Impuesto devengado. Ajuste por cambio del tipo de gravamen
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Para que en la propuesta de contabilización del Impuesto Devengado, la aplicación tenga en cuenta los ajustes provocados por el cambio de tipo de gravamen, accede a la ventana “Propuesta de Ajuste de Contabilización del Impuesto Devengado”, marca el indicador “Aplicar ajuste por cambio de tipo de gravamen” e informa el tipo de gravamen anterior y el posterior.
La aplicación utilizará los dos tipos de gravamen para calcular los ajustes que afecten a las diferencias temporales y a los créditos por pérdidas a compensar.
Cálculo del ajuste para empresas que cambiarán el tipo de gravamen en el siguiente ejercicio
Si por ejemplo, en el ejercicio 2020 tuvo una diferencia temporal de 1.500,00 €.
Esta diferencia se contabilizó al 25% por tratarse de una empresa de reducida dimensión, por lo tanto, el saldo inicial de la cuenta "4790 Pasivos por diferencias temporarias imponibles", en el ejercicio 2021, será de -250,00 €.
Si no se aplicara el ajuste por cambio de tipo de gravamen, la propuesta que realizaría la aplicación para este ejercicio sería de 500,00 x 25% = 125,00 €.
Para aplicar el ajuste por cambio de tipo de gravamen, la aplicación calcula el saldo final de la cuenta 479, teniendo en cuenta su saldo inicial y el movimiento de este ejercicio, es decir:
Saldo Final = - 250,00 + 125,00 = - 125,00.
Y sobre este importe calcula el ajuste por cambio de tipo:
(125,00 x 23/25) – 125 = - 10,00
Y por lo tanto, la propuesta de contabilización de la cuenta 479 sería de 125,00 + 10,00 = 135,00