Diferencia entre adeudo en cuenta y domiciliacion bancaria

Aplica a: a3ASESOR | soc

 

 

Las diferencias principales entre estas dos formas de pago son las siguientes:

  • Si ha indicado como forma de pago “Adeudo en cuenta”, al firmar y enviar la declaración en la página Web de la Agencia Tributaria, debe adjuntar el NRC proporcionado por el banco.
  • En el caso de realizar el pago mediante “Domiciliación”, debe informar obligatoriamente la cuenta bancaria y debe tener en cuenta que:

- El ejercicio de la presentación debe coincidir con el año natural.

- La presentación de la declaración debe realizarse entre el día 1 y 20 de julio, ambos incluidos.

 

Recuerde que desde a3ASESOR | soc, la forma de pago se informa desde el apartado “Sociedades / Datos Declaración / Resumen”.

 

Datos bancarios

 

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