Modelo 200. Cambios legales publicados en la Orden HFP/441/2018, de 26 de abril

Aplica a: a3ASESOR | soc


Se incorporan los cambios legales aprobados en la Orden HFP/441/2018, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, y por la que se modifica el modelo 222 «Impuesto sobre Sociedades. Régimen de consolidación fiscal. Pago fraccionado» aprobado por la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo.

A continuación se relacionan las novedades adaptadas en la versión de a3ASESOR | soc 2017.4.2:

1.- Nuevo desglose de los importes de retenciones e ingresos a cuenta

2.- Entidades ZEC: Opción de tributar por la base imponible sin diferenciar por actividad

3.- Adaptación de los Estados Contables de las Entidades sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España

4.- Nuevo carácter “Otras opciones”

5.- Adaptación en los literales de las correcciones según el modelo 200

6.- Nueva deducción: 2018 (****) Resto deducciones relativas a programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público



 

1.- Nuevo desglose de los importes de retenciones e ingresos a cuenta
 

Según la Orden HFP/441/2018, de 26 de abril, a partir de ahora se deberán desglosar los importes correspondientes a retenciones e ingresos a cuenta.

Para ello, desde la pestaña “Retenciones” de los datos de la declaración, se ha incluido el nuevo botón “Desglose” en los puntos:

-          Retenciones e ingresos a cuenta
-          Reten. e ingresos a cta. Imputados por agrup. econ.

 



Al pulsar el nuevo botón “Desglose” se muestra la siguiente ventana, donde se indicará el importe total.


IMPORTANTE: El importe informado en las versiones anteriores aparecerá en la casilla de TOTAL. Antes de realizar la presentación del modelo deberás realizar el desglose de dicha partida. Para ello, pulsa el botón “Modificación” y desglosa el importe total en los diferentes puntos que se relacionan.

 

 

En el caso de no desglosar el importe, desde el chequeo se mostrará el siguiente mensaje al realizar la presentación del modelo:

 

 

2.- Entidades ZEC: Opción de tributar por la base imponible sin diferenciar por actividad

En el modelo 200 publicado en la Orden HFP/441/2018 se unifican las opciones de informar la base imponible a tipo de gravamen especial en las entidades ZEC. Para ello, desde el indicador “Entidades ZEC” (dentro de la pestaña “Caracteres”), se ha incluido la nueva opción “Base imponible derivada de la aplicación del régimen especial”.

De esta forma, el importe informado desde la casilla “Base imponible derivada de la aplicación del régimen especial” tributará al 4%, mientras que el resto de base imponible tributará al porcentaje informado desde la casilla “Tipo gravamen” de la pestaña “Caracteres”.

 



A tener en cuenta…
Esta nueva opción unifica las anteriores opciones a informar la base imponible en las entidades ZEC: "Base actividades sector industrial" y  "Base resto de actividades". No obstante, en la nueva casilla “Base imponible derivada de la aplicación del régimen especial” aparecerá únicamente el importe informado en “Base actividades sector industrial”, por lo que, deberás revisar los importes informados previamente.




3.- Adaptación de los Estados Contables de las Entidades sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España

La Orden HFP/441/2018, de 26 de abril, modifica los modelos de Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Estado de cambios en el Patrimonio neto de las Entidades sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España. Con esta versión se adapta el Plan Contable 109 “Entidades de crédito” a los cambios establecidos en la Orden, por lo que ya podrás informar los datos de los estados contables.


IMPORTANTE:
Si tenías datos informados anteriormente deberás informarlos nuevamente, ya que, como te informamos anteriormente la adaptación de este cambio implicaba la perdida de los datos informados en los Estados Contables de las Entidades de Crédito.

 

 

4.- Nuevo carácter “Otras opciones”

Con esta versión se incluye desde la pestaña “Caracteres” el nuevo carácter “Otras opciones”.


A tener en cuenta…
Se ha previsto esta casilla en caso de que Ley de Presupuestos de 2018 (disposición adicional nonagésima tercera) incorpore la opción del 0,7% de la recaudación para fines sociales, para así poder indicar la voluntad de destinar el 0,7 de la cuota íntegra del impuesto a subvencionar fines sociales. 

Es una casilla que sólo se podrá utilizar por entidades cuyo periodo impositivo finalice una vez entre en vigor esta Ley (entidades cuyo plazo de declaración se vaya a iniciar a partir del 01/01/2019). 

 

 



5.- Adaptación de los literales en las correcciones según el modelo 200


Se adaptan los literales de las correcciones, a la denominación que aparece en el modelo 200, aprobado en la Orden HFP/441/2018.


 

6.- Nueva deducción: 2018 (****) Resto deducciones relativas a programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público

Se incluye la nueva deducción por inversión: “2018 (****) Resto deducciones relativas a programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público”.


 

 

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