que Sistema RED publique un boletín con las instrucciones para poder adaptarlas. Cuando estén disponibles, incorporaremos los cambios en la aplicación y se lo comunicaremos a través de e-mail.

¿Cómo afecta a a3equipo?

Estas bonificaciones se aplicarán en a3equipo cuando se cumplan los siguientes requisitos:

1.- Desde la ventana "Datos Afiliación del Trabajador" de la Ficha Persona se seleccionen una de las siguientes Condiciones de Desempleado:

o Desempleado 01-01-2011

o Desempleado 01-01-2011.12 meses en 18 meses.

2.- Según la cantidad de trabajadores que tenga la empresa el día de inicio de contrato del trabajador a tiempo parcial se aplicará una u otra:

  • La bonificación del 100% se aplicará para empresas de menos de 250 trabajadores.
  • La bonificación del 75% se aplicará para empresas de más de 250 trabajadores.


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