Versión 2019.2 a3ASESOR | soc. Cambios Legales y Novedades

Aplica a: a3ASESOR | soc

 

Novedades

 

Generación de los libros en formato XLSX para la Legalización de Libros en a3ASESOR | eco | con

A partir de esta versión la Memoria, el ECPN-A, el ECPN-B y el EFE se generarán en formato XLSX para la Legalización de Libros en a3ASESOR | eco | con.

Para poder importar los libros de a3ASESOR | soc en formato XLSX, deberás disponer de la versión 9.23 de a3ASESOR | eco o de la versión 7.23 de a3ASESOR | con.

 

Generación de los libros para la Legalización de Libros en a3innuva | Contabilidad

En esta versión se incorpora la posibilidad de generar los libros (Memoria, ECPN-A, ECPN-B y EFE) en formato XLSX para la Legalización de Libros en a3innuva | Contabilidad.

Para generar los libros pulsa el botón Boton a3innuva en la parte superior de las Cuentas Anuales.

 

Datos cuentas anuales

 

Los libros se generarán por defecto en el siguiente directorio: (Unidad):\(Camino Fichero)\a3innuva\(ejercicio)\(NIF Sociedad)\ siendo modificable por el usuario.

 

Exportacion ficheros legalizacion a3innuva

 

Finalmente pulsa el botón Boton generar para la generación de los libros.

 

Automatización del recálculo de las deducciones por doble imposición (Interna e Internacional)

Se automatiza el cálculo de las deducciones por doble imposición (Interna e internacional), recalculando los importes de las columnas “Deducción Pendiente /Generada” y “2019 deducción pendiente”, a partir del importe de la deducción que quedó pendiente del ejercicio anterior. Para ello, se seguirán las validaciones que realizó la AEAT en la anterior campaña, y que únicamente se recalculaba según el tipo de gravamen de origen en caso de tener cuota suficiente para poder aplicarse un importe de cualquiera de las deducciones por doble imposición informadas.

En caso de no poderse aplicar ningún importe, no se realiza el recálculo y por lo tanto los importes de las casillas coincidirá con la deducción que quedó pendiente en el ejercicio anterior.
A partir de esta versión desaparece el botón “Calcular tipo de gravamen actual” ya que no será necesario que el usuario tenga que realizar el recálculo de forma manual, así como, se modifica la forma de cumplimentación de los datos de las deducciones por doble imposición, donde sólo será necesario informar la deducción pendiente del ejercicio anterior para que la aplicación haga los cálculos de forma automática.

Será necesario, por tanto, que se haya informado el tipo de gravamen del año de generación de la deducción por doble imposición en el botón: “Tipo gravamen periodo de generación”, así como el del ejercicio anterior y actual para el recálculo de las deducciones.

 

Deducciones

 

A continuación informa el tipo de gravamen del año de generación de la deducción por doble imposición.

 

Tipo de gravamen

 

Automáticamente se recalculan los importes de las columnas “Deducción Pendiente /Generada” y “2019 deducción pendiente”.

 

Deducciones recalculo

 

Modelo 220. Chequeo de importes pendientes (deducciones y compensaciones)

Con esta actualización, se activa el botón “Chequear importes pdtes. 220”.

 
Chequear importes pdtes 220 
 
Si pulsas “Chequear importes pdtes. 220” podrás comprobar los importes pendientes (deducciones y compensaciones) del modelo 220 del ejercicio anterior y las cantidades que hay informadas en a3ASESOR | soc.

Antes de iniciar el chequeo, asegúrate no tener abierto ningún modelo 220.

 

Mensaje 220 cerrado

 

Se realizarán las siguientes comprobaciones:

  • Se verifica que la empresa tenga el modelo 220 del ejercicio 2018.
  • Se compara la información de compensaciones/deducciones pendientes a final del ejercicio del modelo 220 con las traspasadas a a3ASESOR | soc 2019 como pendientes al inicio del ejercicio.
  • En caso de que exista alguna diferencia aparecerá el indicador de error Hay diferencias  .
  • Dispone de un listado para verificar las diferencias.
  • Si pulsa la opción “Importar” debe tener en cuenta que se blanquearán todos los importes introducidos de ejercicios anteriores ya que prevalecen los datos del modelo 220 (en este caso no se perderán las deducción informadas generadas en el ejercicio 2019).
  • En algunas deducciones, como en las “Deducciones por inversiones de ejercicios anteriores” en el modelo 220 únicamente hay una línea que suma todas las cantidades pendientes, en este caso se comprobará que el sumatorio de todas las deducciones informadas en a3ASESOR | soc  coincidan con las declaradas en el modelo 220.  (En este caso al no tener el desglose de las deducciones no se podrán importar).

 

Chequeo de importes pendientes modelo 220

 

Importante

Si importas los datos pendientes del modelo 220 del ejercicio anterior se eliminarán los datos introducidos manualmente o traspasados de ejercicios anteriores.

 
A tener en cuenta

  • Este botón se mostrará si la versión es Premium y únicamente en las sociedades dominantes o dependientes.
  • La importación/chequeo se realiza de forma individual en cada una de las sociedades que forman parte de un grupo fiscal.

 

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