Modelo 200. Cambios legales incorporados en la actualización de fecha 01-07-2014
Aplica a: a3ASESOR | soc
Presentación telemática del modelo 200
Deducciones de I+D+I del artículo 44.2 L.I.S.
Corrección del 30% del importe de los gastos de amortización contable
Mejora: Personas. Tabla de cargos
Presentación telemática del modelo 200
En la orden HAP/865/2014, de 22 de mayo, se establece que la presentación de las declaraciones correspondientes al modelo 200 será obligatoria por vía telemática.
Cómo afecta a la aplicación
Para realizar la presentación telemática individual del modelo, acceda a “Sociedades / Datos declaración” y pulse el botón “200”.
Desaparece la opción “Papel blanco” ya que todas las sociedades están obligadas a realizar la presentación telemática.
Acciones propias
Si la sociedad dispone de acciones propias y aunque durante el ejercicio no se produzca ningún movimiento, se debe informar el porcentaje y número de acciones propias de las que dispone la sociedad.
Cómo afecta a la aplicación
En la ventana “Cuentas Anuales” en el apartado “Modelo Autocartera”, puede informar si se trata de una comunicación positiva o negativa, y además se incorpora el botón “Acc. / Part. Propias”.
Pulsando el botón “Acc. / Part. Propias” podrá informar el número y el % de acciones / participaciones de acciones propias que dispone la sociedad tanto al inicio como al final del ejercicio.
Si informa algún dato en esta ventana, las letras del botón se colorearan de azul y la información aparecerá cumplimentada automaticamente.
Deducción I+D+I del artículo 44.2 L.I.S
El artículo 44.2 de la L.I.S. pretende que el contribuyente pueda excluir del límite conjunto establecido en el artículo 44.1 del TRLIS (25% o 50%), la deducción por I+D y la deducción por investigación tecnológica, aplicándose con un descuento del 20 por ciento de su importe. En consecuencia, cabría la posibilidad de deducir por I+D+I un importe equivalente a la cuota íntegra minorada en las deducciones por doble imposición y las bonificaciones.
Esta deducción en el ejercicio 2013, únicamente es aplicable a las sociedades cuyo ejercicio económico sea de 12 meses de duración y que no coincida con el año natural.
Para aplicarse la nueva reducción de I+D+I, en el menú “Caracteres” marque el caracter “Opción art. 44.2 L.I.S.”
A tener en cuenta Cuando marca el indicador “Opción art. 44.2 L.I.S” se chequea el periodo de la sociedad.
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En el apartado “Deducciones” se incorpora la nueva “Deducción art. 44.2 L.I.S”.
Informe los gastos correspondientes a “Investigación y desarrollo” e “Innovación tecnológica”, puede informarlos mediante el botón “Desglose” o manualmente pulsando el botón .
La deducción generada se reduce en un 20%, en caso de insuficiencia de cuota se podrá solicitar su abono a la Administración, una vez finalizado el plazo de un año desde la generación.
SOCIMI
En el apartado “Caracteres” en el punto “SOCIMI” se incorpora el botón “Desglose SOCIMI”.
En el desglose de SOCIMI puede informar la parte de la base imponible del periodo impositivo que tributa al tipo general (30%).
A tener en cuenta En el caso del régimen de entrada-salida debe comprobar las deducciones y compensaciones que se puede aplicar. En el “Chequeo” aparecerá el siguiente mensaje informativo:
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Correcciones
Se adaptan las correcciones a las publicadas en el modelo 200. En la aplicación se reorganizan las correcciones siguiendo el mismo orden del modelo 200.
Nueva corrección
Se incorpora la corrección “Ajustes por art. 19.13 L.I.S.”
Dentro de esta corrección se añade el botón “Desglose 18 bis”.
En este punto puede informar las dotaciones por deterioro de créditos u otros activos derivados de las posibles insolvencias de los deudores no vinculados con el sujeto pasivo (Art. 19.13 L.I.S), que deben aparecer en la página 18 bis del modelo 200.
Correcciones que desaparecen
Se eliminan las siguientes correcciones:
- Régimen fiscal SOCIMI: rentas exentas.
- Integración de rentas socios SOCIMI.
- Integración bases salida régimen SOCIMI.
- Dividendos y otras rentas extranjeras con gravamen especial al 8% (Disp. Adic. 15ª TRLIS).
- Dividendos y otras rentas extranjeras con gravamen especial al 10% (Disp. Adic. 17ª TRLIS).
A tener en cuenta En “Utilidades / Declaraciones a revisar” se incluye un declaraciones a revisar para obtener un listado con las sociedades que tenían información en alguna de las correcciones que desaparecen
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Corrección del 30% del importe de los gastos de amortización contable
Exclusivamente para los ejercicios 2013 y 2014, la amortización contable del inmovilizado material, intangible y de las inversiones inmobiliarias sólo será fiscalmente deducible hasta el 70% del importe que hasta la fecha podía considerarse fiscalmente deducible, de acuerdo con las normas del Impuesto. La amortización contable no deducida fiscalmente en los ejercicios 2013 y 2014, se deducirá a partir del ejercicio 2015, de forma lineal durante un plazo de diez años o durante la vida útil que reste al elemento en cuestión, pudiendo elegir el sujeto pasivo la opción que le resulte más conveniente.
Esta limitación afecta a todas las sociedades excepto a las entidades de reducida dimensión, es decir, aquellas en las que el importe neto de su cifra de negocios del periodo impositivo anterior sea inferior a diez millones de euros. Estas sociedades podrán seguir deduciéndose su amortizaciones sin límite, como lo hacían hasta la fecha.
Cómo afecta a la aplicación
Puede importar esta corrección desde a3ASESOR | eco si dispone el módulo de gestión de activos. En a3ASESOR | eco podrá seleccionar los bienes que se acogen a este límite.
Puede visualizar el importe de la corrección en el listado de ajustes extracontables, que será la información que se traspasará a a3ASESOR | soc.
En la ventana de “Correcciones” en el botón “Importar” se incorpora la opción de traspasar la corrección del 30% (artículo 7 Ley 16/2012).
En la ventana de importación de datos de a3ASESOR | eco | con se incorpora el indicador “Corrección 30% (art. 7 Ley 16/2012)”.
A tener en cuenta Para poder importar la corrección del 30% del importe de los gastos de amortización contable es necesario tener actualizada la aplicación de a3ASESOR | eco a la versión 8.65 y a3ASESOR | con a la versión 6.65.
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Mejoras
Personas. Tabla de cargos
En “Personas / Personas relacionadas / Firmas” en el apartado de “Cargo” se añaden dos nuevos cargos:
- Administrador concursal
- Apoderado