Versión 1.8.1 de a3ASESOR | rr.hh.: Mejoras

Aplica a: a3ASESOR | rrhh

A continuación, se relacionan las Mejoras incorporadas en la versión 1.8.1 de a3ASESOR | rr.hh.:

1.- Posibilidad de informar el número de justificante en Declaraciones sustitutivas del modelo 190

A partir de esta versión, se habilita la posibilidad de poder informar el número de justificante de la declaración anterior al marcar “Declaración Sustitutiva” en el listado del Modelo 190.

Esta opción estará disponible tanto para el modelo 190 Estatal, el 190 de Navarra y el modelo 296.

¿Cómo afecta en la aplicación?

En el listado del modelo 190, al marcar el indicador de “Declaración Sustitutiva”, aparecerá una ventana para informar el número de justificante de la declaración anterior. Esta opción sólo se activará para los Modelos 190 Estatal, 190 de Navarra y el modelo 296.

 

 


 

2.- Posibilidad de unificar las declaraciones periódicas y/o anuales de I.R.P.F. por centros de la misma empresa

A partir de ahora, al generar listados de I.R.P.F. periódicos (modelos 110/111/216/715/745)  y/o anuales (modelo 190/296) tendrá la posibilidad de listar por separado los centros de trabajo de una misma empresa que usted determine.

Para ello, desde el apartado “Identificación Centros” de la Ficha de Empresa se ha creado el campo “Grupo de IRPF”, a través del cual podrá informar a qué grupo de I.R.P.F. pertenece cada centro de trabajo.

 

 

Para crear, editar o eliminar un grupo de I.R.P.F., pulse en el campo “Grupo de IRPF” el botón . En la siguiente ventana pulse “nuevo” e informe el código y el nombre del grupo de I.R.P.F.

 

 

Una vez creados los grupos, informe el grupo de I.R.P.F  al que pertenece cada centro. En aquellos casos en los que la empresa no tenga informado grupo de I.R.P.F en ninguno de sus centros, en la generación de listados de I.R.P.F. la aplicación actuará como hasta el momento.

 

Ejemplo: 

Tenemos una empresa con 4 centros de trabajo:

  • Centro Madrid
  • Centro Barcelona
  • Centro Valencia
  • Centro Sevilla

A continuación informamos a que grupo de I.R.P.F pertenece cada centro de trabajo:

Centro de Trabajo

Grupo I.R.P.F.

Centro Madrid

Grupo 1

Centro Barcelona

Grupo 1

Centro Valencia

Grupo 2

Centro Sevilla

Sin grupo I.R.P.F. informado


Al generar un listado de I.R.P.F. de esta empresa, la aplicación generará 3 listados distintos:

  • Listados del Grupo 1: con la información de los trabajadores de los centros de Madrid y Barcelona.
  • Listados del Grupo 2: con la información de los trabajadores del centro de Valencia
  • Listados de centros sin grupo I.R.P.F. informado: con la información de los trabajadores del centro de Sevilla.

 

Si por ejemplo, hemos generado el listado 111 trimestral en presentación telemática y desde campo “Destino” informamos la ruta: “c:\aeat”, la aplicación generará los siguientes ficheros:

c:\aeat\111.TXT – Fichero de los centros sin grupo I.R.P.F. informado (en nuestro ejemplo, sería el fichero del Centro de Sevilla).

c:\aeat\Grupo1\111.TXT – Fichero de los centros del Grupo 1 (en nuestro ejemplo, sería el fichero de los Centros de Madrid y Barcelona).

c:\aeat\Grupo2\111.TXT – Fichero de los centros del Grupo 2 (en nuestro ejemplo, sería el fichero del Centro de Valencia).

 

 

3.- Opción de generar los listados de IRPF en un mismo directorio o desglosado en carpetas

Con la versión 1.8.1, al generar los listados de I.R.P.F., tanto periódicos (modelos 110/111/216) como anuales (modelos 190/296), podrá decidir si generarlos en un mismo directorio o desglosado en carpetas.

Para ello, se ha incluido el indicador “Empresas en el mismo directorio” desde los listados  “Periódicos I.R.P.F. (111/216)” y “Anual I.R.P.F. (190)” (acceso: “Listados/ Documentos oficiales”).

A tener en cuenta…
El indicador “Empresas en el mismo directorio” sólo estará visible cuando seleccione formatos telemáticos o en soporte magnético.

 

Veamos la funcionalidad del indicador “Empresas en el mismo directorio” al generar el modelo 111 Trimestral en Presentación Telemática:

  • Si activa el indicador, al pulsar “Listar” para generar los ficheros 111.TXT, éstos se guardarán directamente en la ruta indicada en el campo “Destino”.
  • Si el indicador está desmarcado, la aplicación realiza el mismo proceso que hasta ahora, guardará todos los ficheros generados en el directorio indicado en el campo “Destino”. (dentro de una carpeta con los códigos de las empresas).  

 

4.- Listado borrador del modelo 190 para las diputaciones forales de Navarra, Gipuzkoa y Araba

A partir de ahora, en las Diputaciones Forales de Navarra, Gipuzkoa y Araba, se podrá listar el borrador del modelo 190.

Al seleccionar la opción de Soporte: Papel, si se supera un número determinado de perceptores, aparecerá un mensaje avisando de que se tiene que generar en soporte magnético, pero igualmente se generará el listado borrador.

 

5.- Adaptación del Régimen Especial del Tomate

Con esta versión se incorpora el Régimen Especial del Tomate desde el punto “Utilidades/ Tablas/ Generales/ Bases y Tipos”, con las bases y tipos de cotización correspondientes a los ejercicios 2014 y 2015.

Para adaptar este régimen en la aplicación se han realizado modificaciones en los siguientes puntos de la aplicación:

  • Tablas de Cotización

Desde el punto “Utilidades/ Tablas/ Generales/ Bases y Tipos” se ha creado una nueva Tabla de Bases y Tipos de Cotización para el Régimen Especial del Tomate con vigor 2014 y 2015.

 

 

Para este Régimen se han dado los siguientes tipos de cotización:

• Tipo General

• Duración Determinada Tiempo Completo

• Duración Determinada Tiempo Parcial

• Asimilados (Administradores)

• Tipo General (Cooperativas)

• Duración Determinada Tiempo Completo (Cooperativas)

• Duración Determinada Tiempo Parcial (Cooperativas)


Estos tipos de cotización se podrán asignar posteriormente desde la ficha del trabajador.

Asimismo, se adapta en los tipos de cotización la particularidad del régimen especial del tomate, en el que la cotización empresarial por Contingencias Comunes, Formación Profesional y Desempleo se calcula siempre a partir de las toneladas de tomate recolectadas.

 


Respecto a grupos de tarifa, topes de bases máximas y mínimas de cotización, exenciones, cotización por horas extraordinarias, etc…, se mantendrá la misma información que para el régimen general.

 

  • Nuevo punto desde Incidencias: “Cotización Reg. Esp. Tomate”

Con el fin de que pueda informar cada mes la cantidad de toneladas a aplicar en los diferentes procesos de cálculo, se incorpora el nuevo punto “Cotización Reg. Esp. Tomate” (acceso “Nómina/ Incidencias”).  Al acceder a este punto podrá visualizar las incidencias de toneladas de tomate recolectadas informadas en el mes en curso y en el mes anterior. No obstante, a través del botón  podrá realizar búsquedas de incidencias introducidas en otros meses.
 



Recuerde que…
Si tiene usuarios con el acceso restringido a determinadas tareas, desde “Utilidades/ Usuarios/ Mantenimiento de usuarios y perfiles” deberá asignar o no derechos sobre este punto.

Para dar de alta incidencias de toneladas de tomate recolectadas, pulse el botón “nuevo”, seleccione la empresa y el centro correspondiente e informe el mes y año, así como el número de toneladas de tomate.

Desde esta misma ventana, podrá calcular la aportación empresarial. Para ello, pulse el botón “Calcular Aportación Empresarial”. 


A tener en cuenta…
1)   
Las incidencias se crearán a nivel de centro y el número de toneladas de tomate recopilados a informar debe ser un número entero.

2)    Debido a que el número de toneladas de tomate se obtiene a final de mes o incluso a mes vencido, será en ese momento cuando podrá calcular la Cotización por Contingencias Comunes, Formación Profesional y Desempleo necesarias para generar el fichero FAN. No obstante, sí que podrá enviar las Hojas de Salario a los trabajadores, así como generar las remesas de las mismas sin necesidad de haber calculado dicha Aportación Empresarial.

 

Una vez guardada la incidencia, en la ventana “Cotización Régimen Especial del Tomate” le aparecerá el estado de las incidencias.

 

 

Según el proceso de cálculo al informar la incidencia, la aplicación le mostrará uno de los siguientes estados:

 Incidencia sin pagas calculadas: se mostrará en aquellas incidencias informadas en el mes que no existen pagas calculadas.

 Incidencia sin Cotización Empresarial calculada: se mostrará en aquellas incidencias informadas que tienen pagas calculadas pero no tienen calculada la cotización empresarial.

 Incidencia preparada para enviar a TGSS: se mostrará en aquellas incidencias en las que tienen calculada la paga mensual y la cotización empresarial en base a las toneladas informadas.

Incidencia descuadrada: se mostrará en aquellas incidencias en los casos en los que se han eliminado pagas mensuales, se han modificado el número de toneladas de tomate recolectadas, o por ejemplo, se han eliminado vidas laborales.

 

  • Histórico de Cobro

Desde el menú “Bases e Importes” del punto “Histórico de Cobro” se incorpora el nuevo apartado “Rég.Esp.Tomate”, visible en aquellas pagas mensuales en las que se haya calculado la Cotización Empresarial por Contingencias Comunes, Formación Profesional y Desempleo.

 

 

6.-  Modificación en el cálculo de la Base Reguladora de trabajadores mensuales con jornada reducida en meses de 31 días.

Con la finalidad de mejorar el tratamiento del cálculo de la Base Reguladora de trabajadores mensuales con jornada reducida en meses de 31 días, se ha modificado el proceso de cálculo de la cotización asociado a este tipo de trabajadores.

El cálculo de las bases reguladoras y de cotización para las jornadas reducidas viene determinado por el indicador “CÁLCULO BASE REGULADORA EN SITUACION DE REDUCCIÓN DE JORNADA” de la empresa. Si dicho indicador está activado se aplicarán días naturales cotizados y en caso contrario se aplicarán días laborales cotizados.

 

Cuando el cálculo para trabajadores con jornada reducida se realice teniendo en cuenta los días laborales, el cálculo de la base reguladora y de cotización será el mismo, independientemente del tipo de cobro (mensual o diario).

Cuando el cálculo se realice teniendo en cuenta los días naturales, el resultado, en lo que se refiere a bases de cotización, puede variar en función de si el tipo de cobro es mensual o diario.

 

Ejemplo

Trabajador con jornada reducida al 50% y 3000€ de salario base. Tiene informada una incidencia de enfermedad el día 01/12/2014.

Si el indicador de la empresa “CÁLCULO BASE REGULADORA EN SITUACION DE REDUCCIÓN DE JORNADA” a la que pertenece está activado, se realizará el siguiente cálculo:

 

En el caso de tratarse de un trabajador de cobro diario se realizará el siguiente cálculo:

Bases Cotización Días Trabajados = 3.000 x 50% x (30/31) = 1.451’61€

Base Reguladora = 1.500 / 31 = 48’39€

Bases Cotización Días IT = 48’39 x 1 = 48’39€

Bases Cotización Totales = 1.451’61 + 48’39 = 1.500€

 

En caso de tratarse de un trabajador de cobro mensual los cálculos realizados serán los siguientes:

Se aplica compensación de días naturales sobre la situación de IT para obtener un total de 30 días cotizados.

Bases Cotización Días Trabajados = 3.000 x 50% x (30/30) = 1.500€

Base Reguladora = 1.500 / 30 = 50€

Bases Cotización Días IT = 50 x 0 = 0€

En el caso de la IT debe aplicarse una base de cotización mínima en función de las horas de la IT, 4’54 x 4 = 18’16€.

Bases Cotización Totales = 1.500 + 18’16 = 1.518’16€

 

7.- Nuevo indicador para la cotización empresarial en caso de absentismo injustificado

A partir de esta versión, se permitirá definir si la cotización, en caso de absentismo injustificado, se realiza a nivel obrero y empresarial o exclusivamente a nivel empresarial.

Para ello, se ha implementado un nuevo indicador para las incidencias de absentismo injustificado. Desde el apartado “Presencia/ IT y Absentismos”, al informar un nuevo Absentismo, podrá activar el indicador “Cotizar solamente por la parte empresarial”.

Por defecto, este indicador aparece desmarcado.

 

Si el indicador se deja desactivado, la aplicación calculará la cotización obrera y empresarial para las bases de cotización asociadas a dicha situación de absentismo injustificado.

Si se activa el indicador, la aplicación calculará únicamente la cotización empresarial para las bases de cotización asociadas a dicha situación de absentismo injustificado.

 

Ejemplo de hoja de salario con el indicador activado:

El trabajador tiene un absentismo injustificado del día 03/11/2014 al 07/11/2014 (5 días N de Absentismo). Si se activa el indicador “Cotizar solamente por la parte empresarial”, la hoja de salario quedaría de la siguiente manera:

 

 

La base de cotización que se mostrará en las casillas de “Base C.Comunes” y “Base A.T. y Desempleo” siempre será la total, incluyendo la parte de absentismo injustificado.

Sumamos el importe de los conceptos de cobro que cotizan para hallar la  Remuneración Total.    Remuneración Total = 2500,00

El trabajador está de absentismo durante 5 días. Durante esta contingencia cotiza por el mínimo de su grupo de cotización:

  • Base CC Absentismo = Mínimo diario CC * Días Absentismo = 25,10 * 5 días = 125,5 €
  • Base AC Absentismo = Mínimo diario AC * Días Absentismo = 25,10 * 5 días = 125,5 €

La Base, tanto de Contingencias Comunes como de Accidentes, es de 2625,50 €

Sin embargo, la cotización del trabajador, “Cotización Contingencias Comunes (4.70)”, “Cotización Formación Profesional (0.10)” y “Cotización Desempleo (1.55)”, solo incluirá para su cálculo la parte de las bases de cotización del período de alta.

 

8.- Mejora en el cálculo de embargos de pagas extras prorrateadas y normales

Con la finalidad de contemplar aquellos casos en los que, al aplicar el doble del S.M.I. en el cálculo del embargo, dependiendo del número de pagas extras que tuviese informadas, se superara el importe máximo inembargable (establecido en 14 veces el S.M.I.). Se adapta en la aplicación la posibilidad de seleccionar sobre qué pagas se aplicará el doble del S.M.I. (Salario Mínimo Interprofesional) en el cálculo del embargo.

Para ello, se ha incluido el indicador “Todas las pagas extras son prorrateadas”, al activarlo la aplicación realizará el siguiente cálculo:

S.M.I (Salario Mínimo Interprofesional) * 14 pagas /12 mensualidades

  

En el caso que, no todas las pagas extras sean prorrateadas, podrá seleccionar qué pagas se calcularán con el doble del S.M.I. (Salario Mínimo Interprofesional).

 

 

Si solamente selecciona una paga, al aceptar la incidencia del embargo le aparecerá el siguiente mensaje, indicándole que debe marcar como mínimo 2 pagas.

 

 

9.- Nuevo Sistema Especial para los Servicios Extraordinarios de Hostelería

Se ha incorporado en la aplicación, en la Tabla de Bases y Tipos, el Régimen 0135, “Sistema Especial para los servicios extraordinarios de Hostelería”.

 

 

Para informar este régimen en la empresa, deberá acceder a la Ficha de Empresa y, en el apartado “Cotización”, deberá indicar como Régimen “Sistema Especial para los servicios extraordinarios de Hostelería”.  Al generar el fichero FAN, se informará automáticamente este régimen.

 

 

10.- Mejoras en las Fórmulas de Cálculo

10.1.- Posibilidad de realizar búsquedas por “Código” o “Descripción”

A partir de esta versión podrá realizar búsquedas a través del “Código” o “Descripción” de las fórmulas, tanto de usuarios como de las fórmulas reservadas por la aplicación.

 

 

10.2.- Nuevo campo “Bases de Cotización”

Con la finalidad de generar fórmulas con el importe de las bases de cotización, por accidentes o por contingencias comunes, de meses anteriores, se ha incorporado en el editor de fórmulas  un nuevo campo denominado: “Bases”.

Para seleccionar el nuevo campo, generar una fórmula, pulse sobre la carpeta “Empresa” y sobre la opción “Centro”, haga clic en la carpeta “Paga”. A continuación, pulse sobre la carpeta “Bases” donde podrá seleccionar las bases de cotización por contingencias comunes y/o por accidentes.


 

 

11.- Web de ayudas en a3ASESOR | rr.hh.:

A partir de esta versión, se incorpora en a3ASESOR|rr.hh. la posibilidad de enlazar con las ayudas de la aplicación.

Al pulsar sobre el icono de las ayudas (), se abrirá la Web de ayudas.
 

 


12.- Posibilidad al informar “Prácticas Curriculares Externas” en trabajadores sin tipo de contrato o contrato 990- Relaciones Especiales Carácter Esp.

Según se establecía en el Real Decreto-ley 8/2014, la Bonificación por las prácticas curriculares externas de los estudiantes universitarios puede aplicarse a trabajadores que no tengan informado ningún tipo de contrato, o en aquellos que tuviesen informado el contrato 990- Relaciones Especiales con Carácter Especial.

Con esta versión se mejora el proceso al informar el tipo de relación laboral de carácter especial “Prácticas curriculares externas” desde la ventana “Datos de Afiliación del Trabajador”, en aquellos trabajadores que no tenga contrato informado en su ficha, o que tuviesen informado el contrato 990-  Relaciones Especiales con Carácter Especial.
 

https://soporte.a3software.com/WSSAgoraFic.ashx?id=164295

 

 

13.- Nuevo documento para el registro de horas de los trabajadores a tiempo parcial en la hoja de salario

Referencia Legal 

Según establece el Artículo 1, apartado 1.5, letra h, del Real Decreto-ley 16/2013 “La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador junto con el recibo de salarios del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias (…)”

Asimismo, se establece que “El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.”

 

¿Cómo afecta en la aplicación?

A raíz de este cambio legal, se adaptó la aplicación en versiones anteriores, incluyendo el indicador de empresa “INCLUIR HORAS ORDINARIAS Y COMPLEMENTARIAS DE TIEMPOS PARCIALES EN LA HOJA DE SALARIO”.


A partir de esta versión, se modifica la manera en que se visualizan las horas ordinarias y complementarias. Si se marca el indicador, al listar la hoja de salario aparecerá, por separado, un documento con  el registro de las horas ordinarias y complementarias de trabajadores a tiempo parcial.

 

14.- Nuevas opciones en el envío por e-mail de determinados listados

14.1.- Posibilidad de enviar por e-mail el Resumen Nómina

Se han mejorado las opciones de listado del Resumen Nómina incorporando la posibilidad de enviar por e-mail.
Para ello, desde el campo Tipo de listado” del apartado “Salida” se ha incluido la opción “Envío por E-Mail”.

 

 

Al seleccionar el “Envío por E-mail” se habilitarán las opciones para configurar el envío. Permitiendo personalizar el mensaje a nivel de destinatario (empresas, centros, trabajadores y dirección de e-mail), asunto y cuerpo.

 

14.2.- Opción de crear plantillas personalizadas y asociarlas a los e-mails  que se envían desde determinados listados de la aplicación

Con esta versión se incorpora la posibilidad de crear y asignar formatos personalizados en los e-mails de aquellos listados de la aplicación que permiten realizar el envío por correo electrónico:

  • Certificado de Ingresos y Retenciones
  • Comunicación de Datos al Pagador
  • Certificado de Empresa
  • Resumen de Nómina

Para ello, se ha incluido desde las opciones de la ventana de los listados el apartado “FORMATO PLANTILLA”, visible al seleccionar la opción “Envío por E-Mail”. Desde el botón “Formatos” podrá crear, editar y/o eliminar las plantillas que se aplicarán en los e-mails.

 

 

La aplicación permite editar las nuevas plantillas a través de las siguientes opciones:

  • Editor: esta opción le permitirá crear plantillas a través de un editor con características similares a las existentes en Microsoft Word.
  • Código Fuente: esta opción le permitirá crear plantillas a través de un editor HTML, a través del cual, podrá crear formatos complejos.

    A tener en cuenta
    Si activa la opción “Código Fuente” se desactivarán todos los botones de edición, únicamente podrá crear la plantilla de forma manual o copiando de un HTML existente.


 

Veamos, a través de un ejemplo, cómo dar de alta una plantilla con la Firma del gerente de la empresa y el texto del cuerpo del e-mail.

Desde el apartado “FORMATO PLANTILLA” del punto “Resumen Nómina” pulsamos el botón “Formatos” y, a continuación, “nuevo”. Posicionados sobre la opción “Editor” redactamos los datos correspondientes a la firma, en nuestro ejemplo, al Gerente de la empresa.

 

A continuación editamos el texto del cuerpo del e-mail. Para ello, desde la plantilla indicamos la etiqueta #CUERPOMENSAJE#, tal como se muestra en la siguiente ventana. Pulsamos “Aceptar” para guardar la plantilla.

 

A tener en cuenta…

La etiqueta #CUERPOMENSAJE# será sustituida automáticamente por el texto que informemos desde el editor del punto “Resumen Nómina”.


Por último, desde el punto “Resumen Nómina” seleccionamos la plantilla e informamos el texto correspondiente al cuerpo, en nuestro ejemplo: “Apreciado cliente, Le envío los listados correspondientes al mes de noviembre”.


De esta forma, nuestros clientes recibirán los e-mails con la firma y el texto indicado en el editor de la ventana principal de los listados.

 

 

 

15.- Nuevos campos “Nº Expediente” y “Observaciones” en la incidencia “Anticipo, Préstamo y Embargo”

A partir de esta versión, desde la ventana “Anticipo, Préstamos y Embargo” se incorporan los campos “Nº Expediente” y “Observaciones

A tener en cuenta…

El campo “Nº Expediente” solo estará visible al seleccionar el tipo de incidencia “Embargo”.

 



Asimismo, se han incorporado los nuevos campos “Nº Expediente” y “Observaciones” desde las búsquedas y desde la opción “importar/ exportar” del punto “Anticipos, Préstamos y Embargos”.

 

 

16.- Nuevo campo “Fecha Alta” en las búsquedas del Listado Ficha Persona

Con esta versión se mejora el listado “Ficha Persona”, incorporando la posibilidad de  obtener en el listado los trabajadores que están dados de alta en un periodo determinado.

Para ello, desde las búsquedas se han añadido los siguientes campos:

  • Desde la “Búsqueda Rápida” se ha añadido el indicador “Presentar Trabajadores dados de baja con fecha posterior a …”

 

  • Desde la “Búsqueda Avanzada”, al configurar búsquedas podrá seleccionar el nuevo campo “Fecha Alta”.

 

 

17.- Opción de copiar las IT’s y Absentismos entre trabajadores de la misma empresa y con el mismo documento identificativo

Con esta versión se incorpora la posibilidad de copiar las IT’s y Absentismos entre trabajadores de la misma empresa que tengan el mismo documento identificativo.

Para ello, desde la Ficha Empresa (acceso: “menú - Características/ Indicadores”) se ha añadido el indicador “COPIA DE IT/ ABSENTISMOS DEL TRABAJADOR”. Por defecto, el indicador le aparecerá desmarcado. Al activarlo, podrá seleccionar los centros a excluir de la copia de IT’s y Absentismos.


Una vez haya activado el nuevo indicador “COPIA DE IT/ ABSENTISMOS DEL TRABAJADOR”, al crear o modificar una nueva incidencia por absentismo o por I.T. (acceso: “Presencia/ IT y Absentismo”), la aplicación realizará la copia de dicha IT o absentismo entre los trabajadores de la misma empresa que tengan el mismo documento identificativo.

 

18.- Nuevos campos en Certificados y Cartas

A partir de ahora, desde el punto de “Listados/ Plantilla/ Cartas y Certificados”, se podrán seleccionar los siguientes campos en los formatos de Certificados y Cartas:

  • BIC
  • Teléfono centro de trabajo
  • Base contingencias comunes
  • Base contingencias profesionales
  • Base de IRPF

 

19.- Adaptación en la ficha de Profesionales del campo “Fecha de baja”.

Se incorpora en la Ficha de Profesionales, en el apartado de Bases IRPF, el campo “Fecha de Baja”. De esta manera, si un profesional tiene informada una fecha de baja, no aparecerá en la selección de trabajadores.

 

Asimismo, si desde “Personal/ Plantilla”, se seleccionan Vistas: Fechas, si hay un profesional con fecha de baja informada, se visualizará la fecha de baja y los datos del profesional aparecerán en rojo.

 

20.- Nuevas columnas en la vista “Datos del Lugar de Trabajo”.

Se han incorporado en el punto “Personal/ Plantilla”, los campos de los correos electrónicos de la empresa y del centro de trabajo al seleccionar las vistas “Datos del Lugar de Trabajo”.

Estos datos estarán también disponibles para poder incluirlos en otras vistas, mediante el botón “Configurar Vistas”.

 

21.- Posibilidad de poder seleccionar los datos a importar al actualizar el convenio

Con la finalidad de mejorar la configuración en el proceso de importación individual/ masiva de los convenios sobre los trabajadores, se ha incorporado la posibilidad de poder seleccionar qué datos se van a importar.

Desde la Ficha de Persona, en el punto de “Convenio”, al  pulsar sobre “Importar convenio/ pacto”, se mostrará la siguiente ventana, permitiendo seleccionar qué datos se quieren traspasar:

 

También podrá seleccionar los datos a importar desde el punto “Nómina/ Convenios/ Actualización Convenios/ Pactos”, al realizar la actualización del convenio a nivel de trabajador.

 

22.- Nuevos indicadores a nivel de concepto en caso de trabajar con Multicategoría

Se han creado dos nuevos indicadores a nivel de concepto en el caso de trabajar con “Multicategoría”.

Desde la Ficha de Persona, en el apartado de “Retribuciones/ Conceptos Salariales”, al editar el concepto, en la pestaña “Cobro”, podrá activar los siguientes indicadores:

  • No aplicar factor Multicategoría. En este caso, si se activa el indicador, el factor correspondiente a la multicategoría no se aplicará.
  • Aplicar factor __ al importe del concepto. Si se marca este indicador, se aplicará el factor informado en este campo.

 

23.- Nuevo Formato de Exportación a Excel en la Ficha de Persona

Se ha incorporado en el punto “Personal/ Plantilla”, la opción de poder “importar/ exportar” mediante formato Excel los indicadores “Ignorar Tope Mínimo de Cotización” e “Ignorar Tope Máximo para representantes de comercio” del apartado de Cotización de la Ficha de Persona. Para ello, se ha incluido un nuevo formato de exportación: 250 Convenio (Ignorar Topes Bases de Cotización).


 

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