Versión 1.9.27 de a3ASESOR | rr.hh: Cambios Legales

Aplica a: a3ASESOR | rrhh

 

 

A continuación, se relacionan los cambios legales incorporados en la nueva versión 1.9.27 de a3ASESOR | rr.hh:

  1. Número de Colegiado no obligatorio en la comunicación de los partes de IT’s
  2. Certific@2: Periodos de actividad en el Sistema Especial de Frutas y Hortalizas y Conservas Vegetales
  3. Adaptación de la lectura de respuestas de SILTRA de CCC con moratorias
  4. Actualización de Textos de Contrato

 

 

1.- Número de Colegiado no obligatorio en la comunicación de los partes de IT’s

Referencia Legal

Según lo establecido en el Boletín:

A partir del 01/04/2020 no será obligatorio transmitir, a través de los ficheros FDI o servicios on-line en el SISTEMA RED, los campos relativos al número de colegiado y al CIAS en la comunicación de los partes de baja, confirmación y alta de los procesos de IT. Puesto que ya no será obligatorio, en caso de que se opte por no comunicar este dato, el campo correspondiente deberá ir en blanco, nunca cumplimentado con ceros".

 

A partir de este momento, si no se conoce el dato relativo al número de colegiado, el campo podrá cumplimentarse tanto con ceros como dejarse en blanco.
 

¿Cómo afecta a la aplicación?

A partir de esta versión, al preparar los partes de baja, confirmación o alta, si la empresa desconoce el Número de Colegiado, ya no será obligatorio informar este dato, por lo que el campo se podrá dejar sin informar.

 

 

2.- Certific@2: Periodos de actividad en el Sistema Especial de Frutas y Hortalizas y Conservas Vegetales

Referencia Legal

 

“Para los trabajadores del Sistema Especial de Frutas y Hortalizas y Conservas Vegetales, los días de actividad comunicados tanto en el Certificado de empresa de cese de la relación laboral como en la Comunicación de periodos de actividad laboral, deberán incluir los días de Incapacidad Temporal, Maternidad, Paternidad y Riesgo durante el embarazo, siempre que correspondan exclusivamente a los de llamamiento previsto, al tener éstos la consideración de días trabajados con obligación de cotizar.”

 

¿Cómo afecta a la aplicación?

Al generar el fichero de periodos de actividad de trabajadores pertenecientes al Sistema Especial de Frutas y Hortalizas y Conservas Vegetales, los días de IT que en el calendario estén marcados como laborables se codificarán con el código “03 - días trabajados en el mes/periodo”.

Y, a partir de ahora, para los días de IT que en el calendario no estén marcados como laborables se codificarán con el código “04 -días IT (excluidos del pago de la prestación por este sistema)”.

 

 

 

3.- Adaptación de la lectura de respuestas de SILTRA de CCC con moratorias

Referencia Legal

 

“REAL DECRETO-LEY 11/2020, DE 31 DE MARZO: MORATORIAS DE LAS COTIZACIONES SOCIALES A LA SEGURIDAD SOCIAL

El Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, establece en su artículo 34, sobre moratorias de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social, lo siguiente:

Se habilita a la Tesorería General de la Seguridad Social a otorgar moratorias de seis meses, sin interés, a las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, que lo soliciten y cumplan los requisitos y condiciones que se establecerán mediante Orden del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. La moratoria en los casos que sea concedida afectará al pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta,  ….”

Cálculo de cuotas y generación de DCL y Recibos

La TGSS en función de la información obrante en Afiliación, calculará automáticamente las cuotas correspondientes, emitiendo, cuando la liquidación esté calculada, un Documento de Cálculo de la liquidación con las cuotas totales (identificado con el código T), otro con las cuotas no demoradas (identificado con el código F1) y otro por las cuotas afectadas por la moratoria (código F4).

Una vez confirmada la liquidación por el usuario o en las confirmaciones de oficio se generará únicamente el recibo por la cuota no afectada por la moratoria (código F1), que podrá hacerse efectivo por las modalidades de pago habituales y además se remitirá, a efectos informativos, el documento de cálculo de la liquidación total y el documento de cálculo de la parte afectada por la moratoria.”

  

¿Cómo afecta a la aplicación?

Se ha adaptado en la aplicación la lectura de las respuestas de Sistema Red de aquellos CCC que se aplican la moratoria.

En este caso, SILTRA envía 3 ficheros DCL:

  • T – DCL cuota total. Un Documento de cálculo de la liquidación con las cuotas totales.
  • F1. Con las cuotas no demoradas.
  • F4. Con las cuotas afectadas por la moratoria.


Y, al confirmar la liquidación, envía 1 fichero RLC, únicamente con la cuota no afectada por la moratoria (F1).

 moratorias cuotas

 

 

 

4.- Actualización de Textos de Contrato

Referencia Legal

Se han actualizado en la aplicación los textos de contratos, según los modelos publicados en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.sepe.es). 

El cambio adaptado es el siguiente:

  • Logo del Ministerio de Trabajo y Economía Social

 

 

 

 

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